II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Cuerpo de funcionarios docentes. (BOE-A-2021-5162)
Resolución de 25 de marzo de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica la convocatoria de procedimientos selectivos de ingreso y de reserva por discapacidad a los cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño para plazas del ámbito de gestión territorial del Ministerio de Educación y Formación Profesional, y el procedimiento de adquisición de nuevas especialidades.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 78
Jueves 1 de abril de 2021
Sec. II.B. Pág. 37646
Para poder acceder a la fase de concurso será necesario haber obtenido, al menos,
cinco puntos en la fase de oposición.
8.
Calificación de las pruebas
La calificación de cada prueba, o de cada parte de las pruebas correspondientes a la
fase de oposición, será la media aritmética de las calificaciones de todos los miembros
presentes en el tribunal, debiendo calcularse con aproximación de hasta diez milésimas,
para evitar, en la medida de lo posible, que se produzcan empates. Cuando entre las
puntuaciones otorgadas por los miembros del tribunal exista una diferencia de tres o más
enteros, serán excluidos automáticamente la calificación máxima y mínima, calculándose
la puntuación media entre las calificaciones restantes. En el caso de que más de un
miembro del tribunal otorgará la calificación máxima y/o mínima solo se excluirá una
única calificación máxima y/o mínima.
9.
Lectura pública de los ejercicios
Todas las pruebas de exposición oral ante los tribunales tendrán carácter público en
la forma que determine cada tribunal, con sujeción en todo caso a la normativa sanitaria
que en ese momento esté vigente.
10.
Fase de concurso
a) La asignación de la puntuación que corresponda a los aspirantes, según el
baremo recogido en el Anexo I de la presente convocatoria, se realizará únicamente a
los aspirantes que superen la fase de oposición.
Esta asignación se realizará por las unidades de la Dirección Provincial a que
corresponde la Ciudad en donde se celebren las pruebas, las cuales procederán, una
vez concluida la fase de oposición, a la asignación de las puntuaciones de los distintos
apartados del baremo de méritos. Estas unidades realizarán estas funciones por
delegación de los tribunales, aportando a los mismos los resultados de sus actuaciones.
b) A estos efectos, los aspirantes que superen la fase de oposición deberán
presentar, en el plazo de tres días hábiles, contados a partir del día siguiente a aquel en
el que los tribunales hagan públicas las listas de aspirantes que hayan superado esta
fase, los documentos justificativos que se indican en el baremo de méritos,
entendiéndose que solamente se valorarán aquellos méritos que perfeccionados con
anterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes previsto en el
subapartado 3.2.1 de esta Resolución, se aleguen y aporten debidamente justificados a
través de la documentación que se determina en el citado Anexo I, no tomándose en
consideración los perfeccionados con posterioridad a la finalización de dicho plazo.
c) La puntuación alcanzada por los aspirantes en la fase de concurso se hará
pública en la web del Ministerio y en los tablones de anuncios de las correspondientes
Direcciones Provinciales, en la fecha que así se determine mediante Resolución de la
Subsecretaria que se publicará en la web https://www.educacionyfp.gob.es/contenidos/
profesorado/no-universitarios/oposiciones-y-ofertas-trabajo/oposiciones.html y en los
tablones de anuncios de las Direcciones Provinciales del departamento en Ceuta y
Melilla. Los interesados podrán presentar, en el plazo de tres días hábiles a partir de su
exposición, escrito de reclamación dirigido al Director Provincial, a quien corresponde su
estudio y resolución.
Vistas y estudiadas las reclamaciones presentadas, las listas con las puntuaciones
definitivas alcanzadas en la fase de concurso se harán públicas en los mismos lugares y
en la fecha que asimismo se determine mediante Resolución de la Subsecretaría. Contra
cve: BOE-A-2021-5162
Verificable en https://www.boe.es
En la fase de concurso, en la que no se podrá alcanzar más de diez puntos, se
valorarán los méritos aportados por los participantes conforme a lo dispuesto a
continuación:
Núm. 78
Jueves 1 de abril de 2021
Sec. II.B. Pág. 37646
Para poder acceder a la fase de concurso será necesario haber obtenido, al menos,
cinco puntos en la fase de oposición.
8.
Calificación de las pruebas
La calificación de cada prueba, o de cada parte de las pruebas correspondientes a la
fase de oposición, será la media aritmética de las calificaciones de todos los miembros
presentes en el tribunal, debiendo calcularse con aproximación de hasta diez milésimas,
para evitar, en la medida de lo posible, que se produzcan empates. Cuando entre las
puntuaciones otorgadas por los miembros del tribunal exista una diferencia de tres o más
enteros, serán excluidos automáticamente la calificación máxima y mínima, calculándose
la puntuación media entre las calificaciones restantes. En el caso de que más de un
miembro del tribunal otorgará la calificación máxima y/o mínima solo se excluirá una
única calificación máxima y/o mínima.
9.
Lectura pública de los ejercicios
Todas las pruebas de exposición oral ante los tribunales tendrán carácter público en
la forma que determine cada tribunal, con sujeción en todo caso a la normativa sanitaria
que en ese momento esté vigente.
10.
Fase de concurso
a) La asignación de la puntuación que corresponda a los aspirantes, según el
baremo recogido en el Anexo I de la presente convocatoria, se realizará únicamente a
los aspirantes que superen la fase de oposición.
Esta asignación se realizará por las unidades de la Dirección Provincial a que
corresponde la Ciudad en donde se celebren las pruebas, las cuales procederán, una
vez concluida la fase de oposición, a la asignación de las puntuaciones de los distintos
apartados del baremo de méritos. Estas unidades realizarán estas funciones por
delegación de los tribunales, aportando a los mismos los resultados de sus actuaciones.
b) A estos efectos, los aspirantes que superen la fase de oposición deberán
presentar, en el plazo de tres días hábiles, contados a partir del día siguiente a aquel en
el que los tribunales hagan públicas las listas de aspirantes que hayan superado esta
fase, los documentos justificativos que se indican en el baremo de méritos,
entendiéndose que solamente se valorarán aquellos méritos que perfeccionados con
anterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes previsto en el
subapartado 3.2.1 de esta Resolución, se aleguen y aporten debidamente justificados a
través de la documentación que se determina en el citado Anexo I, no tomándose en
consideración los perfeccionados con posterioridad a la finalización de dicho plazo.
c) La puntuación alcanzada por los aspirantes en la fase de concurso se hará
pública en la web del Ministerio y en los tablones de anuncios de las correspondientes
Direcciones Provinciales, en la fecha que así se determine mediante Resolución de la
Subsecretaria que se publicará en la web https://www.educacionyfp.gob.es/contenidos/
profesorado/no-universitarios/oposiciones-y-ofertas-trabajo/oposiciones.html y en los
tablones de anuncios de las Direcciones Provinciales del departamento en Ceuta y
Melilla. Los interesados podrán presentar, en el plazo de tres días hábiles a partir de su
exposición, escrito de reclamación dirigido al Director Provincial, a quien corresponde su
estudio y resolución.
Vistas y estudiadas las reclamaciones presentadas, las listas con las puntuaciones
definitivas alcanzadas en la fase de concurso se harán públicas en los mismos lugares y
en la fecha que asimismo se determine mediante Resolución de la Subsecretaría. Contra
cve: BOE-A-2021-5162
Verificable en https://www.boe.es
En la fase de concurso, en la que no se podrá alcanzar más de diez puntos, se
valorarán los méritos aportados por los participantes conforme a lo dispuesto a
continuación: