I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA. Medidas fiscales y administrativas. (BOE-A-2021-4633)
Ley 4/2021, de 28 de enero, de medidas fiscales y administrativas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 25 de marzo de 2021

Sec. I. Pág. 34399

– Si eslora > 15 m y ≤ 20 m: 107,77 €/año.
– Si eslora > 20 m y ≤ 25 m: 161,65 €/año.
– Si eslora > 25 m: 269,41 €/año.
Para las embarcaciones auxiliares de acuicultura:
– Si eslora ≤ 10 m: 69,40 €/año.
– Si eslora > 10 m: 104,10 €/año.
La tarifa se liquidará anualmente por adelantado.
Para las embarcaciones pesqueras se liquidará empleando los datos de las
embarcaciones de base en los puertos dependientes de Puertos de Galicia, y, en
su defecto, podrá emplearse el registro de embarcaciones pesqueras de Galicia,
elaborado por la consejería competente en materia de mar.
Para las embarcaciones del sector de acuicultura que se adhieran a un
convenio anual descrito en la regla décima de la tarifa X-1, decimoquinta de la
tarifa X-2 y décima de la tarifa X-3, por pertenencia a una asociación profesional
del sector, la liquidación de la tasa X-6 se podrá incluir en el citado convenio.
Para las embarcaciones pesqueras y del sector de la acuicultura que no
tengan base ni operen habitualmente en un puerto dependiente de Puertos de
Galicia, se aplicarán las siguientes cuantías fijas por escala:
Para embarcaciones pesqueras:
– Si eslora ≤ 10 m: 16,84 €/escala.
– Si eslora > 10 m y ≤ 15 m: 21,89 €/escala.
– Si eslora > 15 m y ≤ 20 m: 26,94 €/escala.
– Si eslora > 20 m y ≤ 25 m: 50,51 €/escala.
– Si eslora > 25 m: 84,19 €/año.
Para las embarcaciones auxiliares de acuicultura:
– Si eslora ≤ 10 m: 21,69 €/escala.
– Si eslora > 10 m: 32,53 €/escala.
El certificado emitido por la escala de la embarcación de paso por el puerto
tendrá validez por tres meses en cualquier puerto dependiente de Puertos de
Galicia en ese período.
c) Para las embarcaciones deportivas y de ocio, con base en un puerto
dependiente de Puertos de Galicia, se aplicarán las siguientes cuantías fijas:
– Si eslora ≤ 8 m: 6,20 €/semestre.
– Si eslora > 8 m es ≤ 12 m: 18,59 €/semestre.
– Si eslora > 12 m: 22,31 €/semestre.
La liquidación se realizará conjuntamente con la tarifa X-5 por semestres (1.º
y 2.º semestre del año) adelantados.
En el caso de embarcaciones deportivas y de ocio que no tengan la condición
de embarcaciones de base en ningún puerto dependiente de Puertos de Galicia,
se aplicará por cada escala la siguiente cuantía:
– Si eslora ≤ 8 m 1,29 €/escala.
– Si eslora > 8 m y ≤ 12 m: 3,87 €/escala.
– Si eslora > 12 m: 4,65 €/escala.
El certificado emitido por la escala de la embarcación de paso por el puerto
tendrá validez por un mes en cualquier puerto dependiente de Puertos de Galicia
en ese período.

cve: BOE-A-2021-4633
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Núm. 72