II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2021-4696)
Resolución de 9 de marzo de 2021, de la Universitat de València, por la que se convocan pruebas selectivas de acceso al grupo A (subgrupo A1), por el turno libre, sector de administración especial, escala técnica superior de información, perfil igualdad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 25 de marzo de 2021

Sec. II.B. Pág. 34793

fehacientemente no sólo que no figuran en la relación de personas excluidas, sino que
además su nombre, apellidos y datos del DNI, NIE o pasaporte, constan correctamente
en la relación de personas admitidas.
Las personas aspirantes que no subsanen los defectos detectados o no aleguen las
omisiones dentro del plazo señalado serán definitivamente excluidas de la participación
en estas pruebas.
4.3 Una vez finalizado el plazo de reclamaciones y de alegaciones, y subsanados
los defectos, se dictará una nueva resolución que contendrá la lista definitiva de
personas admitidas y excluidas, la fecha, el lugar y la hora de la realización del primer
ejercicio. Esta resolución se publicará en el «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana»
(DOGV).
4.4 Son causas de exclusión, además de las que se indican en otros apartados de
estas bases:
– No haber presentado debidamente la solicitud de participación telemática.
– No haber adjuntado la copia del DNI, NIE o pasaporte o que este resulte ilegible.
– No haber adjuntado, en su caso, el justificante del pago de los derechos de
examen.
Quinta. Desarrollo de las pruebas selectivas.
5.1 Los ejercicios se realizarán en las dependencias de la Universitat de València.
El primer ejercicio se realizará en el lugar, la fecha y la hora que se establezca en la
resolución del Rectorado de esta Universitat mediante la cual se apruebe la lista
definitiva de personas admitidas y excluidas de las pruebas objeto de esta convocatoria.
5.2 En caso de realizarse alguno de los ejercicios en varias sesiones, el orden de
actuación de las personas opositoras se establecerá por sorteo.
5.3 En cada ejercicio las personas aspirantes deberán acreditar su identidad
exclusivamente mediante la presentación del DNI, NIE, pasaporte o permiso de conducir.
El incumplimiento de este requisito por alguna persona determinará su exclusión de
la realización de las pruebas.
Las copias o fotocopias de estos documentos no serán válidas en ningún caso.
5.4 Las personas aspirantes serán convocadas para cada ejercicio en llamamiento
único, y serán excluidas aquellas que no comparezcan. Si la persona llega al lugar de
realización de las pruebas cuando se hayan iniciado o no se presenta, aunque sea por
causa justificada, perderá su derecho.
Las personas que integran el órgano técnico de selección y el personal colaborador
no permitirán el acceso a las salas donde se realicen los ejercicios a aquellas personas
que no cumplan los requisitos anteriores, ni a aquellas que comparezcan después de
que se haya acabado el llamamiento de las personas aspirantes convocadas.
No obstante, cuando se trate de pruebas orales u otras de carácter individual y
sucesivo, el órgano técnico de selección podrá considerar las causas alegadas y admitir
a la persona aspirante, siempre que estas pruebas no hayan finalizado y esta admisión
no menoscabe el principio de igualdad con el resto de personal.
5.5 Después de cada prueba, el órgano técnico de selección deberá anunciar la
realización de la siguiente en el tablón oficial de anuncios electrónicos de la UVEG
(https://webges.uv.es/uvTaeWeb/) y con carácter meramente informativo, en la página
web del Servei de Recursos Humans (PAS), cuya dirección es: https://www.uv.es/pas.
5.6 Si en cualquier momento del proceso selectivo llega a conocimiento del órgano
técnico de selección, que alguna de las personas aspirantes no posee la totalidad de los
requisitos exigidos en esta convocatoria, previa audiencia de la persona interesada, se le
requerirá que acredite dichos requisitos. Si la persona no los acredita en el plazo de 10
días hábiles siguientes a la notificación del requerimiento, el órgano técnico de selección
propondrá su exclusión de la prueba, indicando las inexactitudes o falsedades
formuladas por la persona aspirante al órgano convocante, el cual, tras las verificaciones

cve: BOE-A-2021-4696
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Núm. 72