I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Acuerdos internacionales administrativos. (BOE-A-2021-5133)
Acuerdo entre el Reino de España, representado por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones y la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), relativo a la realización de un proyecto de atención humanitaria a personas inmigrantes en el recurso «Las Canteras» en San Cristobal de la Laguna, Tenerife, hecho en Madrid el 8 de marzo de 2021.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 78
Jueves 1 de abril de 2021
Cláusula II.
Sec. I. Pág. 37435
Intercambio de información y documentos.
1. Las Partes acuerdan intercambiar la información y los documentos de dominio
público necesarios para gestión de la acogida humanitaria en el recurso de «Las
Canteras», así como cualquier información y documentación de dominio público sobre
asuntos de interés común.
2. Cuando corresponda y dependiendo de los requisitos estipulados, las Partes
también podrán intercambiarse la información y documentos relativos a proyectos o
programas específicos, con miras a propiciar la acción complementaria y la coordinación
efectiva más adecuada entre ambas.
Cláusula III.
Acción conjunta.
1. Las Partes podrán, a través de acuerdos especiales, decidir actuar
conjuntamente en la ejecución del Acuerdo DG HOME.
2. Las partes podrán, cuando lo consideren conveniente, establecer comisiones,
comités u otros órganos técnicos o de asesoramiento, sobre los mandatos y condiciones
acordados mutuamente en cada caso y en asuntos de interés común.
Cláusula IV.
Esferas de cooperación.
En el marco de sus respectivos mandatos, y sin perjuicio de la cooperación en otras
esferas y dependiendo de la disponibilidad de recursos, las Partes acuerdan considerar
las siguientes esferas con miras a la cooperación mutua:
En su calidad de autoridad legalmente responsable, encargarse de la gestión y
administración del recurso de «Las Canteras», apoyando y prestando todo el apoyo
necesario para que la OIM pueda ejecutar las actividades que le corresponden a la OIM
del Acuerdo DG HOME; Gestionar la información relativa a los traslados de beneficiarios
al o del recurso de «Las Canteras»;
Proporcionar seguridad privada en el recinto del recurso de «Las Canteras»;
Proporcionar servicios de limpieza en el recinto del recurso de «Las Canteras»;
Establecer los mecanismos de comunicación necesarios para poder realizar
derivación de casos vulnerables de beneficiarios del recurso de «Las Canteras» a
recursos más adecuados para la atención a sus necesidades específicas;
Designar una persona en representación del MISSM, que será la responsable de la
gestión y administración del recurso de «Las Canteras», y servirá de persona de
contacto para el equipo de la OIM y realizará, entre otras, las actuaciones de
coordinación de acuerdo con los términos de referencia acordados entre las partes;
Llevar a cabo, en el recurso de «Las Canteras», las actuaciones de gestión y
coordinación acordadas por las partes en el documento de términos de referencia acordado
por las partes y siempre de conformidad con la regulación relativa a la acogida y atención
humanitaria. Llevar a cabo la comunicación con las autoridades competentes, (a título
indicativo, Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, policial local y policía
autonómica, cuerpo de bomberos, protección civil, ayuntamiento jurisdiccionalmente
competente, autoridades sanitarias, fiscalía, etc.).
La OIM en el marco del Acuerdo DG HOME, sujeto a la disponibilidad de recursos,
según se disponga en sus instrumentos constitutivos, reglas, directivas y políticas, y
cve: BOE-A-2021-5133
Verificable en https://www.boe.es
El MISSM, a través de la Secretaría de Estado de Migraciones, se compromete, en el
ámbito de las competencias que tiene atribuidas en materia de acogida y atención
humanitaria, a cooperar y prestar todo el apoyo necesario a la OIM en la ejecución del
Acuerdo DG HOME, aprobado por la Comisión Europea, que se llevará a cabo en el
recurso «Las Canteras» en Tenerife. En particular, se compromete a:
Núm. 78
Jueves 1 de abril de 2021
Cláusula II.
Sec. I. Pág. 37435
Intercambio de información y documentos.
1. Las Partes acuerdan intercambiar la información y los documentos de dominio
público necesarios para gestión de la acogida humanitaria en el recurso de «Las
Canteras», así como cualquier información y documentación de dominio público sobre
asuntos de interés común.
2. Cuando corresponda y dependiendo de los requisitos estipulados, las Partes
también podrán intercambiarse la información y documentos relativos a proyectos o
programas específicos, con miras a propiciar la acción complementaria y la coordinación
efectiva más adecuada entre ambas.
Cláusula III.
Acción conjunta.
1. Las Partes podrán, a través de acuerdos especiales, decidir actuar
conjuntamente en la ejecución del Acuerdo DG HOME.
2. Las partes podrán, cuando lo consideren conveniente, establecer comisiones,
comités u otros órganos técnicos o de asesoramiento, sobre los mandatos y condiciones
acordados mutuamente en cada caso y en asuntos de interés común.
Cláusula IV.
Esferas de cooperación.
En el marco de sus respectivos mandatos, y sin perjuicio de la cooperación en otras
esferas y dependiendo de la disponibilidad de recursos, las Partes acuerdan considerar
las siguientes esferas con miras a la cooperación mutua:
En su calidad de autoridad legalmente responsable, encargarse de la gestión y
administración del recurso de «Las Canteras», apoyando y prestando todo el apoyo
necesario para que la OIM pueda ejecutar las actividades que le corresponden a la OIM
del Acuerdo DG HOME; Gestionar la información relativa a los traslados de beneficiarios
al o del recurso de «Las Canteras»;
Proporcionar seguridad privada en el recinto del recurso de «Las Canteras»;
Proporcionar servicios de limpieza en el recinto del recurso de «Las Canteras»;
Establecer los mecanismos de comunicación necesarios para poder realizar
derivación de casos vulnerables de beneficiarios del recurso de «Las Canteras» a
recursos más adecuados para la atención a sus necesidades específicas;
Designar una persona en representación del MISSM, que será la responsable de la
gestión y administración del recurso de «Las Canteras», y servirá de persona de
contacto para el equipo de la OIM y realizará, entre otras, las actuaciones de
coordinación de acuerdo con los términos de referencia acordados entre las partes;
Llevar a cabo, en el recurso de «Las Canteras», las actuaciones de gestión y
coordinación acordadas por las partes en el documento de términos de referencia acordado
por las partes y siempre de conformidad con la regulación relativa a la acogida y atención
humanitaria. Llevar a cabo la comunicación con las autoridades competentes, (a título
indicativo, Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, policial local y policía
autonómica, cuerpo de bomberos, protección civil, ayuntamiento jurisdiccionalmente
competente, autoridades sanitarias, fiscalía, etc.).
La OIM en el marco del Acuerdo DG HOME, sujeto a la disponibilidad de recursos,
según se disponga en sus instrumentos constitutivos, reglas, directivas y políticas, y
cve: BOE-A-2021-5133
Verificable en https://www.boe.es
El MISSM, a través de la Secretaría de Estado de Migraciones, se compromete, en el
ámbito de las competencias que tiene atribuidas en materia de acogida y atención
humanitaria, a cooperar y prestar todo el apoyo necesario a la OIM en la ejecución del
Acuerdo DG HOME, aprobado por la Comisión Europea, que se llevará a cabo en el
recurso «Las Canteras» en Tenerife. En particular, se compromete a: