I. Disposiciones generales. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN. Medidas tributarias, administrativas y financieras. (BOE-A-2021-4321)
Ley 1/2021, de 22 de febrero, de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 19 de marzo de 2021

Sec. I. Pág. 31647

Disposición final sexta. Modificación de la Ley 13/2005, de 27 de diciembre, de
Medidas Financieras.
1. Se modifican las letras b) y l) del apartado 1 del artículo 32 de la Ley 13/2005,
de 27 de diciembre, en los siguientes términos:
«''b) La reordenación del empleo en los sectores de la ayuda a domicilio y de
restauración colectiva.''
''l) La autorización de permisos individuales de formación en la Comunidad
de Castilla y León.''»
2. Se incorpora una nueva letra o) al apartado 1 del artículo 32 de la Ley 13/2005,
de 27 de diciembre, con la siguiente redacción:
«o) Contratación de personas beneficiarias de la Renta Garantizada de
Ciudadanía u otros ingresos públicos percibidos con la finalidad de prevenir
situaciones de pobreza o exclusión social, contratación de personas que
tengan 55 o más años de edad, contratación de personas que sean refugiadas o
tengan reconocido el derecho de asilo, así como la contratación de personas
pertenecientes a otros colectivos vulnerables.»
3. Se incorpora un nuevo artículo 33 bis a la Ley 13/2005, de 27 de diciembre, con
la siguiente redacción:
«Artículo 33 bis. Subvenciones vinculadas al Pacto para la recuperación
económica, el empleo y la cohesión social en Castilla y León.
La administración concederá subvenciones destinadas a apoyar el
mantenimiento del empleo y la actividad, incluido el sector de la hostelería y
aquellas destinadas a la adquisición de sistemas de protección colectiva y de
señalización, de los productos químicos de limpieza y desinfección, y el
mantenimiento y mejora del sistema de climatización, frente a la COVID-19; así
como ayudas destinadas a trabajadores de 55 o más años afectados por la crisis
generada por la Covid-19, previo establecimiento de bases reguladoras que
concreten los requisitos exigidos en cada caso.
2. Las solicitudes de las empresas y trabajadores interesados se presentarán
en el plazo que se determine en la convocatoria a partir de que se produzca el
hecho subvencionable.
3. Las solicitudes se resolverán por orden de entrada desde que el
expediente esté completo.»
4. Se incorpora una nueva letra k) al apartado 1 del artículo 34 de la Ley 13/2005,
de 27 de diciembre, con la siguiente redacción:
«k) Ayudas destinadas a financiar proyectos de inversión en suelo industrial,
promovido por las corporaciones locales.»
5. Se incorpora un nuevo artículo 51 bis a la Ley 13/2005, de 27 de diciembre, con
la siguiente redacción:
«Artículo 51 bis. Subvenciones en materia de ahorro, eficiencia energética y
energías renovables.
1. En el marco de programas estatales de subvenciones, que establezcan las
bases reguladoras de las mismas, y financien o cofinancien su otorgamiento a los
destinatarios finales, la Administración de la Comunidad de Castilla y León
concederá, siempre que sean compatibles con las normas de la Unión Europea,
subvenciones en materia de ahorro, eficiencia energética y energías renovables.

cve: BOE-A-2021-4321
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Núm. 67