II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Cuerpo de funcionarios docentes. (BOE-A-2021-5162)
Resolución de 25 de marzo de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica la convocatoria de procedimientos selectivos de ingreso y de reserva por discapacidad a los cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño para plazas del ámbito de gestión territorial del Ministerio de Educación y Formación Profesional, y el procedimiento de adquisición de nuevas especialidades.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 78
Jueves 1 de abril de 2021
Sec. II.B. Pág. 37648
Finalizadas las actuaciones a que se refieren los apartados anteriores, se elaborarán
por cada Dirección Provincial las listas únicas, por especialidades, formadas por todos
los aspirantes seleccionados. En estas listas figurarán los ingresados por el turno libre
entre los que se incluirán los aspirantes seleccionados por la reserva de personas con
discapacidad. Los aspirantes seleccionados se ordenarán por la puntuación global
obtenida.
Corresponde a los tribunales únicos o, en su caso, a las comisiones de selección, la
declaración de los aspirantes que hayan superado las fases de concurso y oposición, la
publicación de las listas correspondientes, así como su elevación al órgano convocante.
A estos efectos, los órganos de selección se atendrán a lo que se dispone a
continuación:
Los tribunales únicos o, en su caso, las comisiones de selección, conforme a lo
establecido en el artículo 28 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, harán públicas
en la fecha que se establezca mediante Resolución de la Subsecretaría del Ministerio de
Educación
y
Formación
Profesional
que
se
publicará
web
https://
www.educacionyfp.gob.es/contenidos/profesorado/no-universitarios/oposiciones-yofertas-trabajo/oposiciones.html y en las Direcciones Provinciales del departamento en
Ceuta y Melilla, las listas de aspirantes seleccionados según los criterios establecidos en
el apartado 11.1 de esta convocatoria.. Estas listas se publicarán en web y en los
tablones de anuncios de las Direcciones Provinciales en cuya sede el tribunal haya
actuado.
Contra estas listas los interesados podrán interponer, de conformidad con lo
dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, recurso de
alzada ante el Ministerio de Educación y Formación Profesional.
Un ejemplar de estas listas se elevará al órgano convocante quedando el resto de la
documentación bajo la custodia de la Dirección Provincial dónde se hayan celebrado las
pruebas.
De todas las actuaciones se levantarán actas, que se unirán a las listas a que se
refiere el subapartado 11.1 de esta convocatoria.
Los tribunales y las comisiones de selección, para la realización de las actuaciones a
que se refiere esta base, contarán con los sistemas informáticos habilitados al efecto en
las dos Direcciones Provinciales.
11.3 En ningún caso, los órganos de selección podrán declarar que han superado
el procedimiento selectivo, y por tanto aprobado, mayor número de aspirantes que el
número de plazas fijadas.
12.
Actuaciones a realizar por los aspirantes que han superado las fases de oposición y
concurso
a) Los que concurran y superen las fases de oposición y concurso para ingreso en
un mismo cuerpo docente en convocatorias correspondientes a distintas
Administraciones educativas deberán optar por una de ellas, renunciando a todos los
derechos que pudieran corresponderles por su participación en las restantes. De no
realizar esta opción, en el plazo de diez días hábiles a partir de la publicación en la
Dirección Provincial correspondiente de la lista de seleccionados de esta convocatoria, la
aceptación del primer nombramiento como funcionario en prácticas se entenderá como
renuncia tácita a las restantes.
La renuncia a los derechos derivados del procedimiento selectivo, no supondrá
modificación en las plazas asignadas al resto de aspirantes ni en la lista de
seleccionados.
cve: BOE-A-2021-5162
Verificable en https://www.boe.es
12.1 Documentos a presentar por los aspirantes que se encuentran en alguno de
los supuestos que se contemplan a continuación:
Núm. 78
Jueves 1 de abril de 2021
Sec. II.B. Pág. 37648
Finalizadas las actuaciones a que se refieren los apartados anteriores, se elaborarán
por cada Dirección Provincial las listas únicas, por especialidades, formadas por todos
los aspirantes seleccionados. En estas listas figurarán los ingresados por el turno libre
entre los que se incluirán los aspirantes seleccionados por la reserva de personas con
discapacidad. Los aspirantes seleccionados se ordenarán por la puntuación global
obtenida.
Corresponde a los tribunales únicos o, en su caso, a las comisiones de selección, la
declaración de los aspirantes que hayan superado las fases de concurso y oposición, la
publicación de las listas correspondientes, así como su elevación al órgano convocante.
A estos efectos, los órganos de selección se atendrán a lo que se dispone a
continuación:
Los tribunales únicos o, en su caso, las comisiones de selección, conforme a lo
establecido en el artículo 28 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, harán públicas
en la fecha que se establezca mediante Resolución de la Subsecretaría del Ministerio de
Educación
y
Formación
Profesional
que
se
publicará
web
https://
www.educacionyfp.gob.es/contenidos/profesorado/no-universitarios/oposiciones-yofertas-trabajo/oposiciones.html y en las Direcciones Provinciales del departamento en
Ceuta y Melilla, las listas de aspirantes seleccionados según los criterios establecidos en
el apartado 11.1 de esta convocatoria.. Estas listas se publicarán en web y en los
tablones de anuncios de las Direcciones Provinciales en cuya sede el tribunal haya
actuado.
Contra estas listas los interesados podrán interponer, de conformidad con lo
dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, recurso de
alzada ante el Ministerio de Educación y Formación Profesional.
Un ejemplar de estas listas se elevará al órgano convocante quedando el resto de la
documentación bajo la custodia de la Dirección Provincial dónde se hayan celebrado las
pruebas.
De todas las actuaciones se levantarán actas, que se unirán a las listas a que se
refiere el subapartado 11.1 de esta convocatoria.
Los tribunales y las comisiones de selección, para la realización de las actuaciones a
que se refiere esta base, contarán con los sistemas informáticos habilitados al efecto en
las dos Direcciones Provinciales.
11.3 En ningún caso, los órganos de selección podrán declarar que han superado
el procedimiento selectivo, y por tanto aprobado, mayor número de aspirantes que el
número de plazas fijadas.
12.
Actuaciones a realizar por los aspirantes que han superado las fases de oposición y
concurso
a) Los que concurran y superen las fases de oposición y concurso para ingreso en
un mismo cuerpo docente en convocatorias correspondientes a distintas
Administraciones educativas deberán optar por una de ellas, renunciando a todos los
derechos que pudieran corresponderles por su participación en las restantes. De no
realizar esta opción, en el plazo de diez días hábiles a partir de la publicación en la
Dirección Provincial correspondiente de la lista de seleccionados de esta convocatoria, la
aceptación del primer nombramiento como funcionario en prácticas se entenderá como
renuncia tácita a las restantes.
La renuncia a los derechos derivados del procedimiento selectivo, no supondrá
modificación en las plazas asignadas al resto de aspirantes ni en la lista de
seleccionados.
cve: BOE-A-2021-5162
Verificable en https://www.boe.es
12.1 Documentos a presentar por los aspirantes que se encuentran en alguno de
los supuestos que se contemplan a continuación: