III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Proyectos educativos europeos. (BOE-A-2021-4538)
Resolución de 9 de marzo de 2021, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se convocan plazas para centros educativos de Educación Infantil y Primaria, Enseñanza Secundaria, Formación Profesional o de Enseñanzas de Régimen Especial que deseen acoger a un docente extranjero/a para el curso 2021/2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 23 de marzo de 2021

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europeos y de intercambio cultural y científico, se presentan actualmente como una
exigencia para los centros escolares en todos los niveles educativos.
La formación permanente del profesorado ha de participar de este proceso de apertura,
encontrando fórmulas que refuercen las competencias comunicativas en diversas lenguas,
base de la colaboración en proyectos conjuntos; estimulando la capacidad para adaptarse
a diversos sistemas educativos y entornos de trabajo; facilitando la transferencia
contextualizada de prácticas docentes eficaces y de calidad; e integrando la experiencia y
los conocimientos que permitan diseñar estrategias para responder de forma personalizada
a las necesidades educativas de todo el alumnado.
Por su parte, la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por
la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre (LOMLOE) establece que la formación
permanente es un derecho y una obligación de todo el profesorado y es una responsabilidad
de las Administraciones educativas, estableciendo que estas deberán promover la
formación en digitalización y en lenguas extranjeras de todo el profesorado, además de
fomentar programas de investigación e innovación, impulsando el trabajo colaborativo y
las redes profesionales y de centros para el fomento de la formación, la autoevaluación y
la mejora de la actividad docente. Además, el punto 2 del artículo 103 estipula que
el Ministerio de Educación y Formación Profesional, en colaboración con las comunidades
autónomas, favorecerá la movilidad internacional de los/as docentes, los intercambios
puesto a puesto y las estancias en otros países.
Dentro de este marco, el Ministerio de Educación y Formación Profesional, en el
ejercicio de sus competencias, inició en el curso 2009/2010 el programa de «Estancias
Profesionales». Desde el curso 2013/2014 la convocatoria para centros educativos se
publica de forma independiente y como actuación complementaria de la dirigida a
docentes. Aunque la pandemia obligó a suspender el programa durante el curso 2020/2021,
se ve la conveniencia de reactivarlo para el curso 2021/2022 a través de la presente
convocatoria mediante la que se ofrece a los centros educativos españoles de niveles no
universitarios la posibilidad de acoger a un docente procedente de otros países europeos
para que realice una visita en la que se desarrollen actividades de observación y
colaboración educativa. Se pone énfasis en las tareas de elaboración de una agenda de
actividades adecuada y la supervisión de la acogida que estará a cargo de la persona
coordinadora, figura que se define en los puntos 2.5 y 2.6 y que, de acuerdo a lo
establecido en el artículo 25 de la Orden EDU/2886/2011, de 20 de octubre, podrá solicitar
que se certifique su participación en este programa.
Por todo lo anterior y en virtud del Real Decreto 498/2020, de 28 de abril, por el que se
desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación y Formación
Profesional, y se establece como una responsabilidad del Ministerio el impulso de las
acciones de cooperación y de las relaciones internacionales en materia de educación no
universitaria, se adoptan las siguientes disposiciones:
1. Objeto y finalidad
La presente resolución tiene como objeto la elaboración de una relación de centros
educativos dispuestos a acoger, si fuera posible, a profesorado de Alemania, Austria,
Bélgica, Dinamarca, Finlandia, Francia, Italia, Noruega, los Países Bajos, Portugal,
el Reino Unido, la República de Irlanda, Suecia y Suiza para la realización de una estancia
profesional europea en el conjunto del territorio del Estado español.
Este programa tiene como finalidad, para los centros educativos, reforzar el conjunto
de acciones destinadas a favorecer intercambios culturales, conocer otras metodologías,
así como fomentar el aprendizaje de lenguas extranjeras y la participación en programas
educativos europeos.

cve: BOE-A-2021-4538
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 70