III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicios portuarios. (BOE-A-2021-5309)
Resolución de 24 de febrero de 2021, de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife, por la que se aprueba y publica la modificación del Pliego de prescripciones particulares del servicio portuario de remolque en los puertos adscritos a la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife.
49 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 5 de abril de 2021
Sec. III. Pág. 38539
la organización de recursos para el desarrollo de las actividades preventivas necesarias
para el desarrollo de su actividad.
c) Adoptar los procedimientos y medidas establecidos y a cumplir los pactos y
normas que, en relación con la seguridad y salud de los trabajadores, se implanten
dentro de la zona portuaria.
d) Haber informado adecuadamente a todos sus trabajadores sobre los riesgos
inherentes a su puesto de trabajo y sobre las medidas de protección o prevención que se
deben adoptar.
e) Haber formado adecuadamente a todos sus trabajadores sobre el desempeño de
su trabajo en condiciones de seguridad y salud.
f) Poner a disposición de los trabajadores equipos de trabajo que cumplan la
legislación que les son de aplicación.
g) Poner a disposición de los trabajadores sustancias y preparados envasados y
etiquetados conforme a la legislación aplicable.
h) Poner a disposición de los trabajadores equipos de protección individual
adecuados y con arreglo a la reglamentación vigente.
i) Satisfacer la obligación legal en cuanto a la acreditación de la aptitud médica de
los trabajadores para el desempeño seguro de su puesto de trabajo.
j) Establecer los adecuados medios de coordinación con la Autoridad Portuaria y/o
con otras empresas/trabajadores autónomos que puedan desarrollar tareas en el centro
de trabajo durante la prestación del servicio, de acuerdo con el R.D. 171/2004. En el
caso que sea necesaria la designación, por parte del prestador, de una persona
encargada de la coordinación de las actividades empresariales esta deberá disponer de
una formación preventiva correspondiente, como mínimo, a las funciones de nivel básico.
k) Disponer de la presencia en el centro de trabajo de los recursos preventivos
necesarios cuando se dé alguna de las circunstancias mencionadas en el artículo 4 del
artículo 32 bis de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales (introducido
por Ley 54/2003), sin menoscabo de lo señalado en el punto j. anterior.
l) Compromiso por parte del prestador de que en caso de que se decida
subcontratar alguna parte de la actividad comprendida en el servicio, requerirá de la
subcontrata la misma documentación que la reflejada en los puntos anteriores y que será
entregada a la Autoridad Portuaria.
m) Establecer los adecuados medios de comunicación y de coordinación con la
Autoridad Portuaria para garantizar una respuesta eficaz ante las situaciones de
emergencia.
En _________________________, a ___ de _________________ de 20___
Firmado
ANEXO IV
Sobre el tratamiento de datos de carácter personal
1. En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre,
de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, la Autoridad
Portuaria de Santa Cruz de Tenerife (en adelante Autoridad Portuaria), con domicilio
social en avda. Francisco La Roche 49, 38001 Santa Cruz de Tenerife, informa al
interesado de que los datos personales que en su caso sean recogidos a través de la
presentación de la documentación requerida para el otorgamiento de una licencia para la
prestación del servicio portuario objeto de las presentes prescripciones particulares
serán objeto de tratamiento, automatizado o no, bajo la responsabilidad de la Autoridad
Portuaria con la finalidad de comprobar la acreditación por el solicitante del cumplimiento
de las condiciones y requisitos recogidos en las mismas, solicitar cuanta documentación
cve: BOE-A-2021-5309
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 81
Lunes 5 de abril de 2021
Sec. III. Pág. 38539
la organización de recursos para el desarrollo de las actividades preventivas necesarias
para el desarrollo de su actividad.
c) Adoptar los procedimientos y medidas establecidos y a cumplir los pactos y
normas que, en relación con la seguridad y salud de los trabajadores, se implanten
dentro de la zona portuaria.
d) Haber informado adecuadamente a todos sus trabajadores sobre los riesgos
inherentes a su puesto de trabajo y sobre las medidas de protección o prevención que se
deben adoptar.
e) Haber formado adecuadamente a todos sus trabajadores sobre el desempeño de
su trabajo en condiciones de seguridad y salud.
f) Poner a disposición de los trabajadores equipos de trabajo que cumplan la
legislación que les son de aplicación.
g) Poner a disposición de los trabajadores sustancias y preparados envasados y
etiquetados conforme a la legislación aplicable.
h) Poner a disposición de los trabajadores equipos de protección individual
adecuados y con arreglo a la reglamentación vigente.
i) Satisfacer la obligación legal en cuanto a la acreditación de la aptitud médica de
los trabajadores para el desempeño seguro de su puesto de trabajo.
j) Establecer los adecuados medios de coordinación con la Autoridad Portuaria y/o
con otras empresas/trabajadores autónomos que puedan desarrollar tareas en el centro
de trabajo durante la prestación del servicio, de acuerdo con el R.D. 171/2004. En el
caso que sea necesaria la designación, por parte del prestador, de una persona
encargada de la coordinación de las actividades empresariales esta deberá disponer de
una formación preventiva correspondiente, como mínimo, a las funciones de nivel básico.
k) Disponer de la presencia en el centro de trabajo de los recursos preventivos
necesarios cuando se dé alguna de las circunstancias mencionadas en el artículo 4 del
artículo 32 bis de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales (introducido
por Ley 54/2003), sin menoscabo de lo señalado en el punto j. anterior.
l) Compromiso por parte del prestador de que en caso de que se decida
subcontratar alguna parte de la actividad comprendida en el servicio, requerirá de la
subcontrata la misma documentación que la reflejada en los puntos anteriores y que será
entregada a la Autoridad Portuaria.
m) Establecer los adecuados medios de comunicación y de coordinación con la
Autoridad Portuaria para garantizar una respuesta eficaz ante las situaciones de
emergencia.
En _________________________, a ___ de _________________ de 20___
Firmado
ANEXO IV
Sobre el tratamiento de datos de carácter personal
1. En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre,
de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, la Autoridad
Portuaria de Santa Cruz de Tenerife (en adelante Autoridad Portuaria), con domicilio
social en avda. Francisco La Roche 49, 38001 Santa Cruz de Tenerife, informa al
interesado de que los datos personales que en su caso sean recogidos a través de la
presentación de la documentación requerida para el otorgamiento de una licencia para la
prestación del servicio portuario objeto de las presentes prescripciones particulares
serán objeto de tratamiento, automatizado o no, bajo la responsabilidad de la Autoridad
Portuaria con la finalidad de comprobar la acreditación por el solicitante del cumplimiento
de las condiciones y requisitos recogidos en las mismas, solicitar cuanta documentación
cve: BOE-A-2021-5309
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 81