I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA. Residuos y suelos contaminados. (BOE-A-2021-5137)
Ley 6/2021, de 17 de febrero, de residuos y suelos contaminados de Galicia.
52 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 1 de abril de 2021

Sec. I. Pág. 37515

no existan instalaciones adecuadas en él o esté previsto en los planes de residuos una
solución alternativa a su tratamiento:
a) Los traslados de residuos peligrosos.
b) Los traslados de residuos destinados a la eliminación.
c) Los traslados de residuos destinados a instalaciones de incineración clasificadas
como valorización, según lo previsto en la operación R1 del anexo II de la Ley 22/2011,
de 28 de julio, en lo relativo al cumplimiento de la fórmula de eficiencia energética.
d) Los traslados que se destinen a valorización de residuos domésticos mezclados
identificados con el código LER 20 03 01.
e) Aquellos traslados de residuos que sean determinados por una norma
reglamentaria estatal o autonómica.
3. El contenido mínimo de los documentos previstos en este artículo será el
establecido en el artículo 5 y en los anexos I e II del Real decreto 553/2020, de 2 de
junio, por el que se regula el traslado de residuos en el interior del territorio del Estado.
4. Toda la documentación asociada a los trámites administrativos regulados en este
artículo, salvo la referente al contrato de tratamiento, será presentada ante el órgano
competente de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia en
formato electrónico a través de la plataforma habilitada al efecto, de conformidad con lo
previsto en esta ley y en la normativa que la desarrolle.
Artículo 30. Traslados de residuos entre comunidades autónomas.
Los traslados de residuos entre comunidades autónomas con origen o destino en el
territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia se realizarán de acuerdo con lo
establecido en el artículo 25 de la Ley 22/2011, de 28 de julio, y en el Real
decreto 553/2020, de 2 de junio, por el que se regula el traslado de residuos en el interior
del territorio del Estado, o norma autonómica de desarrollo.
Artículo 31. Traslados transfronterizos en la Unión Europea con origen o destino en la
Comunidad Autónoma de Galicia.
1. El traslado de residuos entre el territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia y
países de la Unión Europea se regirá por lo dispuesto en el Reglamento (CE) n.º
1013/2006, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de junio de 2006, relativo a los
traslados de residuos, y por el artículo 26 de la Ley 22/2011, de 28 de julio.
2. En relación con lo establecido en el artículo 18 del reglamento citado en el número
anterior, cuando los residuos tengan como destino el territorio de la Comunidad Autónoma de
Galicia, el sujeto gestor autorizado para su recepción deberá presentar, con carácter
semestral, al órgano competente de la Administración general de la Comunidad Autónoma de
Galicia una previsión de los residuos que pretenda recibir en los próximos seis meses.
CAPÍTULO III
Régimen de intervención administrativa en materia de residuos
Artículo 32. Actividades en materia de residuos e instalaciones de gestión de residuos
sometidas a autorización.
1. Quedan sometidas al régimen de autorización administrativa previa por parte del
órgano competente de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia:
a) Las instalaciones ubicadas en el territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia
en que se vayan a desarrollar operaciones de tratamiento de residuos, incluido el
almacenamiento en el ámbito de la recogida en espera de tratamiento, así como la
ampliación, modificación sustancial o traslado de dichas instalaciones.

cve: BOE-A-2021-5137
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 78