II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Cuerpo de funcionarios docentes. (BOE-A-2021-5162)
Resolución de 25 de marzo de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica la convocatoria de procedimientos selectivos de ingreso y de reserva por discapacidad a los cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño para plazas del ámbito de gestión territorial del Ministerio de Educación y Formación Profesional, y el procedimiento de adquisición de nuevas especialidades.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 1 de abril de 2021
Sec. II.B. Pág. 37645
aprendizaje que se van a plantear en el aula, los criterios de evaluación, así como los
procedimientos para llevar a cabo la misma.
En las especialidades propias de la formación profesional específica tanto del Cuerpo
de Profesores de Enseñanza Secundaria como del de Profesores Técnicos de
Formación Profesional, la unidad didáctica podrá referirse a unidades de trabajo
debiendo relacionarse con las capacidades terminales asociadas a las correspondientes
unidades de competencia propias del perfil profesional de que se trate.
En la especialidad de Orientación Educativa, los aspirantes podrán optar por
desarrollar un programa de intervención en un centro escolar o en una unidad de
orientación.
El aspirante iniciará su exposición ante el tribunal con la defensa de la programación
didáctica y a continuación realizará la exposición de la unidad didáctica. El tiempo
máximo disponible para la exposición de cada una de las dos partes será de treinta
minutos. El tribunal podrá debatir con el aspirante por un periodo que no excederá de
diez minutos.
Para la defensa de la programación, el aspirante podrá utilizar un ejemplar de la
programación entregada al tribunal.
En la exposición de la unidad didáctica se podrá utilizar el material auxiliar sin
contenido curricular que considere oportuno, que deberá aportar él mismo, así como un
guion que no excederá de una cara de un folio y que deberá entregar al tribunal al
término de la exposición. El referido material auxiliar servirá para apoyar la exposición
mediante la utilización de recursos didácticos no electrónicos ni susceptibles de
reproducción electrónica. En todo caso, los órganos de selección velarán porque dicho
material auxiliar no implique una desigualdad de trato en el desarrollo de esta parte del
procedimiento selectivo.
Calificación de la segunda prueba. Esta segunda prueba se valorará globalmente
de 0 a 10 puntos, debiendo alcanzarse para su superación una puntuación igual o
superior a 5 puntos
Finalizada esta prueba, el tribunal expondrá dos listas en los tablones de anuncios de
la Dirección Provincial correspondiente, una contendrá las puntuaciones obtenidas por
los aspirantes que hayan superado esa segunda prueba y otra con las puntuaciones de
los que no la hayan superado.
7.5.3 Contra las puntuaciones obtenidas en las pruebas de la fase de oposición los
aspirantes podrán presentar escrito de alegaciones ante el tribunal y en las mismas
sedes en las que se hayan celebrado dichas pruebas. El plazo para esta presentación
será de 24 horas y será determinado por el tribunal. Transcurrido el plazo anterior y,
resueltas las alegaciones presentadas, el tribunal en el plazo máximo de 24 horas hará
públicas las calificaciones definitivas entendiéndose desestimadas las alegaciones
presentadas cuando las puntuaciones no hayan sido objeto de modificación.
7.5.4 Calificación final de la fase de oposición. Esta calificación será la media
aritmética de las puntuaciones obtenidas en las dos pruebas integrantes de esta fase,
cuando todas ellas hayan sido superadas.
Por resolución del tribunal o, en su caso, por la comisión de selección, se expondrá
en la web del Ministerio y en los tablones de anuncios de la Dirección Provincial
correspondiente, la lista con las calificaciones de la fase de oposición de los aspirantes
que hayan superado las pruebas de las que consta esta fase.
Contra esta resolución, que no pone fin al procedimiento, no procede recurso alguno,
pudiendo el interesado interponer el correspondiente recurso contra la Resolución por la
que se publiquen las listas de aspirantes que resulten seleccionados en el
procedimiento.
