I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Tratados internacionales. (BOE-A-2021-4847)
Aplicación provisional del Acuerdo entre el Reino de España y la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) relativo a la organización de la Tercera Conferencia Mundial sobre la Educación Superior (CMES III), hecho en Nueva York el 17 de diciembre de 2020.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 75
Lunes 29 de marzo de 2021
Sec. I. Pág. 35788
2.9 Establecer contacto con instituciones públicas y privadas a fin de recaudar
fondos para las actividades relacionadas con la Conferencia, en colaboración con las
autoridades del país anfitrión.
2.10 Establecer contacto con otros organismos de las Naciones Unidas y otras
organizaciones internacionales.
2.11 Crear y mantener, en el portal internet de la UNESCO, una página web
dedicada a la Conferencia en español, francés e inglés (otras lenguas por confirmar, en
función de los fondos disponibles).
2.12 Apoyar las actividades del Relator y del Grupo de Redacción (del manifiesto
final) de la Conferencia.
2.13 Elaborar, traducir, imprimir y enviar a los participantes el informe final de la
Conferencia y hacerlo llegar a otras partes interesadas de todo el mundo.
2.14 Proporcionar una lista de participantes para la preparación de las tarjetas
identificativas y para las tareas de inscripción.
2.15 Aportar personal que preste asesoramiento sobre cuestiones programáticas,
técnicas y logísticas (contribución en especie).
3. Responsabilidades del país anfitrión
3.1 Establecer una oficina de coordinación local (LCD, por su denominación en
inglés) dirigida por la ACUP/GUNI en estrecha colaboración con el Ministerio de
Universidades. El presupuesto se utilizará en estricto cumplimiento de la legislación
nacional y según lo que dispongan las autoridades. Corresponderá a los asociados
nacionales decidir sobre los proveedores y las contrapartes logísticas locales
ateniéndose a la legislación nacional. Las decisiones relativas a aspectos pertinentes de
la reunión serán acordadas en estrecha coordinación con la UNESCO por conducto de la
oficina de coordinación técnica (TCD).
3.2 Preparación del contenido:
a) participar en el Comité de Programa para apoyar a la UNESCO;
b) contribuir a la elaboración del programa de la Conferencia bajo la dirección de la
UNESCO;
c) ayudar a elegir a los expertos internacionales que vayan a integrar el grupo
técnico de expertos (TEG) y, posteriormente, a los oradores principales;
d) contribuir a elaborar el contenido del sitio web de la Conferencia y demás
material de comunicación.
3.3
Servicios:
3.3.1 El país anfitrión, en colaboración con la ACUP/GUNI y el enlace oficial en el
Ministerio de Universidades:
3.3.2
El país anfitrión sufragará:
a) el funcionamiento de la oficina de coordinación local (LCD);
b) los costes ligados a la organización de cuatro reuniones preparatorias conjuntas
(alojamiento de los participantes, comidas y traslados internos para alrededor de 20
participantes por reunión, costes de interpretación español-inglés, logística, etc.);
c) el coste de todos los locales que se utilicen antes y en el curso de la CMES III,
según lo especificado en este documento;
cve: BOE-A-2021-4847
Verificable en https://www.boe.es
a) organizará la oficina de coordinación local (LCD);
b) participará en la oficina de coordinación técnica (TCD) y el grupo técnico de
expertos (TEG);
c) establecerá contacto con instituciones públicas y privadas a fin de recaudar fondos
para actividades relacionadas con la Conferencia, en colaboración con la UNESCO.
Núm. 75
Lunes 29 de marzo de 2021
Sec. I. Pág. 35788
2.9 Establecer contacto con instituciones públicas y privadas a fin de recaudar
fondos para las actividades relacionadas con la Conferencia, en colaboración con las
autoridades del país anfitrión.
2.10 Establecer contacto con otros organismos de las Naciones Unidas y otras
organizaciones internacionales.
2.11 Crear y mantener, en el portal internet de la UNESCO, una página web
dedicada a la Conferencia en español, francés e inglés (otras lenguas por confirmar, en
función de los fondos disponibles).
2.12 Apoyar las actividades del Relator y del Grupo de Redacción (del manifiesto
final) de la Conferencia.
2.13 Elaborar, traducir, imprimir y enviar a los participantes el informe final de la
Conferencia y hacerlo llegar a otras partes interesadas de todo el mundo.
2.14 Proporcionar una lista de participantes para la preparación de las tarjetas
identificativas y para las tareas de inscripción.
2.15 Aportar personal que preste asesoramiento sobre cuestiones programáticas,
técnicas y logísticas (contribución en especie).
3. Responsabilidades del país anfitrión
3.1 Establecer una oficina de coordinación local (LCD, por su denominación en
inglés) dirigida por la ACUP/GUNI en estrecha colaboración con el Ministerio de
Universidades. El presupuesto se utilizará en estricto cumplimiento de la legislación
nacional y según lo que dispongan las autoridades. Corresponderá a los asociados
nacionales decidir sobre los proveedores y las contrapartes logísticas locales
ateniéndose a la legislación nacional. Las decisiones relativas a aspectos pertinentes de
la reunión serán acordadas en estrecha coordinación con la UNESCO por conducto de la
oficina de coordinación técnica (TCD).
3.2 Preparación del contenido:
a) participar en el Comité de Programa para apoyar a la UNESCO;
b) contribuir a la elaboración del programa de la Conferencia bajo la dirección de la
UNESCO;
c) ayudar a elegir a los expertos internacionales que vayan a integrar el grupo
técnico de expertos (TEG) y, posteriormente, a los oradores principales;
d) contribuir a elaborar el contenido del sitio web de la Conferencia y demás
material de comunicación.
3.3
Servicios:
3.3.1 El país anfitrión, en colaboración con la ACUP/GUNI y el enlace oficial en el
Ministerio de Universidades:
3.3.2
El país anfitrión sufragará:
a) el funcionamiento de la oficina de coordinación local (LCD);
b) los costes ligados a la organización de cuatro reuniones preparatorias conjuntas
(alojamiento de los participantes, comidas y traslados internos para alrededor de 20
participantes por reunión, costes de interpretación español-inglés, logística, etc.);
c) el coste de todos los locales que se utilicen antes y en el curso de la CMES III,
según lo especificado en este documento;
cve: BOE-A-2021-4847
Verificable en https://www.boe.es
a) organizará la oficina de coordinación local (LCD);
b) participará en la oficina de coordinación técnica (TCD) y el grupo técnico de
expertos (TEG);
c) establecerá contacto con instituciones públicas y privadas a fin de recaudar fondos
para actividades relacionadas con la Conferencia, en colaboración con la UNESCO.