I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA. Simplificación administrativa. Economía. (BOE-A-2021-5210)
Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 79

Viernes 2 de abril de 2021

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la misma o de otra administración, así como a través de la propuesta o requerimiento de
actuación o de realización de trámites a los correspondientes departamentos del sector
público autonómico de Galicia.
f) Elaborar el plan de seguimiento de ejecución de proyectos industriales
estratégicos e iniciativas empresariales prioritarias y efectuar los controles pertinentes.
g) Analizar, a petición de la persona interesada o a iniciativa propia, las actividades
económicas en curso que sean estratégicas para la Comunidad Autónoma de Galicia y
estén en situación de riesgo de continuidad, elevando un informe de valoración de la
situación y de las alternativas a la persona titular de la consejería con competencias en
materia de economía y empresa y realizando el seguimiento de estas actividades, con
atención especial a las actuaciones administrativas propuestas.
h) Elaborar un informe anual de actividad en relación con la evaluación y
tramitación de los proyectos estratégicos y de las iniciativas empresariales prioritarias,
que será publicado en la página web de la consejería competente en economía y
empresa.
i) Realizar otras actuaciones que permitan impulsar, aprobar y mantener proyectos
estratégicos para la Comunidad Autónoma de Galicia.
j) Coordinar la red de oficinas de apoyo a la empresa para las restantes iniciativas
empresariales previstas en esta ley.
2. En relación con la unidad de mercado, la Oficina Doing Business Galicia llevará a
cabo el análisis y tramitación en relación con las propuestas relativas a la unidad de
mercado, dando soporte a la Secretaría General Técnica de la que depende.
Artículo 18.

Dirección y dotación de medios.

1. Al frente del funcionamiento operativo de la Oficina Doing Business Galicia
estará un órgano con nivel de subdirección general, o equivalente, para impulsar las
funciones relativas a los proyectos industriales estratégicos y a las iniciativas
empresariales prioritarias.
2. La Oficina Doing Business Galicia deberá dotarse de los medios personales
suficientes y especializados en la tramitación de los proyectos industriales estratégicos y
de las iniciativas empresariales prioritarias, en el apoyo a las iniciativas empresariales
con carácter general, en la obtención de los fondos europeos y en la atención a la
inversión extranjera.
CAPÍTULO III
Sistema de acompañamiento individualizado
Red de oficinas de apoyo a la empresa.

1. La función de acompañamiento a las personas empresarias para la puesta en
marcha de las iniciativas empresariales se desarrollará a través de las oficinas de apoyo
a la empresa. Cuando las personas empresarias tengan la condición de personas
emprendedoras, el acompañamiento individualizado podrá ser prestado por la Unidad
Galicia Emprende con el alcance previsto en el artículo 8 de la Ley 9/2013, de 19 de
diciembre, del emprendimiento y de la competitividad económica de Galicia.
2. La red de oficinas de apoyo a la empresa podrá ser objeto de modificación por
parte de la consejería con competencias en materia de economía y empresa en función
de las necesidades que se detecten y figurará permanentemente actualizada en el
Sistema de atención a la inversión.
Asimismo, la función de acompañamiento individualizado podrá ejercerse a través
de otros servicios territoriales de la Administración general de la Comunidad
Autónoma de Galicia y de las entidades instrumentales del sector público autonómico
que se determinen por razón de su especialidad material y, en concreto, a través de

cve: BOE-A-2021-5210
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 19.