I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Instalaciones térmicas en edificios. (BOE-A-2021-4572)
Real Decreto 178/2021, de 23 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 71

Miércoles 24 de marzo de 2021

Sec. I. Pág. 33760

Para ello debe seguirse la secuencia de verificaciones siguiente:
a) Cumplimiento de la exigencia de eficiencia energética en la generación de
calor y frío de la IT 1.2.4.1.
b) Cumplimiento de la exigencia de eficiencia energética en las redes de
tuberías y conductos de calor y frío de la IT 1.2.4.2.
c) Cumplimiento de la exigencia eficiencia energética de control de las
instalaciones térmicas de la IT 1.2.4.3.
d) Cumplimiento de la exigencia de contabilización de consumos de
la IT 1.2.4.4.
e) Cumplimiento de la exigencia de recuperación de energía de la IT 1.2.4.5.
f) Cumplimiento de la exigencia de utilización de energías renovables y
aprovechamiento de energías residuales de la IT 1.2.4.6.
g) Cumplimiento de la exigencia de limitación de la utilización de energía
convencional de la IT 1.2.4.7.
h) Cumplimiento de la exigencia de evaluación de la eficiencia energética
general del sistema de climatización y agua caliente sanitaria de la IT 1.2.4.8.»
Veintinueve.

Se modifica la IT 1.2.3 que queda redactada del siguiente modo:

«IT 1.2.3

Documentación justificativa.

1. El proyecto o memoria técnica, contendrá la siguiente documentación del
cumplimiento de esta exigencia de eficiencia energética, de acuerdo con el
procedimiento simplificado o alternativo elegido:

2. El proyecto de una instalación térmica, deberá incluir una estimación del
consumo de energía mensual y anual expresado en energía primaria y emisiones de
dióxido de carbono. En el caso de una memoria técnica será suficiente con una
estimación anual. La estimación deberá realizarse mediante un método que la
buena práctica haya contrastado. Se indicará el método adoptado y las fuentes de
energía convencional, renovable y residual utilizadas.
3. El proyecto o memoria técnica incluirá una lista de los equipos consumidores
de energía y de sus potencias.
4. En el proyecto o memoria técnica se justificará el sistema de climatización y
de producción de agua caliente sanitaria elegido desde el punto de vista de la
eficiencia energética.

cve: BOE-A-2021-4572
Verificable en https://www.boe.es

a) Justificación del cumplimiento de la exigencia de eficiencia energética en la
generación de calor y frío de la IT 1.2.4.1.
b) Justificación del cumplimiento de la exigencia de eficiencia energética en
las redes de tuberías y conductos de calor y frío de la IT 1.2.4.2.
c) Justificación del cumplimiento de la exigencia eficiencia energética de
control de las instalaciones térmicas de la IT 1.2.4.3.
d) Justificación del cumplimiento de la exigencia de contabilización de
consumos de la IT 1. 2.4.4.
e) Justificación del cumplimiento de la exigencia de recuperación de energía
de la IT 1.2.4.5.
f) Justificación del cumplimiento de la exigencia de utilización de energías
renovables y aprovechamiento de energías residuales de la IT 1.2.4.6., incluyendo,
en su caso, justificación de que la incorporación del sistema de generación auxiliar
convencional a los depósitos de acumulación de la instalación renovable no supone
una disminución del aprovechamiento de los recursos renovables
g) Justificación del cumplimiento de la exigencia de limitación de la utilización
de energía convencional de la IT 1.2.4.7.
h) Justificación del cumplimiento de la exigencia de evaluación de la eficiencia
energética general del sistema de climatización y agua caliente sanitaria de la IT 1.2.4.8.