I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA. Presupuestos. (BOE-A-2021-4632)
Ley 3/2021, de 28 de enero, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 25 de marzo de 2021

Sec. I. Pág. 34120

Dos. A efectos de lo previsto en el artículo 64.1.g) del Texto refundido de la Ley de
régimen financiero y presupuestario de Galicia, aprobado por Decreto legislativo 1/1999,
de 7 de octubre, tendrán la consideración de secciones presupuestarias las secretarías
generales de la Presidencia.
Tres. La financiación de las ampliaciones de crédito, además de por medios de los
mecanismos previstos en el artículo 64.2 del Texto refundido de la Ley de régimen
financiero y presupuestario de Galicia, aprobado por Decreto legislativo 1/1999, de 7 de
octubre, podrá también realizarse con bajas de crédito en otros conceptos presupuestarios.
Artículo 8. Transferencias de crédito.
Uno. Con independencia de las limitaciones a las que se refiere el artículo 68.1 del
Texto refundido de la Ley de régimen financiero y presupuestario de Galicia, aprobado por
Decreto legislativo 1/1999, de 7 de octubre, y sin perjuicio de lo previsto en el apartado 3
del citado artículo, no podrán tramitarse expedientes de transferencias de crédito que
afecten a los capítulos VI y VII cuando de los mismos se derive incremento del gasto
corriente.
Esa restricción no será de aplicación:
a) Cuando se destinasen a la atención de gastos extraordinarios derivados de
catástrofes, siniestros u otras situaciones de naturaleza análoga y carácter excepcional,
una vez realizada la declaración por el Consejo de la Xunta de Galicia de la situación
excepcional, catastrófica o de análoga naturaleza.
b) A los incrementos del capítulo I que, en su caso, pudieran originarse por el
desarrollo de procesos de regularización derivados de acuerdos sobre materias de función
pública suscritos entre la Xunta de Galicia y las organizaciones sindicales.
c) A los incrementos del capítulo I derivados del cumplimiento de sentencias judiciales
firmes o autos de obligada ejecución.
d) A los incrementos del capítulo I derivados de lo previsto en el apartado cuatro del
artículo 13 de la presente ley.
e) A los incrementos del capítulo I derivados de lo previsto en el apartado siete del
artículo 15 de la presente ley.
f) Excepcionalmente, cuando las características de las actuaciones que hayan de
ejecutarse para el cumplimiento de la finalidad del programa presupuestario previsto
exigiesen la adecuación de la naturaleza económica del gasto.
g) Cuando tuvieran por objeto atender las obligaciones a las que se refiere el
artículo 60.2 del Texto refundido de la Ley de régimen financiero y presupuestario de
Galicia, aprobado por Decreto legislativo 1/1999, de 7 de octubre, siempre que se
justificase la imposibilidad de tramitarlas con cargo al gasto corriente.
h) Las transferencias para atender intereses de mora cuando se justificase la
imposibilidad de tramitarlas con cargo al gasto corriente.
Dos. En lo referente a la función 42 de la sección 10, «Consejería de Cultura,
Educación y Universidad», función 41 de la sección 12, «Consejería de Sanidad», y
función 31 de la sección 13, «Consejería de Política Social», la limitación indicada en el
apartado anterior únicamente será de aplicación una vez superado el cinco por ciento de
las dotaciones iniciales de los capítulos VI y VII en términos consolidados.
En caso de que las transferencias realizadas bajo este supuesto incrementasen
créditos del capítulo I destinados a la firma de contratos de duración determinada previstos
en el Real decreto 2720/1998, de 18 de diciembre, por el que se desarrolla el artículo 15
del Estatuto de los trabajadores, cuando la modalidad de contratación sea de realización
de obra o servicio contemplada en el apartado a) del artículo 1 de la citada disposición,
será necesaria la existencia de informe previo y favorable de la Dirección General de la
Función Pública sobre la adecuación de la modalidad de contratación que se pretende.

cve: BOE-A-2021-4632
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Núm. 72