III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Convenios. (BOE-A-2021-4614)
Resolución de 16 de marzo de 2021, de la Dirección General de Servicios e Inspección, por la que se publica el Convenio con la Fundación Amigos del Museo del Prado, para la adhesión a dicha Fundación del personal del Ministerio.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 71
Miércoles 24 de marzo de 2021
Sec. III. Pág. 33918
Fundación como Amigos particulares en condiciones ventajosas, según se recoge en la
url/web específica del colectivo www.amigosmuseoprado.org/colectivos/mapa.
Tercera. Compromisos de la Fundación.
La Fundación se compromete a:
1. Que el MAPA forme parte de la Fundación en calidad de Colectivo durante el
periodo de vigencia del presente convenio y sus sucesivas prórrogas.
2. En virtud de la condición de Colectivo, ofrecer a los integrantes de MAPA la
posibilidad de adherirse a la Fundación como Amigos particulares en condiciones
ventajosas.
La Fundación, en caso de extinción del convenio, ofrecerá a quienes se hayan
adherido como Amigos del Museo (titulares y familiares), la posibilidad de continuar en
las condiciones establecidas para el público en general.
Cuarta.
Financiación.
Las actividades a desarrollar por este convenio no implicarán ningún compromiso
financiero para ninguna de las partes, más allá del pago de la cuota que voluntaria e
individualmente satisfará cada empleado público de los servicios centrales y organismos
autónomos, y jubilados del MAPA que se adhieran a la Fundación como Amigo del
Museo.
En ningún caso las colaboraciones subscritas al amparo de este convenio podrán
suponer coste alguno para el MAPA ni incremento de la plantilla.
Quinta.
Perfeccionamiento, eficacia y duración.
El convenio se perfeccionará con el consentimiento de las partes expresado
mediante su firma y resultará eficaz una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de
Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal (REOICO), en el plazo
de cinco días hábiles desde su formalización.
Asimismo, será publicado en el plazo de diez días hábiles desde su formalización en
el «Boletín Oficial del Estado».
El convenio tendrá una duración de cuatro años desde la fecha de inicio de su
eficacia.
Por acuerdo de las partes anterior a su vencimiento se podrá renovar mediante la
suscripción de la oportuna prórroga. La duración máxima del convenio, incluida la de su
prórroga, no podrá exceder de ocho años.
Sexta.
Comisión de seguimiento.
a) Promover las acciones que permitan cumplir los objetivos y condiciones
estipuladas en el convenio.
b) Efectuar la supervisión, el seguimiento y el control de las actividades que se
desarrollen.
c) Interpretar sus cláusulas y resolver las dudas.
La Comisión de Seguimiento se constituirá en el plazo máximo de un mes desde la
fecha de inicio de la eficacia del convenio y se reunirá, al menos, una vez al año, a
cve: BOE-A-2021-4614
Verificable en https://www.boe.es
Con la finalidad de verificar periódicamente el desarrollo y la marcha de las medidas
aplicadas para dar continuidad a este convenio, se constituirá una Comisión de
Seguimiento mixta formada por dos representantes de la Fundación, designados por la
Secretaria General, y dos representantes del MAPA, designados por el Subsecretario de
Agricultura, Pesca y Alimentación.
La Comisión tendrá como finalidad:
Núm. 71
Miércoles 24 de marzo de 2021
Sec. III. Pág. 33918
Fundación como Amigos particulares en condiciones ventajosas, según se recoge en la
url/web específica del colectivo www.amigosmuseoprado.org/colectivos/mapa.
Tercera. Compromisos de la Fundación.
La Fundación se compromete a:
1. Que el MAPA forme parte de la Fundación en calidad de Colectivo durante el
periodo de vigencia del presente convenio y sus sucesivas prórrogas.
2. En virtud de la condición de Colectivo, ofrecer a los integrantes de MAPA la
posibilidad de adherirse a la Fundación como Amigos particulares en condiciones
ventajosas.
La Fundación, en caso de extinción del convenio, ofrecerá a quienes se hayan
adherido como Amigos del Museo (titulares y familiares), la posibilidad de continuar en
las condiciones establecidas para el público en general.
Cuarta.
Financiación.
Las actividades a desarrollar por este convenio no implicarán ningún compromiso
financiero para ninguna de las partes, más allá del pago de la cuota que voluntaria e
individualmente satisfará cada empleado público de los servicios centrales y organismos
autónomos, y jubilados del MAPA que se adhieran a la Fundación como Amigo del
Museo.
En ningún caso las colaboraciones subscritas al amparo de este convenio podrán
suponer coste alguno para el MAPA ni incremento de la plantilla.
Quinta.
Perfeccionamiento, eficacia y duración.
El convenio se perfeccionará con el consentimiento de las partes expresado
mediante su firma y resultará eficaz una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de
Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal (REOICO), en el plazo
de cinco días hábiles desde su formalización.
Asimismo, será publicado en el plazo de diez días hábiles desde su formalización en
el «Boletín Oficial del Estado».
El convenio tendrá una duración de cuatro años desde la fecha de inicio de su
eficacia.
Por acuerdo de las partes anterior a su vencimiento se podrá renovar mediante la
suscripción de la oportuna prórroga. La duración máxima del convenio, incluida la de su
prórroga, no podrá exceder de ocho años.
Sexta.
Comisión de seguimiento.
a) Promover las acciones que permitan cumplir los objetivos y condiciones
estipuladas en el convenio.
b) Efectuar la supervisión, el seguimiento y el control de las actividades que se
desarrollen.
c) Interpretar sus cláusulas y resolver las dudas.
La Comisión de Seguimiento se constituirá en el plazo máximo de un mes desde la
fecha de inicio de la eficacia del convenio y se reunirá, al menos, una vez al año, a
cve: BOE-A-2021-4614
Verificable en https://www.boe.es
Con la finalidad de verificar periódicamente el desarrollo y la marcha de las medidas
aplicadas para dar continuidad a este convenio, se constituirá una Comisión de
Seguimiento mixta formada por dos representantes de la Fundación, designados por la
Secretaria General, y dos representantes del MAPA, designados por el Subsecretario de
Agricultura, Pesca y Alimentación.
La Comisión tendrá como finalidad: