III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2021-5630)
Resolución de 30 de marzo de 2021, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Central Hidroeléctrica Reversible-Depuradora Navaleo, de 552 MW, bombeo de 548 MW, incluida infraestructura eléctrica de evacuación".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 85
Viernes 9 de abril de 2021
Sec. III. Pág. 40040
proyecto de voladura tipo, así como el seguimiento de protocolos de seguridad en el
empleo de explosivos. Según lo requerido por este órgano ambiental, el promotor ha
incorporado un programa de control sobre procesos erosivos e indicios de hundimientos
o deslizamientos del terreno (Anexo IV de la segunda información adicional presentada).
Las especificaciones relativas a estos controles de la estabilidad geotécnica de los
terrenos y protocolo de seguridad a seguir, se destacan en el condicionado de la
presente declaración de impacto ambiental (apartado D).
Fase de explotación. Se identifica un impacto por cambios en el relieve ocasionados
por las obras en superficie (en especial en los vertederos de inertes proyectados),
calificado por el promotor como moderado, definiendo unas pérdidas de suelo previstas
que estarían por encima de la media de la zona, de carácter irreversible en zonas de
ocupación permanente, pero potencialmente recuperable en zonas de ocupación
temporal (zonas de instalaciones auxiliares para las obras). El estudio de impacto
ambiental incorpora (Anexo X) un estudio geotécnico de estabilidad de los vertederos, en
el cual se concluye que se dan garantías de estabilidad tanto del superior como del
inferior, de acuerdo con la ubicación, volumen y diseño finalmente proyectados. Así
mismo, la segunda información adicional presentada por el promotor incorpora una
propuesta de reubicación del vertedero superior, un nuevo estudio de estabilidad del
mismo (Anexo I) y un programa de seguimiento y control de los taludes de excavación y
rellenos (Anexo IV), a partir de cuyo análisis se aprecia una mitigación en la magnitud del
impacto ocasionado sobre este factor y la concreción de medidas de seguimiento frente
a deslizamientos o hundimientos. No obstante lo anterior, este órgano ambiental
considera que el impacto ocasionado por los vertederos sobre este factor ambiental, en
especial del vertedero superior debido a la pendiente del terreno, podría ser evitado
mediante el aprovechamiento de los excedentes de inertes para la restauración
geomorfológica de la mina de Santa Marina de la Torre.
Generación de residuos:
Fases de construcción y de explotación. En la construcción de elementos e
infraestructuras subterráneas y de los depósitos de la CDR se prevé una generación
de 6.946.391 m3, equivalentes a 11.114.226 t de residuos de excavación. El promotor ha
realizado una caracterización preliminar de estos materiales (Anexo XII del estudio de
impacto ambiental), fundamentada en analizar en laboratorio los materiales muestreados en
dos calicatas realizadas en la zona afectada por las obras. En dicha caracterización se
concluye que no aparecen piedras ricas en minerales sulfurosos que puedan generar aguas
de escorrentía ácidas por oxidación de estos materiales, lo que justificaría, ante la inexistencia
de sustancias potencialmente contaminantes, un tratamiento de estos residuos de excavación
como residuos de construcción y demolición (RCD) de Nivel I, «Tierras y piedras que no
contengan sustancias peligrosas», con el código LER 17 05 04.
Según estimaciones del promotor, aproximadamente un 20 % de estos materiales
serían susceptibles de reutilización en rellenos de la propia obra. Sin embargo, los
excedentes no reutilizados en el proyecto se plantea depositarlos en dos vertederos
superior e inferior, ubicados cerca de los depósitos de depuración. Ello puede generar
impactos por ocupación del territorio, posible generación de lixiviados ácidos, riesgo de
deslizamientos y hundimientos que afecten a la red de drenaje, impacto paisajístico, etc.,
siendo de mayor magnitud los detectados en el vertedero superior. Por ello, se requirió al
promotor el estudio de alternativas de tratamiento de estos residuos de acuerdo con el
principio de jerarquía de residuos, priorizando su reutilización en restauraciones
morfológicas de canteras a cielo abierto cercanas.
