III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Convenios. (BOE-A-2021-5007)
Resolución de 21 de marzo de 2021, de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Ourense, para la construcción de un sistema de retención de flotantes en el aliviadero de Ponte Lebrona en la cuenca del río Barbaña (Ourense).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 76

Martes 30 de marzo de 2021

Sec. III. Pág. 36374

de los vertidos al río Barbaña a través del aliviadero de Ponte Lebrona y del resto de
actuaciones ejecutadas que integran el sistema de saneamiento del Ourense y que han
sido objeto de encomienda de gestión en los dos instrumentos de colaboración
otorgados, relacionados en el exponendo Primero, una vez tramitado el oportuno
expediente de mutación demanial, al amparo de lo dispuesto en la Ley 33/2003, de
Patrimonio de las Administraciones Públicas.
Octavo.
Que la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., y el Ayuntamiento de Ourense
estiman necesario establecer una fórmula coordinada para la financiación, ejecución y
posterior entrega para el mantenimiento y conservación futura de esta actuación.
Con base en lo hasta aquí expuesto, las partes acuerdan otorgar el presente
Convenio de acuerdo con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto y descripción de las actuaciones.

1. El presente Convenio tiene por objeto determinar las condiciones que regirán la
financiación, ejecución y posterior entrega para su mantenimiento y conservación de las
actuaciones necesarias incluidas en el «Proyecto para construcción de un sistema de
retención de flotantes en el aliviadero de Ponte Lebrona en la cuenca del río Barbaña, en
el T.M. de Ourense (Ourense)».
2. Estas actuaciones consistirán en el desmontaje de la actual pantalla deflectora
dispuesta en el labio de alivio del tanque de tormentas de Ponte Lebrona y la instalación
de un equipo de retención de flotantes de tipo reja fabricado en acero inoxidable
AISI-316 y dotado de un sistema de limpieza mediante bombas eyectoras agua-aire.
Además se ejecutará un circuito de control que permitirá elegir el modo de
funcionamiento del equipo entre manual o automático a partir de los datos de nivel de
agua en el interior del tanque.
3. También es objeto de este Convenio la mutación demanial de las infraestructuras
relacionadas en los Anexos I de los dos instrumentos de colaboración relacionados en el
Exponendo primero:
Los colectores generales e interceptores de la margen derecha (Tramo Puente
Nuevo-Balneario, Eiras Vedras-Tarascón y Vinteún-Puente Nuevo).
El colector-interceptor general del rio Barbaña.
Los colectores generales e interceptores de la margen izquierda del Miño.
Duración, modificación y extinción del Convenio.

1. El presente Convenio resultará eficaz una vez inscrito en el Registro Electrónico
estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal. Además,
habrá de publicarse en el «Boletín Oficial del Estado» y tendrá una duración de cuatro
años.
No obstante, si en esa fecha no han finalizado las actuaciones objeto del mismo ni se
ha procedido a la recepción de las obras, liquidación del contrato, finalización del plazo
de garantía, y entrega de las obras conforme a lo establecido en la cláusula cuarta, los
firmantes del Convenio podrán acordar unánimemente su prórroga por un período de
hasta cuatro años adicionales.
2. El Convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen
su objeto, así como, por incurrir en alguna de las siguientes causas de resolución:
a)

El acuerdo unánime de todos los firmantes.

cve: BOE-A-2021-5007
Verificable en https://www.boe.es

Segunda.