I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA. Acción exterior. Cooperación al desarrollo. (BOE-A-2021-5211)
Ley 10/2021, de 9 de marzo, reguladora de la acción exterior y de la cooperación para el desarrollo de Galicia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 79

Viernes 2 de abril de 2021

Sec. I. Pág. 37976

2. Cualquier incidencia de salud que padezca este personal gallego con motivo de
su desplazamiento al exterior será cubierta a su regreso a Galicia por el Servicio Gallego
de Salud.
Sección 3.ª

Formación del personal empleado público

Artículo 56. Formación del personal empleado público en materias de interés europeo e
internacional.
1. La Escuela Gallega de Administración Pública (EGAP) dará audiencia al órgano
de dirección de la Administración autonómica responsable de velar por el cumplimiento y
ejecución de la Estrategia gallega de acción exterior (Egaex), para prever las
necesidades formativas del personal empleado público al que pueda dirigirse la actividad
formativa de la EGAP en lo que ataña al desarrollo y aplicación de la presente ley y a la
ejecución de la Egaex. Dicha audiencia podrá articularse a través de una comisión mixta
de seguimiento de composición paritaria.
2. Sin perjuicio de lo anterior, se promoverá la cooperación con las universidades
gallegas y otros centros universitarios y especializados, preferentemente de titularidad
pública, tanto españoles como europeos o de terceros estados no miembros de la Unión
Europea.
3. Corresponde a la Agencia Gallega para la Gestión del Conocimiento en Salud,
previa audiencia al órgano de dirección de la Administración autonómica responsable de
velar por el cumplimiento y ejecución de la Egaex, prever las necesidades formativas del
personal del Sistema público de salud de Galicia en materias relacionadas con el
desarrollo y aplicación de la presente ley y con la ejecución de la Egaex.
CAPÍTULO II
Acción exterior en el campo de hacienda
Sección 1.ª

Planificación económica

Artículo 57. Consideración del entorno europeo e internacional en la planificación
económica.
El órgano de dirección de la Administración autonómica que tenga encomendada la
responsabilidad de efectuar la planificación económica podrá reclamar la cooperación del
órgano de dirección de la Administración autonómica responsable de velar por el
desarrollo y ejecución de la Estrategia gallega de acción exterior y de la Fundación
Galicia Europa en el ámbito de la información, los estudios y la legislación, de nivel
comunitario o internacional.
Sección 2.ª

Fondos de la Unión Europea

El órgano de dirección de la Administración autonómica responsable de velar por el
desarrollo y ejecución de la Estrategia gallega de acción exterior y los órganos de
dirección autonómicos responsables de efectuar la planificación económica gallega y la
gestión de los fondos de la Unión Europea mantendrán la más estrecha cooperación y
coordinación con el objetivo de alcanzar el mejor resultado posible en la fase
negociadora de los marcos financieros plurianuales, de los programas operativos de
interés para Galicia y de la normativa europea de implementación de esos recursos.

cve: BOE-A-2021-5211
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 58. Negociación, programación y gestión de los fondos de la Unión Europea en
pro de Galicia.