I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Títulos académicos. (BOE-A-2021-4569)
Real Decreto 174/2021, de 23 de marzo, por el que se establece el título de Técnico Superior en Formación para la movilidad segura y sostenible y se fijan los aspectos básicos del currículo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 24 de marzo de 2021

Sec. I. Pág. 33653

Artículo 5. Competencias profesionales, personales y sociales.
Las competencias profesionales, personales y sociales de este título son las que se
relacionan a continuación:
a) Identificar y seleccionar la normativa reguladora de la circulación, reglamentación
general de vehículos y transporte de personas y mercancías y normativa reguladora de las
emisiones de contaminantes atmosféricos y calidad del aire.
b) Programar la intervención de la enseñanza para la seguridad vial y la movilidad,
atendiendo al tipo de esta y al alumnado o grupo al que está dirigida.
c) Organizar los recursos para el desarrollo de la actividad de enseñanza-aprendizaje,
respondiendo a las necesidades y características del alumnado o grupo al que está
dirigida.
d) Desarrollar las actividades programadas, empleando los recursos y estrategias
metodológicas apropiadas y las habilidades docentes relacionadas.
e) Diseñar y aplicar estrategias de actuación para la enseñanza-aprendizaje, en el
marco de las instrucciones y procedimientos de la administración reguladora, de la
movilidad y de la seguridad vial.
f) Evaluar el proceso de formación y los resultados obtenidos, elaborando y
gestionando la documentación asociada al mismo y transmitiendo la información con el fin
de mejorar la calidad del servicio.
g) Conducir turismos y motocicletas autorizadas con el permiso A2 por vías urbanas
e interurbanas, cumpliendo las normas de circulación y seguridad vial y aplicando técnicas
de conducción segura y eficiente y sostenible.
h) Desarrollar programas de educación vial y sostenibilidad del transporte,
colaborando con los centros educativos y otras entidades públicas o privadas que lo
requieran.
i) Asesorar y colaborar en planes de movilidad segura y sostenible dirigidos a
entidades públicas o privadas.
j) Participar en la elaboración, implantación y revisión de planes de movilidad urbana.
k) Gestionar y administrar una escuela particular o centro de formación de personas
conductoras, aplicando la normativa reguladora.
l) Actuar ante contingencias relativas a las personas, recursos o al medio,
transmitiendo seguridad y confianza y aplicando, en su caso, los protocolos de actuación
establecidos.
m) Mantener actualizados los conocimientos científicos y técnicos relativos a su
actividad profesional, utilizando los recursos existentes.
n) Adaptarse a las nuevas situaciones laborales, manteniendo actualizados los
conocimientos científicos, técnicos y tecnológicos relativos a su entorno profesional,
gestionando su formación y los recursos existentes en el aprendizaje a lo largo de la vida
y utilizando las tecnologías de la información y la comunicación.
ñ) Resolver situaciones, problemas o contingencias con iniciativa y autonomía en el
ámbito de su competencia, con creatividad, innovación y espíritu de mejora en el trabajo
personal y en el de los miembros del equipo.
o) Organizar y coordinar equipos de trabajo con responsabilidad, supervisando el
desarrollo del mismo, manteniendo relaciones fluidas y asumiendo el liderazgo, así como
aportando soluciones a los conflictos grupales que se presenten.
p) Comunicarse con sus iguales, superiores, clientes y personas bajo su
responsabilidad, utilizando vías eficaces de comunicación, transmitiendo la información o
conocimientos adecuados y respetando la autonomía y competencia de las personas que
intervienen en el ámbito de su trabajo.
q) Generar entornos seguros en el desarrollo de su trabajo y el de su equipo,
supervisando y aplicando los procedimientos de prevención de riesgos laborales y
ambientales, de acuerdo con lo establecido por la normativa y los objetivos de la empresa.

cve: BOE-A-2021-4569
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Núm. 71