I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA. Simplificación administrativa. Economía. (BOE-A-2021-5210)
Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 79
Viernes 2 de abril de 2021
Sec. I. Pág. 37900
dinamismo en la implantación o cuya demanda precise ser acelerada por razones
estratégicas.
Se podrá concertar la elaboración de los contenidos de los catálogos con los colegios
profesionales, cámaras de comercio, organizaciones empresariales y otras entidades
representativas de los sectores afectados.
4. Los catálogos y sus actualizaciones serán aprobados por el Consejo de la Xunta
de Galicia.
5. La aprobación de los catálogos deberá incluir un trámite de audiencia, por un
plazo de quince días hábiles, a las distintas consejerías de la Administración general de
la Comunidad Autónoma de Galicia.
6. En el procedimiento de elaboración de disposiciones normativas autonómicas
que incorporen nuevos trámites para la implantación de iniciativas empresariales deberá
justificarse su necesidad de acuerdo con el principio de buena regulación previsto en
esta ley. Una vez aprobada la norma que regule el nuevo trámite, deberá procederse a la
actualización del catálogo o catálogos correspondientes.
Artículo 15.
Evaluación externa.
Con la periodicidad que se determine reglamentariamente, se realizarán las
evaluaciones externas e independientes del funcionamiento del Sistema de atención a la
inversión. Los informes elaborados por las entidades evaluadoras estarán disponibles
como parte de la información que ofrezca el Sistema.
CAPÍTULO II
Oficina Doing Business Galicia
Artículo 16.
Fines y objetivos de la Oficina Doing Business Galicia.
La Oficina Doing Business Galicia es el órgano responsable de la gestión de los
instrumentos previstos en esta ley para facilitar la implantación de las iniciativas
empresariales, especializada en el acompañamiento y tramitación de los proyectos
industriales estratégicos y de las iniciativas empresariales prioritarias, así como la
coordinación del asesoramiento a las personas empresarias para la puesta en marcha y
acompañamiento de las iniciativas empresariales.
La Oficina depende de la Secretaría General Técnica de la consejería con
competencias en materia de economía y empresa, en su condición de autoridad
designada por la Comunidad Autónoma como punto de contacto para la unidad de
mercado.
Artículo 17. Funciones.
Corresponden a la Oficina Doing Business Galicia las siguientes funciones:
a) Gestionar el Sistema de atención a la inversión y elaborar los catálogos.
b) Dirigir la Unidad de Apoyo de las Iniciativas Empresariales.
c) Acompañar y dar soporte a los sujetos promotores de las iniciativas susceptibles
de ser calificadas como proyectos industriales estratégicos o iniciativas empresariales
prioritarias, analizando las solicitudes telemáticas recibidas o las consultas realizadas por
vía telefónica o presencial. En particular, la Oficina deberá orientar a las personas
interesadas sobre los títulos habilitantes necesarios para llevar a cabo un proyecto o su
modificación, la tramitación pertinente y la posible obtención de ayudas públicas.
d) Analizar si una iniciativa es susceptible de ser calificada como proyecto industrial
estratégico o iniciativa empresarial prioritaria, así como proponer dicha calificación a la
persona titular de la consejería con competencias en materia de economía y empresa.
e) Impulsar la tramitación de los proyectos industriales estratégicos y de las
iniciativas empresariales prioritarias mediante la consulta a otros órganos o entidades, de
cve: BOE-A-2021-5210
Verificable en https://www.boe.es
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Núm. 79
Viernes 2 de abril de 2021
Sec. I. Pág. 37900
dinamismo en la implantación o cuya demanda precise ser acelerada por razones
estratégicas.
Se podrá concertar la elaboración de los contenidos de los catálogos con los colegios
profesionales, cámaras de comercio, organizaciones empresariales y otras entidades
representativas de los sectores afectados.
4. Los catálogos y sus actualizaciones serán aprobados por el Consejo de la Xunta
de Galicia.
5. La aprobación de los catálogos deberá incluir un trámite de audiencia, por un
plazo de quince días hábiles, a las distintas consejerías de la Administración general de
la Comunidad Autónoma de Galicia.
6. En el procedimiento de elaboración de disposiciones normativas autonómicas
que incorporen nuevos trámites para la implantación de iniciativas empresariales deberá
justificarse su necesidad de acuerdo con el principio de buena regulación previsto en
esta ley. Una vez aprobada la norma que regule el nuevo trámite, deberá procederse a la
actualización del catálogo o catálogos correspondientes.
Artículo 15.
Evaluación externa.
Con la periodicidad que se determine reglamentariamente, se realizarán las
evaluaciones externas e independientes del funcionamiento del Sistema de atención a la
inversión. Los informes elaborados por las entidades evaluadoras estarán disponibles
como parte de la información que ofrezca el Sistema.
CAPÍTULO II
Oficina Doing Business Galicia
Artículo 16.
Fines y objetivos de la Oficina Doing Business Galicia.
La Oficina Doing Business Galicia es el órgano responsable de la gestión de los
instrumentos previstos en esta ley para facilitar la implantación de las iniciativas
empresariales, especializada en el acompañamiento y tramitación de los proyectos
industriales estratégicos y de las iniciativas empresariales prioritarias, así como la
coordinación del asesoramiento a las personas empresarias para la puesta en marcha y
acompañamiento de las iniciativas empresariales.
La Oficina depende de la Secretaría General Técnica de la consejería con
competencias en materia de economía y empresa, en su condición de autoridad
designada por la Comunidad Autónoma como punto de contacto para la unidad de
mercado.
Artículo 17. Funciones.
Corresponden a la Oficina Doing Business Galicia las siguientes funciones:
a) Gestionar el Sistema de atención a la inversión y elaborar los catálogos.
b) Dirigir la Unidad de Apoyo de las Iniciativas Empresariales.
c) Acompañar y dar soporte a los sujetos promotores de las iniciativas susceptibles
de ser calificadas como proyectos industriales estratégicos o iniciativas empresariales
prioritarias, analizando las solicitudes telemáticas recibidas o las consultas realizadas por
vía telefónica o presencial. En particular, la Oficina deberá orientar a las personas
interesadas sobre los títulos habilitantes necesarios para llevar a cabo un proyecto o su
modificación, la tramitación pertinente y la posible obtención de ayudas públicas.
d) Analizar si una iniciativa es susceptible de ser calificada como proyecto industrial
estratégico o iniciativa empresarial prioritaria, así como proponer dicha calificación a la
persona titular de la consejería con competencias en materia de economía y empresa.
e) Impulsar la tramitación de los proyectos industriales estratégicos y de las
iniciativas empresariales prioritarias mediante la consulta a otros órganos o entidades, de
cve: BOE-A-2021-5210
Verificable en https://www.boe.es
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