III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Puertos. (BOE-A-2021-5625)
Orden TMA/329/2021, de 25 de marzo, por la que se aprueba la valoración de terrenos y aguas de la zona de servicio del puerto de Avilés, incluidos los terrenos afectados a ayudas a la navegación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 85

Viernes 9 de abril de 2021

Sec. III. Pág. 39987

Zona E.
Se sitúa en el margen izquierdo de la Ría, a la altura del fondeadero del monumento.
Se corresponde con una franja de 40 metros en el borde del cantil del muelle de Raíces,
el cual tiene un calado de 8 metros y una longitud de 821 metros.
Limita al Este con la lámina de agua del muelle de Raíces y el círculo de maniobra, al
Oeste con la Zona H, al Sur con la Zona F (primera línea del muelle de Ampliación de
Raíces) y al Norte con la Zona D (primera línea del muelle Sur).
Zona F.
Se corresponde con una franja de 50 metros en el borde del cantil del muelle de
Ampliación de Raíces, el cual tiene un calado de 12 metros y una longitud de 397
metros.
Limita al Este con la lámina del círculo de maniobra y el canal de la Ría, al Oeste con
la Zona H, al Norte con la Zona E (muelle de Raíces), y al Sur con la lámina de agua de
la pequeña dársena de separación con la alineación pesquera.
Zona H.
Comprende los terrenos limitados en su perímetro Este y Norte por la Zona C (muelle
Oeste), Zona D (muelle Sur), Zona E (muelle de Raíces) y Zona F (muelle de Ampliación
de Raíces), y en su perímetro Oeste y Sur con la Zona I de aguas, limitado por una línea
imaginaria correspondiente a un ancho de 150 metros en la zona paralela a los muelles
Raíces y muelles Raíces Ampliación, con una línea paralela a la avenida de la Playa y la
calle Francisco Javier Sitges en la zona paralela al muelle Sur de la dársena de San
Juan, y con el cierre portuario en lo que resta de zona. Son terrenos que disponen de red
ferroviaria.
La franja de terreno existente fuera del cierre portuario del Muelle Oeste, al Norte de
la Avenida de la Playa, se incluye dentro de esta zona porque, pese a estar fuera del
cierre portuario propiamente dicho, se trata de una parcela con un cierre propio, y
separado del acceso directo al Puerto por un vial de uso restringido.
Zona I.
Comprende los terrenos limitados por la Zona H y cierre portuario (Zona J). En esta
Zona se encuentra el edificio de la Autoridad Portuaria y la Capitanía Marítima, y dispone
de infraestructura de red ferroviaria.
Zona J.
Terreno que limita al Este por las Zona H y Zona l, al Oeste por el límite de la zona de
servicio del Puerto en la avenida de la playa, entre la intersección de la avenida de la
playa con la carretera de la estación, y la rotonda en la que se cruza esta avenida con la
avenida de la industria.
La Maruca

Se sitúa en el margen izquierdo de la Ría, y comprende el muelle pesquero y los
terrenos situados inmediatamente detrás de éstos, hasta el límite de la zona de servicio
en la avenida de Guadalhorce.

cve: BOE-A-2021-5625
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