I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE JUSTICIA. Estatuto General de la Abogacía. (BOE-A-2021-4568)
Real Decreto 135/2021, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto General de la Abogacía Española.
53 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 71

Miércoles 24 de marzo de 2021

Sec. I. Pág. 33600

preceptiva aprobación. Las normas deontológicas aprobadas por el Consejo General de la
Abogacía Española prevalecerán, en caso de conflicto, sobre las que contengan los
Estatutos colegiales.
Disposición final cuarta.

Entrada en vigor.

El presente real decreto entrará en vigor el 1 de julio de 2021.
Dado en Madrid, el 2 de marzo de 2021.
FELIPE R.
El Ministro de Justicia,

cve: BOE-A-2021-4568
Verificable en https://www.boe.es

JUAN CARLOS CAMPO MORENO