III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE SANIDAD. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2021-4554)
Resolución de 10 de marzo de 2021, de la Secretaría de Estado de Sanidad, por la que se publica el Convenio entre la Dirección General de Salud Pública, la Coordinadora Estatal de VIH y SIDA y la Universidad de Alcalá, para el desarrollo de acciones en el marco del pacto social por la no discriminación y la igualdad de trato asociada al VIH.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 70

Martes 23 de marzo de 2021

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de 2023 tras la entrega del informe de seguimiento de las acciones realizadas y el
cronograma de las previstas para el año por cada una de las entidades.
En caso de procederse a realizar una prórroga de 4 años, previa firma de acuerdo
expreso, el MS realizará una contribución de 90.000 € anuales, CESIDA de 20.000
anuales y la UAH de 20.000 anuales distribuidos según la cláusula quinta, sin posibilidad
de modificación de dicha contribución por ninguna de las partes.
El pago que realiza el Ministerio tanto a CESIDA como a la UHA obedece a que
estas entidades son las encargadas de contratar, respectivamente, los medios materiales
y humanos necesarios para la ejecución de las actividades objeto del convenio que se
detallan en el anexo 1.
La aportación económica que la ejecución del presente Convenio exige, se abonará
con cargo a la aplicación presupuestaria 26.07.313B.226.10.
El pago se efectuará, una vez que el Convenio comience a surtir sus efectos y tras la
presentación por CESIDA y la UAH de los acuerdos recogidos en el apartado sexto del
régimen económico-financiero a cada una de ellas, tras la conformidad por parte de la
Directora del Plan Nacional sobre el sida y posterior firma de la Directora de Salud
Pública, mediante ingreso en la cuenta de CESIDA: ES1420381141616000855338 y de
la UAH: ES6000496692892516216018.
Séptima. Seguimiento y evaluación.
Para la supervisión y seguimiento del presente Convenio se constituirá una Comisión
de Seguimiento integrada por dos representantes de cada una de las partes.
Por parte del MS:
– La Directora del Plan Nacional sobre el Sida.
– La Jefa de Área Asistencial y de Investigación.
Por parte de CESIDA:
– El Presidente de CESIDA.
– La Gerente de CESIDA.
Por parte de la UAH:
– El Vicerrector de Investigación y Transferencia.
– El Director de la Cátedra «Discapacidad, Enfermedad Crónica y Discapacidad» de la UAH.
Serán sus funciones:
Proponer los objetivos y actuaciones del presente Convenio.
Coordinar, iniciar el seguimiento y evaluación de los objetivos y actuaciones.
Elaborar y aprobar las actuaciones realizadas.
Resolver las dudas que puedan surgir en su interpretación y aplicación.
La definición de nuevas y necesarias actividades materiales.

Las partes acordarán en el seno de la Comisión de Seguimiento algunos detalles
relativos a la ejecución del contenido del convenio, y, en ese caso, no se requerirá una
modificación del convenio sino el simple acuerdo entre partes, siempre que no afecte al
contenido mínimo y esencial del convenio, el cual no puede ser objeto de modificación
en la Comisión de seguimiento.
La Comisión se reunirá, al menos, dos veces al año para la planificación y
seguimiento de cada una de las actividades incluidas en el Convenio y, además, cuando
así lo solicite una de las partes por causas justificadas. Levantará acta de cada una de
las reuniones, recogiendo los acuerdos alcanzados.
Dicha Comisión se regirá en cuanto a su funcionamiento, periodicidad de las
reuniones, y vinculación de sus acuerdos, en defecto de lo dispuesto en las normas de

cve: BOE-A-2021-4554
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