III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Convenios. (BOE-A-2021-4750)
Resolución de 11 de marzo de 2021, de la Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y Formación Agroalimentaria, por la que se publica el Convenio con la Fundación Escuela de Organización Industrial, F.S.P., para la organización, gestión y ejecución del paquete de digitalización del Programa Nacional de Desarrollo Rural 2014-2020.
11 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 73
Viernes 26 de marzo de 2021
Sec. III. Pág. 35052
Por todo ello, ambas partes acuerdan suscribir el presente Convenio que se regirá
por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto.
El presente Convenio tiene por objeto, definir la colaboración entre el MAPA y la EOI
en lo relativo a la organización, gestión y ejecución de las operaciones derivadas de la
puesta en marcha Paquete de Digitalización del PNDR 2014-2020.
Segunda.
Actuaciones a realizar.
Las actuaciones a realizar son las relativas a la organización, gestión y ejecución de
las operaciones incluidas en el Paquete de Digitalización del PNDR 2014-2020, que se
listan a continuación:
– Redacción de los manuales de procedimientos que definan las unidades
responsables de la gestión y ejecución de las medidas objeto del presente Convenio.
– Elaboración y modificación en su caso, de los criterios de selección de las
operaciones.
– Elaboración y modificación en su caso, de las bases reguladoras que articulen la
puesta en marcha de las medidas objeto del Convenio que recojan los criterios de
selección de las operaciones, en las que se enmarcarán las correspondientes
convocatorias.
– Elaboración y modificación en su caso, de las convocatorias que permitan la
selección de operaciones susceptibles de recibir financiación FEADER. Las medidas se
articularán mediante subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, en una o
varias convocatorias que se ejecutarán de 2021 a 2023, de conformidad con la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
– Ordenación e instrucción del procedimiento de concesión de las subvenciones.
– Comprobación de las justificaciones económicas y de ejecución de las operaciones
objeto de financiación FEADER.
– Aprobación del gasto y pago de la subvención.
– Garantizar que los beneficiarios de la subvención estén informados de las
obligaciones derivadas de la misma (requisitos de presentación de datos relativos a
operaciones y transacciones, lucha contra el fraude, información y publicidad…).
– Volcado de datos requeridos por la Aplicación Informática para la adecuada
gestión, control y seguimiento de las operaciones objeto de financiación FEADER.
– Controles administrativos y sobre el terreno de dichas operaciones.
Tercera. Obligaciones del MAPA.
– Dictar las instrucciones y circulares que sean necesarias y que aseguren la
correcta aplicación de las operaciones incluidas en las submedidas M1.1., M1.2., M2.1.,
M2.2, M2.3., correspondientes a las medidas 1 y 2 del citado Paquete de Digitalización
del PNDR 2014-2020, a través de los procedimientos de gestión necesarios para el
desarrollo de sus funciones.
– Revisión y validación del Manual de procedimientos propuesto por la EOI para la
gestión y control de las medidas incluidas en el Paquete de Digitalización.
– Realizar los actos necesarios y los mandatos a la EOI para garantizar el
cumplimiento de la normativa reguladora, tanto la derivada de los reglamentos
comunitarios, como la propia de carácter nacional.
cve: BOE-A-2021-4750
Verificable en https://www.boe.es
Para llevar a cabo el Paquete de Digitalización, corresponderá a la DGDRIFA del
MAPA, a través de la Subdirección General de Innovación y Digitalización (SGID), la
ejecución de las siguientes actuaciones:
Núm. 73
Viernes 26 de marzo de 2021
Sec. III. Pág. 35052
Por todo ello, ambas partes acuerdan suscribir el presente Convenio que se regirá
por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto.
El presente Convenio tiene por objeto, definir la colaboración entre el MAPA y la EOI
en lo relativo a la organización, gestión y ejecución de las operaciones derivadas de la
puesta en marcha Paquete de Digitalización del PNDR 2014-2020.
Segunda.
Actuaciones a realizar.
Las actuaciones a realizar son las relativas a la organización, gestión y ejecución de
las operaciones incluidas en el Paquete de Digitalización del PNDR 2014-2020, que se
listan a continuación:
– Redacción de los manuales de procedimientos que definan las unidades
responsables de la gestión y ejecución de las medidas objeto del presente Convenio.
– Elaboración y modificación en su caso, de los criterios de selección de las
operaciones.
– Elaboración y modificación en su caso, de las bases reguladoras que articulen la
puesta en marcha de las medidas objeto del Convenio que recojan los criterios de
selección de las operaciones, en las que se enmarcarán las correspondientes
convocatorias.
– Elaboración y modificación en su caso, de las convocatorias que permitan la
selección de operaciones susceptibles de recibir financiación FEADER. Las medidas se
articularán mediante subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, en una o
varias convocatorias que se ejecutarán de 2021 a 2023, de conformidad con la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
– Ordenación e instrucción del procedimiento de concesión de las subvenciones.
– Comprobación de las justificaciones económicas y de ejecución de las operaciones
objeto de financiación FEADER.
– Aprobación del gasto y pago de la subvención.
– Garantizar que los beneficiarios de la subvención estén informados de las
obligaciones derivadas de la misma (requisitos de presentación de datos relativos a
operaciones y transacciones, lucha contra el fraude, información y publicidad…).
– Volcado de datos requeridos por la Aplicación Informática para la adecuada
gestión, control y seguimiento de las operaciones objeto de financiación FEADER.
– Controles administrativos y sobre el terreno de dichas operaciones.
Tercera. Obligaciones del MAPA.
– Dictar las instrucciones y circulares que sean necesarias y que aseguren la
correcta aplicación de las operaciones incluidas en las submedidas M1.1., M1.2., M2.1.,
M2.2, M2.3., correspondientes a las medidas 1 y 2 del citado Paquete de Digitalización
del PNDR 2014-2020, a través de los procedimientos de gestión necesarios para el
desarrollo de sus funciones.
– Revisión y validación del Manual de procedimientos propuesto por la EOI para la
gestión y control de las medidas incluidas en el Paquete de Digitalización.
– Realizar los actos necesarios y los mandatos a la EOI para garantizar el
cumplimiento de la normativa reguladora, tanto la derivada de los reglamentos
comunitarios, como la propia de carácter nacional.
cve: BOE-A-2021-4750
Verificable en https://www.boe.es
Para llevar a cabo el Paquete de Digitalización, corresponderá a la DGDRIFA del
MAPA, a través de la Subdirección General de Innovación y Digitalización (SGID), la
ejecución de las siguientes actuaciones: