III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Comunitat Valenciana. Convenio. (BOE-A-2021-4558)
Resolución de 17 de marzo de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Generalitat Valenciana, el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados en España y las entidades sociales Servicio Jesuita a Migrantes España, Cáritas Diocesana Orihuela-Alicante, Cáritas Diocesana Segorbe-Castellón y Cáritas Diocesana Valencia, para desarrollar una Experiencia Piloto de Patrocinio Comunitario en materia de acogida e integración de personas beneficiarias de protección internacional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 70

Martes 23 de marzo de 2021

Sec. III. Pág. 33523

CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
El presente Convenio tiene por objeto establecer el marco de las condiciones y
compromisos que asumen las partes y garantizar la coordinación de las actuaciones en
el desarrollo y ejecución de una Experiencia Piloto de Patrocinio Comunitario en la
Comunitat Valenciana, denominada «Agermanament Comunitari Valencià», para la
acogida e integración de personas beneficiarias de protección internacional, con el
objetivo de favorecer su proceso de integración en la sociedad de acogida.
Segunda.

Dotación presupuestaria.

Visto el objeto del presente convenio, que es en definitiva establecer un marco de
condiciones y compromisos de las partes para la Experiencia Piloto de Patrocinio
Comunitario en la Comunitat Valenciana «Agermanament Comunitari Valencià», no
comporta dotación presupuestaria.
Tercera.

Personas beneficiarias.

La Experiencia Piloto de Patrocinio Comunitario en la Comunitat Valenciana
«Agermanament Comunitari Valencià» estará dirigida a personas beneficiarias de
protección internacional, que hayan sido trasladadas a España en el marco de
programas de reasentamiento de personas refugiadas u otras iniciativas encaminadas a
la apertura de vías legales de acceso a la protección para personas refugiadas, a través
de la Secretaría de Estado de Migraciones, cuya acogida se desarrolle en la Comunitat
Valenciana y en las ubicaciones que se detallan más adelante.
Cuarta.

Comisión de seguimiento.

Se constituirá una Comisión de Seguimiento, con el fin de coordinar las acciones
contempladas en este Convenio, y, conforme a lo dispuesto en el artículo 49 f) de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, realizar el
seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y de los compromisos
adquiridos por los firmantes. Esta Comisión resolverá los problemas de interpretación y
cumplimiento que puedan plantearse respecto del Convenio.
La Comisión celebrará ordinariamente reuniones de coordinación semestrales, en las
que se informe a las contrapartes del desarrollo del programa. Se reunirá con carácter
extraordinario cuantas veces lo precise la buena marcha de las actividades del
Convenio, a petición de una de las partes. Las personas participantes en las reuniones,
en número de una por cada parte, serán designadas por la Secretaría de Estado de
Migraciones del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones del Gobierno de
España, por la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas de la
Generalitat Valenciana, por ACNUR y por cada una de las cuatro entidades sociales de
la Comunitat Valenciana, Servicio Jesuita a Migrantes España, Cáritas Diocesana de
Orihuela-Alicante, Cáritas Diocesana de Segorbe-Castellón y Cáritas Diocesana de
Valencia. Las fechas se determinarán de común acuerdo entre las partes, que se
comprometen a la elaboración de las actas de las reuniones de forma alternativa.
El funcionamiento de la Comisión de Seguimiento se ajustará a lo dispuesto en los
artículos 15 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

cve: BOE-A-2021-4558
Verificable en https://www.boe.es

Para el desarrollo y buen fin de este convenio se establecen el siguiente instrumento
de evaluación y seguimiento: