I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Instalaciones térmicas en edificios. (BOE-A-2021-4572)
Real Decreto 178/2021, de 23 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 71
Miércoles 24 de marzo de 2021
Treinta y seis.
como sigue:
Sec. I. Pág. 33765
Se modifica el apartado 7 de la IT 1.2.4.1.3.4 que queda redactado
«7. Las torres de refrigeración y los condensadores evaporativos cumplirán
con la legislación vigente higiénico-sanitaria para la prevención y control de la
legionelosis. Complementariamente y siempre que no contradiga a la legislación
vigente en la materia cumplirán con lo dispuesto en el apartado 6.5.1 de la norma
UNE 100030, en lo que se refiere a la distancia a tomas de aire y ventanas.»
Treinta y siete. Se modifica el apartado 7 de la IT 1.2.4.2.1.1 que queda redactado
del siguiente modo:
«7. Para el cálculo del espesor mínimo de aislamiento se podrá optar por el
procedimiento simplificado o por el alternativo. Para instalaciones de más de 70 kW
debe utilizarse el método alternativo. En ningún caso el espesor mínimo debe ser
menor al especificado en las tablas de la IT 1.2.4.2.1.2.»
Treinta y ocho. Se modifica el apartado 3 de la IT 1.2.4.2.1.2 que queda redactado
del siguiente modo:
«3. Los espesores mínimos de aislamiento de las redes de tuberías que
tengan un funcionamiento continuo, como redes de agua caliente sanitaria, deben
ser los indicados en las tablas anteriores aumentados en 5 mm, tal y como se refleja
en la tabla 1.2.4.2.
Tabla 1.2.4.2 Espesores mínimos de aislamiento (mm) de tuberías y accesorios que
transportan ACS que discurren por el interior y el exterior de los edificios
Diámetro exterior (mm)
Aislamiento de tuberías para ACS
Interior
Exterior
D ≤ 35
30
40
35 < D ≤ 60
35
45
60 < D ≤ 90
35
45
90 < D ≤ 140
45
55
140 < D
45
55»
Treinta y nueve. Se modifican los apartados 2 y 3 de la IT 1.2.4.2.3. que quedan
redactados del siguiente modo:
Se definen las siguientes clases de estanquidad:
Tabla 2.4.2.6
Clases de estanquidad
Clase
Coeficiente c
ATC 7
No clasificada
ATC 6
0,0675
ATC 5
0,027
ATC 4
0,009
ATC 3
0,003
ATC 2
0,001
ATC 1
0,00033
cve: BOE-A-2021-4572
Verificable en https://www.boe.es
«2.
Núm. 71
Miércoles 24 de marzo de 2021
Treinta y seis.
como sigue:
Sec. I. Pág. 33765
Se modifica el apartado 7 de la IT 1.2.4.1.3.4 que queda redactado
«7. Las torres de refrigeración y los condensadores evaporativos cumplirán
con la legislación vigente higiénico-sanitaria para la prevención y control de la
legionelosis. Complementariamente y siempre que no contradiga a la legislación
vigente en la materia cumplirán con lo dispuesto en el apartado 6.5.1 de la norma
UNE 100030, en lo que se refiere a la distancia a tomas de aire y ventanas.»
Treinta y siete. Se modifica el apartado 7 de la IT 1.2.4.2.1.1 que queda redactado
del siguiente modo:
«7. Para el cálculo del espesor mínimo de aislamiento se podrá optar por el
procedimiento simplificado o por el alternativo. Para instalaciones de más de 70 kW
debe utilizarse el método alternativo. En ningún caso el espesor mínimo debe ser
menor al especificado en las tablas de la IT 1.2.4.2.1.2.»
Treinta y ocho. Se modifica el apartado 3 de la IT 1.2.4.2.1.2 que queda redactado
del siguiente modo:
«3. Los espesores mínimos de aislamiento de las redes de tuberías que
tengan un funcionamiento continuo, como redes de agua caliente sanitaria, deben
ser los indicados en las tablas anteriores aumentados en 5 mm, tal y como se refleja
en la tabla 1.2.4.2.
Tabla 1.2.4.2 Espesores mínimos de aislamiento (mm) de tuberías y accesorios que
transportan ACS que discurren por el interior y el exterior de los edificios
Diámetro exterior (mm)
Aislamiento de tuberías para ACS
Interior
Exterior
D ≤ 35
30
40
35 < D ≤ 60
35
45
60 < D ≤ 90
35
45
90 < D ≤ 140
45
55
140 < D
45
55»
Treinta y nueve. Se modifican los apartados 2 y 3 de la IT 1.2.4.2.3. que quedan
redactados del siguiente modo:
Se definen las siguientes clases de estanquidad:
Tabla 2.4.2.6
Clases de estanquidad
Clase
Coeficiente c
ATC 7
No clasificada
ATC 6
0,0675
ATC 5
0,027
ATC 4
0,009
ATC 3
0,003
ATC 2
0,001
ATC 1
0,00033
cve: BOE-A-2021-4572
Verificable en https://www.boe.es
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