III. Otras disposiciones. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA. Bienes de interés cultural. (BOE-A-2021-4626)
Decreto 30/2021, de 28 de enero, por el que se declara bien de interés cultural la iglesia de Santa María da Atalaia, en el término municipal de Laxe (A Coruña).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 71

Miércoles 24 de marzo de 2021

Sec. III. Pág. 34023

en su interior y exterior, sobre todo el retablo pétreo de la Resurrección, y, finalmente,
hay que destacar su implantación en la propia villa y la relación que mantiene con el mar
y con el paisaje marinero, con los que conforma un conjunto armónico.
Este conjunto de valores define a la iglesia de Santa María da Atalaia como un
espacio patrimonial significativo, dotado de una gran singularidad que, unida a la relación
entre su arquitectura y el conjunto escultórico, se consideran un ejemplo excepcional y
singular en Galicia.
A la vista de lo anterior, la Dirección General de Patrimonio Cultural acordó la
incoación del procedimiento de declaración como bien de interés cultural, por la
resolución publicada en el «Diario Oficial de Galicia», número 106, de 2 de junio
de 2020, abriéndose un período de exposición pública de un mes en el que no se
presentó ninguna alegación.
En la tramitación del expediente, por lo tanto, se cumplieron todos los trámites
legalmente preceptivos de acuerdo con las disposiciones vigentes.
En su virtud, por propuesta del conselleiro de Cultura, Educación y Universidad y
luego de la deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día
veintiocho de enero de dos mil veintiuno, dispongo:
Primero.

Objeto.

Declarar bien de interés cultural la iglesia de Santa María da Atalaia, en el
ayuntamiento de Laxe (A Coruña), con la categoría de monumento, conforme su
descripción recogida en el anexo I y con la delimitación y contorno de protección
establecido en el anexo II de este decreto.
Segundo.

Inscripción.

1. Ordenar las inscripciones respectivamente en el Registro de Bienes de Interés
Cultural de Galicia y comunicársela al Registro General de Bienes de Interés Cultural de
la Administración del Estado.
2. Inscribir en el Catálogo del patrimonio cultural de Galicia la relación de bienes
muebles enumerado en el anexo II de este decreto.
Tercero.

Publicidad.

Este decreto se publicará en el «Diario Oficial de Galicia» y en el «Boletín Oficial del
Estado».
Cuarto.

Notificación.

Este decreto se notificará a las personas interesadas y al Ayuntamiento de Laxe.
Recursos.

Contra este acto, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden
interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes desde el día
siguiente al de su publicación ante el órgano que dictó el acto o, directamente, interponer
recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de
su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de
Justicia de Galicia.
Disposición última primera.

Eficacia.

Este decreto tendrá eficacia desde el día siguiente al de su publicación en el «Diario
Oficial de Galicia».

cve: BOE-A-2021-4626
Verificable en https://www.boe.es

Quinta.