III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Convenios. (BOE-A-2021-4614)
Resolución de 16 de marzo de 2021, de la Dirección General de Servicios e Inspección, por la que se publica el Convenio con la Fundación Amigos del Museo del Prado, para la adhesión a dicha Fundación del personal del Ministerio.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 71
Miércoles 24 de marzo de 2021
Sec. III. Pág. 33917
mejor conocimiento de sus colecciones y patrimonio artístico. El MAPA manifiesta su
interés en respaldar la labor cultural de la Fundación Amigos del Museo del Prado,
ofreciendo la posibilidad a los empleados públicos de los servicios centrales, organismos
autónomos y personal jubilado, de adherirse a la Fundación a título particular como
Amigos del Museo del Prado.
Segundo.
Que la Fundación Amigos Museo del Prado (Fundación), es una Institución cultural
privada sin ánimo de lucro que tiene como fin toda actividad relacionada con la
promoción, estímulo, apoyo y desarrollo de cuantas acciones culturales, educativas y de
otra índole tengan relación con la misión y actividad del Museo Nacional del Prado.
Asimismo, fomenta la participación y apoyo de toda la sociedad para proteger y mejorar
el presente y futuro del Museo Nacional del Prado.
Que el trabajo de la Fundación a favor del Museo Nacional del Prado se realiza
gracias a las donaciones y aportaciones anuales que recibe de instituciones, empresas y
particulares y por ello desea fomentar todo respaldo a su actividad con carácter estable
en el tiempo.
Tercero.
Que la Fundación ofrece la posibilidad de que el personal del MAPA pueda adherirse
a la Fundación en las condiciones especiales que se detallan en el Anexo al presente
convenio.
Cuarto.
Que el presente convenio tiene naturaleza administrativa, recogida en el
artículo 47.2.c) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público; siéndole de aplicación el capítulo VI del título preliminar de la referida Ley.
Conforme a lo anteriormente expuesto, ambas partes suscriben el presente convenio
que se regirá por las siguientes:
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto.
Facilitar la adhesión, en condiciones ventajosas, de los empleados públicos del
MAPA (servicios centrales, organismos autónomos y personal jubilado) a título particular
a la Fundación.
A efectos del presente convenio, son empleados públicos del MAPA el personal
funcionario, laboral y eventual adscrito al Ministerio o sus organismos autónomos.
A efectos del presente convenio, son jubilados del MAPA aquellos empleados
públicos que hayan hecho efectiva su jubilación teniendo como último destino su puesto
de trabajo en el Ministerio o sus organismos autónomos.
Compromisos de MAPA.
El MAPA se compromete a:
1. Difundir la colaboración con la Fundación en todos los medios y soportes a su
alcance, especialmente en la Intranet del Ministerio para fomentar la adhesión a nivel
particular de los empleados del MAPA a la Fundación.
2. Ofrecer a todos los integrantes del MAPA (empleados públicos de los servicios
centrales y organismos autónomos, y jubilados) la posibilidad de adherirse a la
cve: BOE-A-2021-4614
Verificable en https://www.boe.es
Segunda.
Núm. 71
Miércoles 24 de marzo de 2021
Sec. III. Pág. 33917
mejor conocimiento de sus colecciones y patrimonio artístico. El MAPA manifiesta su
interés en respaldar la labor cultural de la Fundación Amigos del Museo del Prado,
ofreciendo la posibilidad a los empleados públicos de los servicios centrales, organismos
autónomos y personal jubilado, de adherirse a la Fundación a título particular como
Amigos del Museo del Prado.
Segundo.
Que la Fundación Amigos Museo del Prado (Fundación), es una Institución cultural
privada sin ánimo de lucro que tiene como fin toda actividad relacionada con la
promoción, estímulo, apoyo y desarrollo de cuantas acciones culturales, educativas y de
otra índole tengan relación con la misión y actividad del Museo Nacional del Prado.
Asimismo, fomenta la participación y apoyo de toda la sociedad para proteger y mejorar
el presente y futuro del Museo Nacional del Prado.
Que el trabajo de la Fundación a favor del Museo Nacional del Prado se realiza
gracias a las donaciones y aportaciones anuales que recibe de instituciones, empresas y
particulares y por ello desea fomentar todo respaldo a su actividad con carácter estable
en el tiempo.
Tercero.
Que la Fundación ofrece la posibilidad de que el personal del MAPA pueda adherirse
a la Fundación en las condiciones especiales que se detallan en el Anexo al presente
convenio.
Cuarto.
Que el presente convenio tiene naturaleza administrativa, recogida en el
artículo 47.2.c) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público; siéndole de aplicación el capítulo VI del título preliminar de la referida Ley.
Conforme a lo anteriormente expuesto, ambas partes suscriben el presente convenio
que se regirá por las siguientes:
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto.
Facilitar la adhesión, en condiciones ventajosas, de los empleados públicos del
MAPA (servicios centrales, organismos autónomos y personal jubilado) a título particular
a la Fundación.
A efectos del presente convenio, son empleados públicos del MAPA el personal
funcionario, laboral y eventual adscrito al Ministerio o sus organismos autónomos.
A efectos del presente convenio, son jubilados del MAPA aquellos empleados
públicos que hayan hecho efectiva su jubilación teniendo como último destino su puesto
de trabajo en el Ministerio o sus organismos autónomos.
Compromisos de MAPA.
El MAPA se compromete a:
1. Difundir la colaboración con la Fundación en todos los medios y soportes a su
alcance, especialmente en la Intranet del Ministerio para fomentar la adhesión a nivel
particular de los empleados del MAPA a la Fundación.
2. Ofrecer a todos los integrantes del MAPA (empleados públicos de los servicios
centrales y organismos autónomos, y jubilados) la posibilidad de adherirse a la
cve: BOE-A-2021-4614
Verificable en https://www.boe.es
Segunda.