III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Convenios. (BOE-A-2021-4750)
Resolución de 11 de marzo de 2021, de la Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y Formación Agroalimentaria, por la que se publica el Convenio con la Fundación Escuela de Organización Industrial, F.S.P., para la organización, gestión y ejecución del paquete de digitalización del Programa Nacional de Desarrollo Rural 2014-2020.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 73
Viernes 26 de marzo de 2021
Sec. III. Pág. 35051
– Apoyar las iniciativas de impulso a la investigación científica, desarrollo e
innovación tecnológica (I+D+i) y a la transferencia de las tecnologías, contribuyendo a su
implantación y desarrollo en las empresas, especialmente en las pequeñas y medianas
empresas.
– Colaborar activamente con la política del Gobierno en materia de desarrollo e
innovación industrial, política de la pequeña y mediana empresa, energética y
medioambiental, de telecomunicaciones, de propiedad industrial y de desarrollo de la
sociedad de la información, promoviendo y desarrollando en dicho ámbito actividades
formativas y la realización de estudios e investigaciones.
– Colaborar activamente con la política del Gobierno en la ejecución de los
Programas Operativos u otros instrumentos de actuación de la Unión Europea.
Cuarto.
Ante el volumen y especificidad de las convocatorias de ayudas y actuaciones
derivadas de ellas, que es necesario poner en marcha para ejecutar las operaciones
incluidas en el Paquete de Digitalización del PNDR 2014-2020, y con el fin de agilizar las
actuaciones para una eficiente gestión de las mismas, procede la formalización del
presente Convenio con entidad colaboradora.
La EOI actuará como entidad colaboradora, en nombre y por cuenta del órgano
concedente (MAPA), colaborando en la gestión y control de los gastos con cargo al
FEADER de las medidas que componen el Paquete de Digitalización del
PNDR 2014-2020.
Quinto.
cve: BOE-A-2021-4750
Verificable en https://www.boe.es
El presente Convenio con entidad colaboradora se plantea para la gestión y
ejecución de las operaciones relativas al Paquete de Digitalización del PNDR 2014-2020,
y se realiza de conformidad con lo previsto en los artículos 12 y siguientes de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como en el capítulo VI
del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, en el que se regulan los convenios (artículos 47 y siguientes).
La formalización de este Convenio se justifica en la mejora de la eficacia de la
gestión pública, contribuyendo a la realización de actividades de utilidad pública y
cumpliendo a su vez con la legislación de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad
financiera, tal y como se indica en el artículo 48.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público.
El MAPA tiene capacidad financiera para asumir a través de su presupuesto de
gastos, los compromisos económicos con la EOI derivados de la suscripción de este
Convenio.
El presente Convenio regula las condiciones, funciones y obligaciones asumidas por
cada una de las partes, MAPA (órgano concedente) y EOI (entidad colaboradora) en la
gestión de las operaciones incluidas en el Paquete de Digitalización del
PNDR 2014-2020, cuyo contenido mínimo se ajusta a lo establecido en el artículo 16.3
de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Este Convenio no supone cambio de la titularidad de las competencias que sobre la
materia corresponden al MAPA, y que se derivan del objeto del presente Convenio.
Núm. 73
Viernes 26 de marzo de 2021
Sec. III. Pág. 35051
– Apoyar las iniciativas de impulso a la investigación científica, desarrollo e
innovación tecnológica (I+D+i) y a la transferencia de las tecnologías, contribuyendo a su
implantación y desarrollo en las empresas, especialmente en las pequeñas y medianas
empresas.
– Colaborar activamente con la política del Gobierno en materia de desarrollo e
innovación industrial, política de la pequeña y mediana empresa, energética y
medioambiental, de telecomunicaciones, de propiedad industrial y de desarrollo de la
sociedad de la información, promoviendo y desarrollando en dicho ámbito actividades
formativas y la realización de estudios e investigaciones.
– Colaborar activamente con la política del Gobierno en la ejecución de los
Programas Operativos u otros instrumentos de actuación de la Unión Europea.
Cuarto.
Ante el volumen y especificidad de las convocatorias de ayudas y actuaciones
derivadas de ellas, que es necesario poner en marcha para ejecutar las operaciones
incluidas en el Paquete de Digitalización del PNDR 2014-2020, y con el fin de agilizar las
actuaciones para una eficiente gestión de las mismas, procede la formalización del
presente Convenio con entidad colaboradora.
La EOI actuará como entidad colaboradora, en nombre y por cuenta del órgano
concedente (MAPA), colaborando en la gestión y control de los gastos con cargo al
FEADER de las medidas que componen el Paquete de Digitalización del
PNDR 2014-2020.
Quinto.
cve: BOE-A-2021-4750
Verificable en https://www.boe.es
El presente Convenio con entidad colaboradora se plantea para la gestión y
ejecución de las operaciones relativas al Paquete de Digitalización del PNDR 2014-2020,
y se realiza de conformidad con lo previsto en los artículos 12 y siguientes de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como en el capítulo VI
del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, en el que se regulan los convenios (artículos 47 y siguientes).
La formalización de este Convenio se justifica en la mejora de la eficacia de la
gestión pública, contribuyendo a la realización de actividades de utilidad pública y
cumpliendo a su vez con la legislación de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad
financiera, tal y como se indica en el artículo 48.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público.
El MAPA tiene capacidad financiera para asumir a través de su presupuesto de
gastos, los compromisos económicos con la EOI derivados de la suscripción de este
Convenio.
El presente Convenio regula las condiciones, funciones y obligaciones asumidas por
cada una de las partes, MAPA (órgano concedente) y EOI (entidad colaboradora) en la
gestión de las operaciones incluidas en el Paquete de Digitalización del
PNDR 2014-2020, cuyo contenido mínimo se ajusta a lo establecido en el artículo 16.3
de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Este Convenio no supone cambio de la titularidad de las competencias que sobre la
materia corresponden al MAPA, y que se derivan del objeto del presente Convenio.