I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA. Medidas fiscales y administrativas. (BOE-A-2021-4633)
Ley 4/2021, de 28 de enero, de medidas fiscales y administrativas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 25 de marzo de 2021

Sec. I. Pág. 34456

entre la cantidad percibida por antigüedad en el momento anterior a dicha integración y
la cantidad resultante de aplicar lo establecido en el número 5 del artículo 12 de dicho
decreto.
Este complemento permanecerá con la misma cuantía independientemente de las
variaciones en los restantes conceptos retributivos y se mantendrá incluso en el caso de
funcionarización de este personal laboral integrado.
Disposición adicional segunda. Medidas especiales en materia de procesos selectivos
o de provisión derivadas de la situación de emergencia sanitaria.
Se entenderá que la situación de emergencia sanitaria derivada de la pandemia de la
COVID-19 constituye una causa de fuerza mayor que justifica, en aquellos procesos
selectivos o de provisión que, por dicha causa, no puedan desarrollarse regularmente, y
tanto si están convocados en el momento de la entrada en vigor de esta ley como si son
convocados con posterioridad, la adopción motivada por la persona titular de la
consejería competente en materia de función pública, educación o sanidad, según el
personal de que se trate, entre otras, de las siguientes medidas:
a) La ampliación de los distintos plazos de realización de los ejercicios de los
procesos selectivos hasta que la situación derivada de la pandemia permita un adecuado
desarrollo de ellos.
b) La realización de los ejercicios de los procesos selectivos en distintos turnos, con
distintos ejercicios sobre el mismo temario, así como la realización de los ejercicios en
distintas sedes, distribuyéndose las personas aspirantes de la forma que determine el
órgano convocante de los procesos, siempre que, en todo caso, quede garantizado el
respeto a los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad en el acceso al
empleo público.
c) La fijación de fechas alternativas para la realización de ejercicios de procesos
selectivos a personas aspirantes que no puedan participar en ellos en la fecha
inicialmente señalada por estar cumpliendo una medida de aislamiento o en cuarentena
que tengan prescrita por ser persona infectada por COVID-19 o contacto estrecho,
debiendo fijarse la fecha alternativa con garantías de no alteración del desarrollo normal
del correspondiente proceso selectivo.
d) La ampliación de los distintos plazos para la resolución de los procesos de
provisión.
e) La posibilidad de alterar el orden de realización de las pruebas de los procesos
selectivos.
f) La adopción de cualquier otra medida, debidamente justificada, a propuesta de la
autoridad sanitaria autonómica competente.
Disposición adicional tercera. Medidas especiales en materia de listas de contratación
de personal laboral temporal o de personal funcionario interino derivadas de la
situación de emergencia sanitaria.
Como consecuencia de las circunstancias excepcionales ocasionadas por la
declaración de la situación de emergencia sanitaria en el territorio de la Comunidad
Autónoma de Galicia derivada de la pandemia de la COVID-19, y para garantizar la
prestación de funciones relacionadas con la atención a dicha emergencia, se adoptan las
siguientes medidas en materia de listas de contratación de personal laboral temporal o
de personal funcionario interino:
1. En el supuesto de no existir aspirantes en las listas para la contratación temporal
de personal laboral de la Xunta de Galicia, en las categorías profesionales 2 del grupo I,
2 del grupo II y 3 del grupo IV, o, en su caso, para el nombramiento de personal interino
para el desempeño con carácter transitorio de plazas reservadas a personal funcionario
de cuerpos o escalas equivalentes a las indicadas, podrá solicitarse directamente del
Servicio Público de Empleo, sin perjuicio de los demás procedimientos establecidos, o

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