III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Convenios. (BOE-A-2021-5007)
Resolución de 21 de marzo de 2021, de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Ourense, para la construcción de un sistema de retención de flotantes en el aliviadero de Ponte Lebrona en la cuenca del río Barbaña (Ourense).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 30 de marzo de 2021
Sec. III. Pág. 36375
b) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de
alguno de los firmantes.
La extinción del Convenio por esta causa, tras el procedimiento contradictorio
regulado en el artículo 51.2c) de la LRJSP, conllevará el pago de una indemnización a la
otra parte otorgante del Convenio por los perjuicios causados derivados de actuaciones
ya ejecutadas o como consecuencia de otras actuaciones que tengan que asumir debido
al referido incumplimiento.
c) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del Convenio.
d) Por la entrada en vigor de disposiciones legales o reglamentarias que
determinen su extinción.
e) El transcurso del plazo de vigencia del Convenio, sin haberse acordado la
prórroga del mismo.
En dichos supuestos se establecerá, en función de la causa concreta de extinción y a
la vista de la situación particular de las actuaciones en curso, la forma de continuación
de las mismas y su finalización en un plazo improrrogable fijado por las partes, a
propuesta de la comisión de seguimiento, así como la forma de entrega de las obras al
organismo competente.
3. Las posibles modificaciones de este Convenio, acordadas de forma unánime por
los firmantes, deberán formalizarse mediante la suscripción del correspondiente
instrumento modificativo, con los mismos requisitos y condiciones exigidos para la
aprobación del inicial.
Tercera. Coste de las actuaciones de reparación y financiación de las mismas.
1. La inversión total necesaria para la actuación se ha estimado en 95.000 €,
Impuesto del Valor Añadido Incluido. Esta inversión será asumida íntegramente por la
Confederación Hidrográfica Miño-Sil, O.A.
2. El coste de la inversión se financiará con cargo al presupuesto de gastos del
Organismo de cuenca para el año 2021 con cargo a la aplicación
presupuestaria 456A 61, código de proyecto 2009 23 231 0211.
4. Los valores estimados para el coste de las obras, redacción de proyecto y
medidas de seguridad y salud serán:
Contrato de obras y redacción de proyecto: 94.000 euros, Impuesto del Valor
Añadido incluido.
Asistencia técnica para la coordinación de la seguridad y salud: 1.000 euros,
Impuesto del Valor Añadido incluido.
Cuarta. Entrega y recepción de las actuaciones.
1. Una vez finalizadas y recibidas las obras por parte de la Confederación
Hidrográfica Miño-Sil, O.A., se comunicará al Ayuntamiento de Ourense tal circunstancia,
adjuntando una copia del acta de recepción, siendo entregadas para su uso público a
este último, para su mantenimiento y conservación.
2. Dicha entrega podrá realizarse por fases, cuando, de acuerdo a lo dispuesto en
el artículo 243.5 d) de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del Sector Público,
quepa la recepción parcial de la obra y su entrega para el uso público al que está
destinada.
3. En caso de que la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., en aplicación
del artículo 243.6 del texto legal precedente se acuerde la ocupación efectiva de las
obras, podrán ser entregadas al Ayuntamiento de Ourense las mismas.
4. En cualquier caso, la entrega se entenderá materializada por la mera notificación
al Ayuntamiento de Ourense adjuntando una copia del acta de recepción. A partir de este
momento dicha Entidad Local asumirá todos los derechos y obligaciones inherentes a la
entrega.
cve: BOE-A-2021-5007
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 76
Martes 30 de marzo de 2021
Sec. III. Pág. 36375
b) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de
alguno de los firmantes.
La extinción del Convenio por esta causa, tras el procedimiento contradictorio
regulado en el artículo 51.2c) de la LRJSP, conllevará el pago de una indemnización a la
otra parte otorgante del Convenio por los perjuicios causados derivados de actuaciones
ya ejecutadas o como consecuencia de otras actuaciones que tengan que asumir debido
al referido incumplimiento.
c) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del Convenio.
d) Por la entrada en vigor de disposiciones legales o reglamentarias que
determinen su extinción.
e) El transcurso del plazo de vigencia del Convenio, sin haberse acordado la
prórroga del mismo.
En dichos supuestos se establecerá, en función de la causa concreta de extinción y a
la vista de la situación particular de las actuaciones en curso, la forma de continuación
de las mismas y su finalización en un plazo improrrogable fijado por las partes, a
propuesta de la comisión de seguimiento, así como la forma de entrega de las obras al
organismo competente.
3. Las posibles modificaciones de este Convenio, acordadas de forma unánime por
los firmantes, deberán formalizarse mediante la suscripción del correspondiente
instrumento modificativo, con los mismos requisitos y condiciones exigidos para la
aprobación del inicial.
Tercera. Coste de las actuaciones de reparación y financiación de las mismas.
1. La inversión total necesaria para la actuación se ha estimado en 95.000 €,
Impuesto del Valor Añadido Incluido. Esta inversión será asumida íntegramente por la
Confederación Hidrográfica Miño-Sil, O.A.
2. El coste de la inversión se financiará con cargo al presupuesto de gastos del
Organismo de cuenca para el año 2021 con cargo a la aplicación
presupuestaria 456A 61, código de proyecto 2009 23 231 0211.
4. Los valores estimados para el coste de las obras, redacción de proyecto y
medidas de seguridad y salud serán:
Contrato de obras y redacción de proyecto: 94.000 euros, Impuesto del Valor
Añadido incluido.
Asistencia técnica para la coordinación de la seguridad y salud: 1.000 euros,
Impuesto del Valor Añadido incluido.
Cuarta. Entrega y recepción de las actuaciones.
1. Una vez finalizadas y recibidas las obras por parte de la Confederación
Hidrográfica Miño-Sil, O.A., se comunicará al Ayuntamiento de Ourense tal circunstancia,
adjuntando una copia del acta de recepción, siendo entregadas para su uso público a
este último, para su mantenimiento y conservación.
2. Dicha entrega podrá realizarse por fases, cuando, de acuerdo a lo dispuesto en
el artículo 243.5 d) de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del Sector Público,
quepa la recepción parcial de la obra y su entrega para el uso público al que está
destinada.
3. En caso de que la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., en aplicación
del artículo 243.6 del texto legal precedente se acuerde la ocupación efectiva de las
obras, podrán ser entregadas al Ayuntamiento de Ourense las mismas.
4. En cualquier caso, la entrega se entenderá materializada por la mera notificación
al Ayuntamiento de Ourense adjuntando una copia del acta de recepción. A partir de este
momento dicha Entidad Local asumirá todos los derechos y obligaciones inherentes a la
entrega.
cve: BOE-A-2021-5007
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Núm. 76