I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Estatuto del Instituto para la Transición Justa. (BOE-A-2021-4630)
Real Decreto 179/2021, de 23 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto del Instituto para la Transición Justa, O.A.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 25 de marzo de 2021

Sec. I. Pág. 34060

en los principales sectores económicos, analizando retos, oportunidades, amenazas y
diseñando medidas necesarias para llevar a cabo su transformación; evaluar y mejorar los
actuales instrumentos de la Administración General del Estado de apoyo a la empresa
para la transición ecológica (apoyo a I+D+i, financiación, préstamos, avales, garantías,
formación, etc.); proponer políticas de apoyo adecuadas (industriales, de I+D+I, de
promoción de actividad económica, de empleo y formación profesional, etc.) para el trabajo
coordinado de la Administración General del Estado, las comunidades autónomas, las
entidades locales y los agentes sociales; y, por último, minimizar los impactos negativos en
zonas vulnerables a través de Convenios de Transición Justa y a través del Plan de Acción
Urgente para comarcas de carbón y centrales en cierre.
Para aquellos territorios donde la transición energética y ecológica pueda poner en
dificultades a las empresas y la actividad económica, tanto el anteproyecto de ley de
Cambio Climático y Transición Energética como la Estrategia de Transición Justa
incorporan una herramienta para su reactivación: los Convenios de Transición Justa, que
deben proponer un plan de acción territorial integral.
Los Convenios de Transición Justa tienen como objetivo prioritario el mantenimiento y
creación de actividad y empleo en el territorio a través del acompañamiento a sectores y
colectivos en riesgo, la fijación de población en los territorios rurales o en zonas con
instalaciones en cierre y la promoción de una diversificación y especialización coherente
con el contexto socio-económico.
Los Convenios de Transición Justa implican trabajar en procesos bien diseñados, con
amplia participación de actores, transparentes e inclusivos, pero sobre todo que constituyan
proyectos integrados de desarrollo territorial que garanticen el empleo a medio y largo
plazo y que dinamicen la transición ecológica.
Por ello, los Convenios de Transición Justa deben tener en cuenta la necesidad de
mejorar la empleabilidad y condiciones laborales de las mujeres y de los colectivos con
problemas de acceso al mercado laboral, como parados de larga duración, personas con
discapacidad o población en riesgo de exclusión social. También han de involucrar a los
jóvenes del territorio, que deberían tener la oportunidad de participar en las decisiones que
pueden afectar su vida en el mismo, y que conformando su visión del territorio pueden
encontrar incentivos a la permanencia en el mismo.
Los Convenios de Transición Justa buscan aprovechar los recursos endógenos del
territorio, ya sean económicos, sociales o ambientales y atraerán inversiones exógenas,
cuando sea necesario, apostando prioritariamente por aquellos sectores que también
presenten mejores resultados de sostenibilidad, tanto ambiental, como económica y social.
Los Convenios de Transición Justa deben ser negociados y pactados incorporando al
mayor número de actores especialmente a las administraciones a nivel local.
Para llevar a cabo el conjunto de medidas relacionadas con la transición justa, y
coordinar los esfuerzos de España con la Unión Europea y el resto de sus Estados miembros,
así como con los entes regionales y locales españoles, es necesario contar con una
organización específica que cuente con un marco jurídico que permita la consecución de los
objetivos señalados: el Instituto para la Transición Justa, O.A., cuyo objeto es la identificación
y adopción de medidas que garanticen a trabajadores y territorios afectados por la transición
hacia una economía baja en carbono un tratamiento equitativo y solidario, minimizando los
impactos negativos sobre el empleo y la despoblación de estos territorios.
El Instituto para la Transición Justa, O.A., será el organismo responsable de la
elaboración e implementación de la Estrategia Española de Transición Justa, a través de
la celebración de los Convenios de Transición Justa, así como de cualesquiera otras
medidas que contribuyan a la consecución de sus objetivos.
El organismo autónomo Instituto para la Reestructuración de la Minería del Carbón y
Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras, O.A., fue creado por la Ley 66/1997,
de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social con el objetivo
de llevar a cabo la ejecución de la política de reestructuración de la minería del carbón, así
como el desarrollo y cumplimiento de cuantas medidas se dirijan a fomentar el desarrollo
económico de aquellas zonas que, de acuerdo con la normativa aplicable, tuviesen la
consideración de municipios mineros del carbón.

cve: BOE-A-2021-4630
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Núm. 72