Los aspirantes que superen la fase de oposición dispondrán de un plazo de tres días
hábiles, a partir del día siguiente al de la publicación de la puntuación, para presentar la
documentación justificativa de los méritos que aleguen para su baremación en la fase de
concurso.
cve: BOE-A-2021-5162
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 78
Jueves 1 de abril de 2021
Sec. II.B. Pág. 37645
aprendizaje que se van a plantear en el aula, los criterios de evaluación, así como los
procedimientos para llevar a cabo la misma.
En las especialidades propias de la formación profesional específica tanto del Cuerpo
de Profesores de Enseñanza Secundaria como del de Profesores Técnicos de
Formación Profesional, la unidad didáctica podrá referirse a unidades de trabajo
debiendo relacionarse con las capacidades terminales asociadas a las correspondientes
unidades de competencia propias del perfil profesional de que se trate.
En la especialidad de Orientación Educativa, los aspirantes podrán optar por
desarrollar un programa de intervención en un centro escolar o en una unidad de
orientación.
El aspirante iniciará su exposición ante el tribunal con la defensa de la programación
didáctica y a continuación realizará la exposición de la unidad didáctica. El tiempo
máximo disponible para la exposición de cada una de las dos partes será de treinta
minutos. El tribunal podrá debatir con el aspirante por un periodo que no excederá de
diez minutos.
Para la defensa de la programación, el aspirante podrá utilizar un ejemplar de la
programación entregada al tribunal.
En la exposición de la unidad didáctica se podrá utilizar el material auxiliar sin
contenido curricular que considere oportuno, que deberá aportar él mismo, así como un
guion que no excederá de una cara de un folio y que deberá entregar al tribunal al
término de la exposición. El referido material auxiliar servirá para apoyar la exposición
mediante la utilización de recursos didácticos no electrónicos ni susceptibles de
reproducción electrónica. En todo caso, los órganos de selección velarán porque dicho
material auxiliar no implique una desigualdad de trato en el desarrollo de esta parte del
procedimiento selectivo.
Calificación de la segunda prueba. Esta segunda prueba se valorará globalmente
de 0 a 10 puntos, debiendo alcanzarse para su superación una puntuación igual o
superior a 5 puntos
Finalizada esta prueba, el tribunal expondrá dos listas en los tablones de anuncios de
la Dirección Provincial correspondiente, una contendrá las puntuaciones obtenidas por
los aspirantes que hayan superado esa segunda prueba y otra con las puntuaciones de
los que no la hayan superado.
7.5.3 Contra las puntuaciones obtenidas en las pruebas de la fase de oposición los
aspirantes podrán presentar escrito de alegaciones ante el tribunal y en las mismas
sedes en las que se hayan celebrado dichas pruebas. El plazo para esta presentación
será de 24 horas y será determinado por el tribunal. Transcurrido el plazo anterior y,
resueltas las alegaciones presentadas, el tribunal en el plazo máximo de 24 horas hará
públicas las calificaciones definitivas entendiéndose desestimadas las alegaciones
presentadas cuando las puntuaciones no hayan sido objeto de modificación.
7.5.4 Calificación final de la fase de oposición. Esta calificación será la media
aritmética de las puntuaciones obtenidas en las dos pruebas integrantes de esta fase,
cuando todas ellas hayan sido superadas.
Por resolución del tribunal o, en su caso, por la comisión de selección, se expondrá
en la web del Ministerio y en los tablones de anuncios de la Dirección Provincial
correspondiente, la lista con las calificaciones de la fase de oposición de los aspirantes
que hayan superado las pruebas de las que consta esta fase.
Contra esta resolución, que no pone fin al procedimiento, no procede recurso alguno,
pudiendo el interesado interponer el correspondiente recurso contra la Resolución por la
que se publiquen las listas de aspirantes que resulten seleccionados en el
procedimiento.
Los aspirantes que superen la fase de oposición dispondrán de un plazo de tres días
hábiles, a partir del día siguiente al de la publicación de la puntuación, para presentar la
documentación justificativa de los méritos que aleguen para su baremación en la fase de
concurso.
cve: BOE-A-2021-5162
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Núm. 78