III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Pesca marítima. (BOE-A-2021-4357)
Resolución de 12 de marzo de 2021, de la Secretaría General de Pesca, por la que se establecen disposiciones adicionales de ordenación de la pesquería de la caballa (scomber scombrus) de las zonas VIIIc y IXa para los buques de la flota de otras artes distintas al arrastre y cerco con puerto base en la provincia de A Coruña.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 67

Viernes 19 de marzo de 2021

Sec. III. Pág. 31874

De esa cantidad, 629.275,87 Kg, corresponden a los barcos de otras artes distintas
al arrastre y al cerco, con puerto base en la provincia de A Coruña, según el porcentaje
del 6,899% asignado a la misma en base al artículo 2.9.a) de la orden AAA/2534/2015,
de 17 de noviembre. Añadiendo la flexibilidad interanual correspondiente a 2020 para
usar en 2021 por los barcos con puerto base en A Coruña, de 70.626 Kg, procede una
asignación de cuota que asciende a una cantidad de 699.901,74 Kg.
La Federación Provincial de Cofradías de Pescadores de A Coruña ha remitido a la
Secretaría General de Pesca una propuesta de gestión para la caballa asignada a los
buques de otros artes distintos de arrastre y cerco de la provincia para distribuir la cuota
en un 50% para captura dirigida, y un 50% para la captura accidental durante el resto del
año. Adicionalmente, indican unos topes de captura de pesca dirigida y pesca accidental
que permitan racionalizar el consumo de cuota provincial.
En virtud de lo anterior, la Secretaria General de Pesca, a propuesta de la
Federación Provincial de Cofradías de Pescadores de A Coruña, para los buques de la
modalidad de otras artes distintas al arrastre y cerco con puerto base en la provincia de
A Coruña, y oído el sector afectado, resuelve lo siguiente:
Primero.
Establecer el inicio de la pesquería dirigida de los buques de otras artes distintas del
arrastre y cerco, con puerto base en la provincia de A Coruña para la campaña de 2021
de caballa a las 0:00 horas (horario peninsular) del día 22 de marzo de 2021.
Segundo.
La cuota inicial de caballa en 2021 para los barcos objeto de esta Resolución
es 699.901,74 Kg. El 50% de dicha cantidad se fija para la pesca dirigida, es decir,
349.950,87 Kg, que podrá ser realizada por los buques que figuren en el listado del
Anexo I de esta Resolución y que utilicen líneas de mano y anzuelos. Para estos barcos
se establecen los siguientes topes de capturas:
– 2.000 Kg. por tripulante y semana.
– Con un máximo por barco de 10.000 Kg. por embarcación a la semana.
No obstante, mientras permanezca abierta la pesquería dirigida, se autorizan los
mismos topes de captura a las embarcaciones que no estando incluidas en el listado del
anexo I de pesca dirigida, son susceptibles de capturar caballa con artes de pesca distintos
de arrastre y cerco, sin que estas artes tengan que ser necesariamente las de línea de
mano y anzuelo. Dichos topes de captura computarán igualmente como pesca dirigida.

Todos los armadores de buques que practiquen la pesca dirigida, están obligados a
comunicar diariamente sus capturas de caballa a sus respectivas cofradías y éstas, a la
Federación Provincial, para su correcto control. A los buques participantes en la
pesquería dirigida de caballa que no lo hiciesen, se les podrá denegar el permiso para la
pesca dirigida y se les computará el tope máximo diario de capturas.
La Federación Provincial de Cofradías de Pescadores de A Coruña, una vez haya
contabilizado el 80% de la cantidad de la pesca dirigida de caballa, solicitará a la
Secretaría General de Pesca el cierre precautorio de la misma.
Cuarto.
Del resto de la cantidad de la cuota provincial, se reservan 105.000 Kg para ser pescados
por los barcos de volanta como pesca accesoria, cuando pesquen usando el arte de volanta,
sin tener que esperar por ello a que se consuma la cantidad reservada a la pesca dirigida
establecida en el punto Segundo. Esta cantidad será gestionada de forma global.

cve: BOE-A-2021-4357
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Tercero.