Según el segundo informe adicional presentado, el promotor identifica la explotación
abandonada de Santa Marina de la Torre como la única próxima al proyecto en que ello
es técnicamente viable. Sin embargo, justifica el descarte de esta alternativa de gestión
de residuos en base a la inviabilidad económica del transporte de estos materiales a la
citada cantera, tanto por la cantidad de material a transportar como por la distancia a la
misma (20 km). En consecuencia, la selección final del tratamiento de eliminación de los
cve: BOE-A-2021-5630
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Núm. 85
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proyecto de voladura tipo, así como el seguimiento de protocolos de seguridad en el
empleo de explosivos. Según lo requerido por este órgano ambiental, el promotor ha
incorporado un programa de control sobre procesos erosivos e indicios de hundimientos
o deslizamientos del terreno (Anexo IV de la segunda información adicional presentada).
Las especificaciones relativas a estos controles de la estabilidad geotécnica de los
terrenos y protocolo de seguridad a seguir, se destacan en el condicionado de la
presente declaración de impacto ambiental (apartado D).
Fase de explotación. Se identifica un impacto por cambios en el relieve ocasionados
por las obras en superficie (en especial en los vertederos de inertes proyectados),
calificado por el promotor como moderado, definiendo unas pérdidas de suelo previstas
que estarían por encima de la media de la zona, de carácter irreversible en zonas de
ocupación permanente, pero potencialmente recuperable en zonas de ocupación
temporal (zonas de instalaciones auxiliares para las obras). El estudio de impacto
ambiental incorpora (Anexo X) un estudio geotécnico de estabilidad de los vertederos, en
el cual se concluye que se dan garantías de estabilidad tanto del superior como del
inferior, de acuerdo con la ubicación, volumen y diseño finalmente proyectados. Así
mismo, la segunda información adicional presentada por el promotor incorpora una
propuesta de reubicación del vertedero superior, un nuevo estudio de estabilidad del
mismo (Anexo I) y un programa de seguimiento y control de los taludes de excavación y
rellenos (Anexo IV), a partir de cuyo análisis se aprecia una mitigación en la magnitud del
impacto ocasionado sobre este factor y la concreción de medidas de seguimiento frente
a deslizamientos o hundimientos. No obstante lo anterior, este órgano ambiental
considera que el impacto ocasionado por los vertederos sobre este factor ambiental, en
especial del vertedero superior debido a la pendiente del terreno, podría ser evitado
mediante el aprovechamiento de los excedentes de inertes para la restauración
geomorfológica de la mina de Santa Marina de la Torre.
Generación de residuos:
Fases de construcción y de explotación. En la construcción de elementos e
infraestructuras subterráneas y de los depósitos de la CDR se prevé una generación
de 6.946.391 m3, equivalentes a 11.114.226 t de residuos de excavación. El promotor ha
realizado una caracterización preliminar de estos materiales (Anexo XII del estudio de
impacto ambiental), fundamentada en analizar en laboratorio los materiales muestreados en
dos calicatas realizadas en la zona afectada por las obras. En dicha caracterización se
concluye que no aparecen piedras ricas en minerales sulfurosos que puedan generar aguas
de escorrentía ácidas por oxidación de estos materiales, lo que justificaría, ante la inexistencia
de sustancias potencialmente contaminantes, un tratamiento de estos residuos de excavación
como residuos de construcción y demolición (RCD) de Nivel I, «Tierras y piedras que no
contengan sustancias peligrosas», con el código LER 17 05 04.
Según estimaciones del promotor, aproximadamente un 20 % de estos materiales
serían susceptibles de reutilización en rellenos de la propia obra. Sin embargo, los
excedentes no reutilizados en el proyecto se plantea depositarlos en dos vertederos
superior e inferior, ubicados cerca de los depósitos de depuración. Ello puede generar
impactos por ocupación del territorio, posible generación de lixiviados ácidos, riesgo de
deslizamientos y hundimientos que afecten a la red de drenaje, impacto paisajístico, etc.,
siendo de mayor magnitud los detectados en el vertedero superior. Por ello, se requirió al
promotor el estudio de alternativas de tratamiento de estos residuos de acuerdo con el
principio de jerarquía de residuos, priorizando su reutilización en restauraciones
morfológicas de canteras a cielo abierto cercanas.
Según el segundo informe adicional presentado, el promotor identifica la explotación
abandonada de Santa Marina de la Torre como la única próxima al proyecto en que ello
es técnicamente viable. Sin embargo, justifica el descarte de esta alternativa de gestión
de residuos en base a la inviabilidad económica del transporte de estos materiales a la
citada cantera, tanto por la cantidad de material a transportar como por la distancia a la
misma (20 km). En consecuencia, la selección final del tratamiento de eliminación de los
cve: BOE-A-2021-5630
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