III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Proyectos educativos europeos. (BOE-A-2021-4538)
Resolución de 9 de marzo de 2021, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se convocan plazas para centros educativos de Educación Infantil y Primaria, Enseñanza Secundaria, Formación Profesional o de Enseñanzas de Régimen Especial que deseen acoger a un docente extranjero/a para el curso 2021/2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 23 de marzo de 2021

Sec. III. Pág. 33369

4. Solicitudes, documentación y plazo de presentación
4.1 Solicitudes. Los centros educativos que reúnan los requisitos exigidos podrán
presentar una única solicitud mediante el formulario electrónico disponible en la dirección
https://sede.educacion.gob.es/, que podrá ser localizada introduciendo el nombre de la
convocatoria en la sección «buscar trámites».
El/la director/a del centro deberá cumplimentar la solicitud indicando el tipo de modalidad
por la que desean participar. En el caso de participar por la modalidad A, se deberán indicar
los datos del o de la docente ya identificado/a. En el caso de participar por la modalidad B,
se elegirán dos países de preferencia de origen del o de la docente visitante.
Una vez cumplimentada la solicitud por parte del o de la director/a del centro, y
adjuntada la documentación preceptiva relacionada en el punto 4.2, deberá confirmarse
seleccionando la opción «presentar solicitud». Solo serán consideradas válidas aquellas
solicitudes que estén presentadas y firmadas.
La firma de la solicitud podrá ser efectuada con cualquiera de los sistemas de firma
electrónica establecidos en los artículos 9 y 10 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o el Sistema de
Identificación Básica habilitado en la Sede Electrónica y enviada por el procedimiento
telemático establecido, quedando así presentada a todos los efectos.
La firma electrónica del o de la interesado/a podrá efectuarse mediante la utilización
de claves concertadas y/o la aportación de información conocida por ambas partes. El
formulario generado por la sede electrónica incluye un número que identifica la solicitud y
un resumen digital que garantiza la integridad de la misma. En caso de modificación del
impreso oficial, manual o electrónicamente, la solicitud será automáticamente excluida.
No serán tenidas en cuenta aquellas solicitudes cumplimentadas por vía telemática
que no completen el proceso de presentación estipulado, que permitirá obtener en el área
personal el resguardo de solicitud, el cual deberá ser conservado por el/la solicitante para
acreditar, en caso de que resulte necesario, su presentación en el plazo y forma fijados.
De conformidad con lo previsto en el punto 1 del artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, si la
solicitud no reúne los requisitos se requerirá a la persona interesada, para que en un plazo
de diez días hábiles, a partir de la comunicación de la incidencia a través de la sede o del
correo electrónico, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con
indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa
resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 21.1.
La presentación de la solicitud y la documentación fuera del plazo previsto en la
convocatoria conllevará la no valoración de la misma.
4.2 Documentación. Junto con la solicitud, los centros participantes enviarán, a
través de la sede electrónica, un esquema del posible plan de actividades previsto para el/
la docente acogido/a según el anexo I.
4.3 Plazo de presentación. El plazo de presentación de solicitudes y documentación
acreditativa será de veinte días hábiles contados desde el día siguiente a la publicación de
la presente resolución.
Concluido el plazo de presentación no se admitirá ninguna instancia de participación
ni modificación alguna de las peticiones formuladas en ella.
4.4 La relación de centros solicitantes y toda la información sobre este programa se
encontrará a disposición de los/as interesados/as en las páginas web del Ministerio
de Educación y Formación Profesional y del INTEF, actualmente:
– http://www.educacionyfp.gob.es.
– http://www.intef.es.
4.5 Los centros admitidos en este procedimiento se incluirán en un listado de centros
que se ofrecen para acoger a docentes de alguno de los países participantes.
4.6 Todas las comunicaciones con los centros se realizarán por vía telemática a
través de la sede electrónica o de la dirección de correo electrónico que se haya indicado
en la solicitud.

cve: BOE-A-2021-4538
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 70