III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicios portuarios. (BOE-A-2021-5309)
Resolución de 24 de febrero de 2021, de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife, por la que se aprueba y publica la modificación del Pliego de prescripciones particulares del servicio portuario de remolque en los puertos adscritos a la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 5 de abril de 2021

Sec. III. Pág. 38538

homologaciones correspondientes de los remolcadores, vehículos y del resto de equipos,
en cumplimiento de la normativa vigente. En el supuesto de que los medios materiales
adscritos al servicio no fueran propiedad de la empresa solicitante, se aportarán los
contratos de arrendamiento correspondientes.
5. Declaración responsable de que los miembros de las tripulaciones de los
remolcadores dispondrán de la formación correspondiente a nivel operativo básico de
lucha contra la contaminación en los plazos que se especifican en la prescripción 11.ª.
6. Certificación del sistema de gestión de la calidad y del medioambiente (para la
calidad la ISO 9001, y para el medio ambiente la ISO 14001 o acreditaciones EMAS) o,
en su defecto, compromiso de aportar dicha certificación en el plazo establecido en la
prescripción 13.ª.
7. Antes del inicio de la actividad, el prestador deberá presentar a la Autoridad
Portuaria los siguientes planes:
– Plan de medidas de Emergencia de la empresa de acuerdo con lo previsto en la
prescripción 17.ª y el inventario de medios, su localización, su permanencia, los horarios
y demás requisitos para su integración en los planes de actuación en situaciones de
emergencia de la Autoridad Portuaria de acuerdo con lo previsto en la prescripción 12.ª,
así como en el protocolo frente a posibles vertidos.
– Protocolo o, en su caso, plan de contingencia para posibles vertidos, tanto propios
como para intervención a solicitud de la administración competente, que será incluido o
integrado dentro del Plan Interior Marítimo de la Autoridad Portuaria.
– Plan de prevención de riesgos laborales.
– Plan de entrega de desechos, aceptado por los prestadores del servicio portuario
de recepción de desechos que corresponda según el tipo de desechos.
D)

De otro carácter

1. Comunicaciones informativas relativas a la Ley Orgánica de Protección de Datos
hechas a cada una de las personas físicas cuyos datos sean cedidos a la Autoridad
Portuaria y firmadas individualmente por cada uno de los afectados.
2. Declaración expresa de conocer y aceptar todas las condiciones de este PPP.
3. Declaración responsable de participar en cualquier iniciativa que la Autoridad
Portuaria promueva para la mejora de la calidad de los servicios portuarios en general.
4. Declaración responsable de notificar a la Autoridad Portuaria cualquier
modificación o circunstancia que afecte o pueda afectar al contenido de la
documentación relacionada en los párrafos anteriores y se produzca con posterioridad a
la solicitud y/o al otorgamiento de la licencia.
ANEXO III
Prevención de riesgos laborales
1. __________________________________________________ se compromete
con la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife (en adelante Autoridad Portuaria) a
satisfacer las siguientes exigencias referidas tanto a las actividades y servicios a
desarrollar, como a los trabajadores, equipos y maquinaria, sustancias y preparados
que ________________________________________ destine a la realización de los
mismos:
a) Cumplir con las disposiciones generales de la Ley 31/1995, de Prevención de
Riesgos Laborales, y cuantas normas legales y reglamentarias en esta materia le sean
de aplicación.
b) Haber adoptado alguna de las modalidades previstas en el artículo 10 del
capítulo III del Reglamento de los Servicios de Prevención (R.D. 39/97), en lo relativo a

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Núm. 81