I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA. Acción exterior. Cooperación al desarrollo. (BOE-A-2021-5211)
Ley 10/2021, de 9 de marzo, reguladora de la acción exterior y de la cooperación para el desarrollo de Galicia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 79

Viernes 2 de abril de 2021

Artículo 12.

Sec. I. Pág. 37957

Examen por el Parlamento de Galicia.

1. La Xunta de Galicia remitirá el Proyecto de estrategia gallega de acción exterior
(Egaex) al Parlamento de Galicia, requiriendo el pronunciamiento de este, conforme al
artículo 142 del Reglamento del Parlamento de Galicia.
2. Previo examen por el Parlamento de Galicia, la persona titular de la consejería
en la que se encuadren las competencias fundamentales de acción exterior dará
redacción definitiva al proyecto de la Egaex, que será remitido al Consejo de la Xunta
para, en su caso, la aprobación del mismo.
Artículo 13.

Aprobación de la Estrategia gallega de acción exterior.

A la vista del conjunto de las alegaciones, sugerencia e informes, el Consejo de la
Xunta aprobará, en su caso, la Estrategia gallega de acción exterior, que se publicará en
el Portal de transparencia y gobierno abierto de la Xunta de Galicia. Con posterioridad
dará traslado oficial al ministerio competente en asuntos exteriores para su
conocimiento.
Artículo 14.

Desarrollo y ejecución de la Estrategia gallega de acción exterior.

1. El órgano de dirección de la Administración autonómica en el que se encuadren
las competencias de acción exterior será el responsable de velar por el desarrollo y
ejecución de la Estrategia gallega de acción exterior (Egaex). A este fin podrá dar cuenta
del estado de desarrollo y de ejecución de la Egaex a su superior jerárquico, así como de
las desviaciones que hubiera apreciado. En caso de desviaciones graves, elaborará un
informe que será elevado al Consejo de la Xunta para su deliberación y la disposición de
las medidas correctoras oportunas.
2. Anualmente, el órgano de dirección de la Administración autonómica
responsable de velar por el desarrollo y ejecución de la Egaex elaborará un informe
general sobre su cumplimiento, que será elevado por la persona titular de la consejería
de la que dependa al Consejo de la Xunta, previo informe del órgano superior de la
Administración autonómica competente en materia de igualdad. Este informe anual
deberá ser presentado al Parlamento.
CAPÍTULO II
Revisión de la Estrategia gallega de acción exterior
Revisión de la Estrategia gallega de acción exterior.

1. De forma ordinaria, con al menos seis meses de antelación a que expire el plazo
de vigencia de la estrategia en curso, el órgano de dirección de la Administración
autonómica en que se encuadren las competencias fundamentales de acción exterior
iniciará los trámites de revisión de la misma.
2. A propuesta motivada de un tercio de los miembros del Consejo de Acción
Exterior de Galicia, que habrá de ser aprobada con el voto favorable de la mayoría de
sus miembros, la Xunta de Galicia deberá evaluar la necesidad de iniciar la revisión de la
estrategia vigente para adaptarla a un nuevo contexto, previo informe del órgano de
dirección de la Administración autonómica en el que se encuadren las competencias
fundamentales de acción exterior.
3. En tanto no sea aprobada una nueva estrategia, el Consejo de la Xunta de
Galicia podrá prorrogar la que estuviera vigente, por periodos sucesivos de hasta un año
cada uno de ellos, hasta que se pueda aprobar una nueva estrategia. Si el ejecutivo
autonómico estuviera en funciones, se entenderá prorrogada tácitamente la estrategia en
vigor por un periodo de seis meses, dentro del cual el nuevo ejecutivo podrá prorrogarla,
a su vez, hasta que se plantee una nueva estrategia gallega de acción exterior.

cve: BOE-A-2021-5211
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Artículo 15.