I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Estatuto del Instituto para la Transición Justa. (BOE-A-2021-4630)
Real Decreto 179/2021, de 23 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto del Instituto para la Transición Justa, O.A.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 72

Jueves 25 de marzo de 2021

Sec. I. Pág. 34067

k) Finalizar las actuaciones previstas de acuerdo con lo establecido en la
Decisión 2010/787/UE del Consejo, de 10 de diciembre de 2010, y gestionar cuantos
expedientes hayan sido iniciados por el Instituto bajo su antigua denominación de Instituto
para la Reestructuración de la Minería del Carbón y el Desarrollo Alternativo de las
Comarcas Mineras, O.A.
l) Cualesquiera otras funciones que se le puedan atribuir para la consecución de su
objeto.
CAPÍTULO II
Organización
Artículo 5. Órganos de gobierno y órganos ejecutivos.
1. Son órganos de gobierno del Instituto para la Transición Justa, O.A., el Consejo
Rector y la Presidencia, que será ejercida por la persona titular de la Secretaría de Estado
de Energía.
2. Son órganos ejecutivos la Dirección, que tendrá rango de dirección general; y la
Gerencia y la Subdirección General de Estrategia y Planificación, ambas con rango de
subdirección general.
3. La persona titular de la Dirección del Instituto para la Transición Justa, O.A., será
nombrada mediante real decreto, de acuerdo con lo establecido en el artículo 66.2 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Artículo 6. Consejo Rector.
1. El Consejo Rector es el órgano colegiado de gobierno, integrado por personas en
representación de la Administración General del Estado, que tiene como función el impulso
y control tanto estratégico como operativo de la actividad del Instituto para la Transición
Justa, O.A.
2. Estará integrado por:

En la composición de este Consejo Rector se atenderá al principio de presencia
equilibrada de mujeres y hombres de acuerdo con los dispuesto en el artículo 54 de la Ley
Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
3. La Gerencia del Instituto ejercerá las funciones de Secretaría del Consejo Rector
con voz, pero sin voto.
4. Las personas que ocupen las vocalías del Consejo Rector serán nombradas por la
persona titular del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, a

cve: BOE-A-2021-4630
Verificable en https://www.boe.es

a) La Presidencia, que corresponderá a la persona titular de la Presidencia del
Instituto para la Transición Justa, O.A.
b) La Vicepresidencia, que corresponderá a la persona titular de la Dirección del
Instituto para la Transición Justa, O.A.
c) Tres personas en representación del Ministerio para la Transición Ecológica y el
Reto Demográfico.
d) Una persona en representación del Ministerio de Hacienda.
e) Una persona en representación del Ministerio de Trabajo y Economía Social.
f) Una persona en representación del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.
g) Una persona en representación del Ministerio de Ciencia e Innovación.
h) Una persona en representación del Ministerio de Educación y Formación
Profesional.
i) Una persona en representación del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda
Urbana.
j) Una persona en representación del Ministerio de Asuntos Económicos y
Transformación Digital.