I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA. Acción exterior. Cooperación al desarrollo. (BOE-A-2021-5211)
Ley 10/2021, de 9 de marzo, reguladora de la acción exterior y de la cooperación para el desarrollo de Galicia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 79
Viernes 2 de abril de 2021
Sec. I. Pág. 37959
con la duración o periodicidad que estimen adecuadas, remitiéndolos, con carácter
previo a su aprobación, al órgano de dirección de la Administración autonómica
responsable de velar por el desarrollo y ejecución de la Estrategia gallega de acción
exterior para garantizar su compatibilidad con esta.
Artículo 20. Programa de acción exterior de las ciudades gallegas.
Las ciudades gallegas podrán desarrollar una estrategia de proyección internacional
acorde con la Estrategia gallega de acción exterior. En su elaboración contarán con la
participación del órgano de la Administración autonómica con competencias en
relaciones exteriores.
CAPÍTULO II
Viajes y actuaciones con proyección exterior
Transparencia de los viajes y actuaciones con proyección exterior.
1. Los viajes, visitas, recepciones, intercambios y actuaciones con proyección
exterior de la persona titular de la Presidencia de la Xunta de Galicia y de los restantes
miembros del Consejo de la Xunta fuera del ámbito de la Unión Europea y sus
instituciones deberán ser comunicados directamente al órgano de dirección de la
Administración autonómica en el que se encuadren las competencias fundamentales de
acción exterior.
2. Las propuestas de viajes, visitas, recepciones, intercambios y actuaciones con
proyección exterior de las restantes autoridades de la Administración autonómica y altos
responsables de entidades de ella dependientes, como presidentas y presidentes o
directoras y directores de entidades, organismos, sociedades, fundaciones o empresas
públicas, serán comunicadas a la persona titular de la consejería de la que dependan o a
la que estén adscritos, quien lo pondrá en conocimiento del órgano de dirección de la
Administración autonómica en el que se encuadren las competencias fundamentales de
acción exterior, que deberá examinar su compatibilidad con la Estrategia gallega de
acción exterior (Egaex).
3. Los restantes sujetos de la acción exterior gallega comunicarán sus propuestas
de viajes, visitas, intercambios, recepciones y actuaciones con proyección exterior al
órgano de dirección de la Administración autonómica en el que se encuadren las
competencias fundamentales de acción exterior, a efectos del examen de su adecuación
a la Egaex y de coordinación con el ministerio competente en asuntos exteriores, en los
términos previstos en el apartado siguiente.
4. Dicho órgano de dirección de la Administración autonómica remitirá la
información al ministerio competente en asuntos exteriores, a los efectos previstos en la
normativa estatal.
5. Cuando las propuestas de actuación no estuvieran contempladas en la Egaex,
deberán justificarse las circunstancias que motivan estas actuaciones.
6. El órgano de dirección de la Administración autonómica con competencias en
materia de acción exterior presentará en el Parlamento un informe anual de seguimiento
de la estrategia, en el que se incluirá el detalle de la agenda exterior del Gobierno, con
una valoración de la repercusión de los viajes fuera de Galicia. Con este motivo se hará
una comparecencia anual en el Parlamento.
cve: BOE-A-2021-5211
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 21.
Núm. 79
Viernes 2 de abril de 2021
Sec. I. Pág. 37959
con la duración o periodicidad que estimen adecuadas, remitiéndolos, con carácter
previo a su aprobación, al órgano de dirección de la Administración autonómica
responsable de velar por el desarrollo y ejecución de la Estrategia gallega de acción
exterior para garantizar su compatibilidad con esta.
Artículo 20. Programa de acción exterior de las ciudades gallegas.
Las ciudades gallegas podrán desarrollar una estrategia de proyección internacional
acorde con la Estrategia gallega de acción exterior. En su elaboración contarán con la
participación del órgano de la Administración autonómica con competencias en
relaciones exteriores.
CAPÍTULO II
Viajes y actuaciones con proyección exterior
Transparencia de los viajes y actuaciones con proyección exterior.
1. Los viajes, visitas, recepciones, intercambios y actuaciones con proyección
exterior de la persona titular de la Presidencia de la Xunta de Galicia y de los restantes
miembros del Consejo de la Xunta fuera del ámbito de la Unión Europea y sus
instituciones deberán ser comunicados directamente al órgano de dirección de la
Administración autonómica en el que se encuadren las competencias fundamentales de
acción exterior.
2. Las propuestas de viajes, visitas, recepciones, intercambios y actuaciones con
proyección exterior de las restantes autoridades de la Administración autonómica y altos
responsables de entidades de ella dependientes, como presidentas y presidentes o
directoras y directores de entidades, organismos, sociedades, fundaciones o empresas
públicas, serán comunicadas a la persona titular de la consejería de la que dependan o a
la que estén adscritos, quien lo pondrá en conocimiento del órgano de dirección de la
Administración autonómica en el que se encuadren las competencias fundamentales de
acción exterior, que deberá examinar su compatibilidad con la Estrategia gallega de
acción exterior (Egaex).
3. Los restantes sujetos de la acción exterior gallega comunicarán sus propuestas
de viajes, visitas, intercambios, recepciones y actuaciones con proyección exterior al
órgano de dirección de la Administración autonómica en el que se encuadren las
competencias fundamentales de acción exterior, a efectos del examen de su adecuación
a la Egaex y de coordinación con el ministerio competente en asuntos exteriores, en los
términos previstos en el apartado siguiente.
4. Dicho órgano de dirección de la Administración autonómica remitirá la
información al ministerio competente en asuntos exteriores, a los efectos previstos en la
normativa estatal.
5. Cuando las propuestas de actuación no estuvieran contempladas en la Egaex,
deberán justificarse las circunstancias que motivan estas actuaciones.
6. El órgano de dirección de la Administración autonómica con competencias en
materia de acción exterior presentará en el Parlamento un informe anual de seguimiento
de la estrategia, en el que se incluirá el detalle de la agenda exterior del Gobierno, con
una valoración de la repercusión de los viajes fuera de Galicia. Con este motivo se hará
una comparecencia anual en el Parlamento.
cve: BOE-A-2021-5211
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Artículo 21.