III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Convenios. (BOE-A-2021-4620)
Resolución de 15 de febrero de 2021, de la Presidencia del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la que se publica el Convenio con el Institut de Recerca i Tecnología Agroalimentàries, en el marco de la convocatoria del Programa Pleamar 2019 de la Fundación Biodiversidad del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 24 de marzo de 2021
Sec. III. Pág. 33993
respuesta, se entenderá que el silencio es la tácita autorización para su difusión. La
parte disconforme deberá argumentar el efecto negativo que la referida publicación tiene
sobre la capacidad de protección y explotación del resultado concreto o de otro tipo si lo
tuviese. Las Partes deberán alcanzar un acuerdo al respecto en el plazo máximo de 2
meses tras la comunicación de respuesta anterior. En caso de persistir el conflicto, será
sometido a la decisión de los tribunales competentes.
Sin perjuicio de lo expresado anteriormente, el proyecto FITOGEL contará con una
actividad para la comunicación del proyecto y otra para la transferencia de las
conclusiones, ambas lideradas por el IRTA, quien garantizará que las actividades
desarrolladas en el marco del proyecto y sus resultados se den a conocer de manera
correcta y oportuna, así como generar credibilidad y transparencia ante los sectores
vinculados al proyecto, la sociedad en general y las entidades financiadoras.
La comunicación al público en general se realizará básicamente a través de la web
institucional del IRTA y de la organización de dos visitas. Por el contrario, para dirigirse al
sector se contará con la web de marinemonitoring.org donde se subirá información y
material divulgativo relacionada con el proyecto y sus resultados para que esté siempre
disponible para el sector.
De manera presencial, se participará en un taller y en cuatro jornadas donde se
proporcionará información del proyecto FITOGEL al sector, y, a la finalización del
proyecto, se organizará una jornada para transferir los resultados al sector acuícola y
marisquero. A modo de recopilación de conclusiones para el sector, el IRTA elaborará
una guía de buenas prácticas para el cultivo de almeja usando gel de fitoplancton.
Octava. Seguimiento, control y evaluación de las acciones.
Se constituirá una Comisión de Seguimiento, la cual será el órgano de decisión y de
resolución de las dudas de interpretación y las incidencias en la ejecución del Convenio.
Asimismo, será responsable de la dirección global del proyecto y de las acciones
desarrollas en él, incluyendo posibles desviaciones y plan de contingencias, en su caso,
así como de su seguimiento y control, siempre que ello no afecte al contenido mínimo y
esencial del Convenio el cual no puede ser objeto de modificación por dicha Comisión,
siendo necesario en ese caso la tramitación de una adenda modificativa en los términos
previstos en la cláusula duodécima y, por tanto, en la Ley 40/2015, de 1 de octubre. Las
Partes se reunirán al menos de forma trimestral.
Con arreglo a los plazos establecidos en el cronograma de actuación del proyecto, se
presentarán en las reuniones de seguimiento trimestral las siguientes fuentes de
verificación por parte del responsable de cada tarea, expuestas en la solicitud del
proyecto:
– FV.1.1 Informes de resultados.
– FV.1.2 Fotografías de la morfología de las larvas.
– FV.2.1 Informes de resultados.
– FV.2.2 Fotografías de la morfología de las larvas.
– FV.3.1 Informes técnicos de ejecución.
– FV.3.2 Fotografías antes y después de la ejecución de las actividades.
– FV.4.1 Archivo Excel con los datos publicados en acceso abierto en EMODNET.
– FV.5.1 Informe de resultados.
– FV.6.1 Listado de cepas identificadas con fotografías y secuencias.
– FV.7.1 Informe de resultados y prueba del depósito de las 10 cepas seleccionadas
con la información sobre sus tasas de crecimiento.
– FV.8.1 Informe de resultados y prueba del depósito de las 10 cepas seleccionadas
con la información sobre su composición bioquímica.
– FV.9.1 Informe de resultados con la comparación de la composición bioquímica de
las almejas antes y después de la fase de terminación usando gel de fitoplancton.
