II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. CONSEJO DE ESTADO. Funcionarios de los Subgrupos A2, C1 y C2. (BOE-A-2021-4813)
Resolución de 18 de marzo de 2021, de la Presidencia del Consejo de Estado, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 74
Sábado 27 de marzo de 2021
Sec. II.B. Pág. 35648
Tercera. Modelos y plazos de presentación de solicitudes.
1. Las solicitudes para tomar parte en este concurso se dirigirán a la Presidencia
del Consejo de Estado (calle Mayor número 79, 28013 Madrid), y se ajustarán al modelo
publicado como anexo II de esta Resolución, debiendo presentarse en el plazo de quince
días hábiles, contados desde el siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el
«Boletín Oficial del Estado».
Si durante el plazo de presentación de solicitudes se presentara más de una instancia,
solo se atenderá a la presentada en último lugar y quedarán anuladas las anteriores.
Los funcionarios que se encuentran en situaciones distintas a la de servicio activo o
que no presten servicios en la Administración General del Estado, así como en cualquier
otra situación, también podrán presentar su solicitud en los registros a que se refiere el
artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
Los interesados en participar en el concurso deberán unir a su solicitud cuantos
documentos hayan de ser tenidos en cuenta. La solicitud a presentar consistirá en los
siguientes anexos:
– Anexo II. Solicitud de participación.
– Anexo III. Certificado de méritos, expedido por el órgano competente en materia de
gestión de personal (salvo en el caso de funcionarios destinados en este Consejo, para
los que no será necesaria su presentación).
– Anexo IV y IV.1. Certificado de méritos específicos adecuados al puesto, expedido
por el centro donde el candidato desempeñó el puesto de trabajo.
– Anexo V. Consentimiento de verificación de datos de residencia (en su caso).
– Anexo VI. Consentimiento y modelo de información básica y adicional para la
obtención de datos y consulta de información.
Cuarta.
Fases del concurso y baremo de valoración.
Los méritos se valorarán con referencia a la fecha del cierre del plazo de
presentación de instancias. Sin perjuicio de lo anterior, el certificado de méritos podrá
aportarse fuera del plazo de presentación de solicitudes, siempre que se aporte el
justificante de su solicitud formulada en plazo.
El concurso específico consta de dos fases. En la primera de ella se valorarán los
méritos generales, y en la segunda los méritos específicos adecuados a las
cve: BOE-A-2021-4813
Verificable en https://www.boe.es
Los anexos de este concurso se cumplimentarán con arreglo a las instrucciones que
en ellos se contienen.
2. Los funcionarios con alguna discapacidad reconocida podrán pedir la adaptación
del puesto o de los puestos de trabajo correspondientes. A la solicitud se deberá
acompañar un informe expedido por el órgano competente en la materia, que acredite la
procedencia de la adaptación y la compatibilidad con el desempeño de las funciones que
tenga atribuido el puesto o los puestos solicitados. La compatibilidad con el desempeño
de las funciones propias del puesto de trabajo se valorará teniendo en cuenta las
adaptaciones que se puedan realizar en él.
3. En el supuesto de estar interesadas en las vacantes que se anuncien en un
determinado concurso, para un mismo municipio, dos personas que reúnan los requisitos
exigidos, podrán condicionar todos o parte de los puestos que incluyen en sus
solicitudes, por razones de convivencia familiar, al hecho de que ambas obtengan
destino en ese concurso en el mismo municipio, entendiéndose, en caso contrario,
anulada la petición de los puestos condicionados efectuada por ambas, quedando
vigente el resto de sus solicitudes.
Los funcionarios que se acojan a esta petición condicional deberán concretarlo en su
solicitud (anexo II) y acompañar una fotocopia de la petición de la otra persona
solicitante.
Núm. 74
Sábado 27 de marzo de 2021
Sec. II.B. Pág. 35648
Tercera. Modelos y plazos de presentación de solicitudes.
1. Las solicitudes para tomar parte en este concurso se dirigirán a la Presidencia
del Consejo de Estado (calle Mayor número 79, 28013 Madrid), y se ajustarán al modelo
publicado como anexo II de esta Resolución, debiendo presentarse en el plazo de quince
días hábiles, contados desde el siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el
«Boletín Oficial del Estado».
Si durante el plazo de presentación de solicitudes se presentara más de una instancia,
solo se atenderá a la presentada en último lugar y quedarán anuladas las anteriores.
Los funcionarios que se encuentran en situaciones distintas a la de servicio activo o
que no presten servicios en la Administración General del Estado, así como en cualquier
otra situación, también podrán presentar su solicitud en los registros a que se refiere el
artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
Los interesados en participar en el concurso deberán unir a su solicitud cuantos
documentos hayan de ser tenidos en cuenta. La solicitud a presentar consistirá en los
siguientes anexos:
– Anexo II. Solicitud de participación.
– Anexo III. Certificado de méritos, expedido por el órgano competente en materia de
gestión de personal (salvo en el caso de funcionarios destinados en este Consejo, para
los que no será necesaria su presentación).
– Anexo IV y IV.1. Certificado de méritos específicos adecuados al puesto, expedido
por el centro donde el candidato desempeñó el puesto de trabajo.
– Anexo V. Consentimiento de verificación de datos de residencia (en su caso).
– Anexo VI. Consentimiento y modelo de información básica y adicional para la
obtención de datos y consulta de información.
Cuarta.
Fases del concurso y baremo de valoración.
Los méritos se valorarán con referencia a la fecha del cierre del plazo de
presentación de instancias. Sin perjuicio de lo anterior, el certificado de méritos podrá
aportarse fuera del plazo de presentación de solicitudes, siempre que se aporte el
justificante de su solicitud formulada en plazo.
El concurso específico consta de dos fases. En la primera de ella se valorarán los
méritos generales, y en la segunda los méritos específicos adecuados a las
cve: BOE-A-2021-4813
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Los anexos de este concurso se cumplimentarán con arreglo a las instrucciones que
en ellos se contienen.
2. Los funcionarios con alguna discapacidad reconocida podrán pedir la adaptación
del puesto o de los puestos de trabajo correspondientes. A la solicitud se deberá
acompañar un informe expedido por el órgano competente en la materia, que acredite la
procedencia de la adaptación y la compatibilidad con el desempeño de las funciones que
tenga atribuido el puesto o los puestos solicitados. La compatibilidad con el desempeño
de las funciones propias del puesto de trabajo se valorará teniendo en cuenta las
adaptaciones que se puedan realizar en él.
3. En el supuesto de estar interesadas en las vacantes que se anuncien en un
determinado concurso, para un mismo municipio, dos personas que reúnan los requisitos
exigidos, podrán condicionar todos o parte de los puestos que incluyen en sus
solicitudes, por razones de convivencia familiar, al hecho de que ambas obtengan
destino en ese concurso en el mismo municipio, entendiéndose, en caso contrario,
anulada la petición de los puestos condicionados efectuada por ambas, quedando
vigente el resto de sus solicitudes.
Los funcionarios que se acojan a esta petición condicional deberán concretarlo en su
solicitud (anexo II) y acompañar una fotocopia de la petición de la otra persona
solicitante.