– FV.10.1 Informe del centro de secuenciación.
– FV.10.2 Informe del socio CSIC-IATS.
cve: BOE-A-2021-4620
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 71
Miércoles 24 de marzo de 2021
Sec. III. Pág. 33993
respuesta, se entenderá que el silencio es la tácita autorización para su difusión. La
parte disconforme deberá argumentar el efecto negativo que la referida publicación tiene
sobre la capacidad de protección y explotación del resultado concreto o de otro tipo si lo
tuviese. Las Partes deberán alcanzar un acuerdo al respecto en el plazo máximo de 2
meses tras la comunicación de respuesta anterior. En caso de persistir el conflicto, será
sometido a la decisión de los tribunales competentes.
Sin perjuicio de lo expresado anteriormente, el proyecto FITOGEL contará con una
actividad para la comunicación del proyecto y otra para la transferencia de las
conclusiones, ambas lideradas por el IRTA, quien garantizará que las actividades
desarrolladas en el marco del proyecto y sus resultados se den a conocer de manera
correcta y oportuna, así como generar credibilidad y transparencia ante los sectores
vinculados al proyecto, la sociedad en general y las entidades financiadoras.
La comunicación al público en general se realizará básicamente a través de la web
institucional del IRTA y de la organización de dos visitas. Por el contrario, para dirigirse al
sector se contará con la web de marinemonitoring.org donde se subirá información y
material divulgativo relacionada con el proyecto y sus resultados para que esté siempre
disponible para el sector.
De manera presencial, se participará en un taller y en cuatro jornadas donde se
proporcionará información del proyecto FITOGEL al sector, y, a la finalización del
proyecto, se organizará una jornada para transferir los resultados al sector acuícola y
marisquero. A modo de recopilación de conclusiones para el sector, el IRTA elaborará
una guía de buenas prácticas para el cultivo de almeja usando gel de fitoplancton.
Octava. Seguimiento, control y evaluación de las acciones.
Se constituirá una Comisión de Seguimiento, la cual será el órgano de decisión y de
resolución de las dudas de interpretación y las incidencias en la ejecución del Convenio.
Asimismo, será responsable de la dirección global del proyecto y de las acciones
desarrollas en él, incluyendo posibles desviaciones y plan de contingencias, en su caso,
así como de su seguimiento y control, siempre que ello no afecte al contenido mínimo y
esencial del Convenio el cual no puede ser objeto de modificación por dicha Comisión,
siendo necesario en ese caso la tramitación de una adenda modificativa en los términos
previstos en la cláusula duodécima y, por tanto, en la Ley 40/2015, de 1 de octubre. Las
Partes se reunirán al menos de forma trimestral.
Con arreglo a los plazos establecidos en el cronograma de actuación del proyecto, se
presentarán en las reuniones de seguimiento trimestral las siguientes fuentes de
verificación por parte del responsable de cada tarea, expuestas en la solicitud del
proyecto:
– FV.1.1 Informes de resultados.
– FV.1.2 Fotografías de la morfología de las larvas.
– FV.2.1 Informes de resultados.
– FV.2.2 Fotografías de la morfología de las larvas.
– FV.3.1 Informes técnicos de ejecución.
– FV.3.2 Fotografías antes y después de la ejecución de las actividades.
– FV.4.1 Archivo Excel con los datos publicados en acceso abierto en EMODNET.
– FV.5.1 Informe de resultados.
– FV.6.1 Listado de cepas identificadas con fotografías y secuencias.
– FV.7.1 Informe de resultados y prueba del depósito de las 10 cepas seleccionadas
con la información sobre sus tasas de crecimiento.
– FV.8.1 Informe de resultados y prueba del depósito de las 10 cepas seleccionadas
con la información sobre su composición bioquímica.
– FV.9.1 Informe de resultados con la comparación de la composición bioquímica de
las almejas antes y después de la fase de terminación usando gel de fitoplancton.
– FV.10.1 Informe del centro de secuenciación.
– FV.10.2 Informe del socio CSIC-IATS.
cve: BOE-A-2021-4620
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 71