I. Disposiciones generales. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN. Medidas tributarias, administrativas y financieras. (BOE-A-2021-4321)
Ley 1/2021, de 22 de febrero, de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 19 de marzo de 2021
Sec. I. Pág. 31618
devengo y el pago; y se determina cómo está constituida la base imponible para las
máquinas que oferten juegos alojados en un servidor informático.
Se modifica la regulación del impuesto sobre la afección medioambiental en cuanto a
su naturaleza y afectación, modificándose el artículo 50.3 del texto refundido para
permitir que todos los ingresos de este impuesto propio, cualquiera que sea su concreta
procedencia (aprovechamientos del agua embalsada, parques eólicos o instalaciones de
transporte de energía eléctrica) puedan destinarse tanto a programas de gasto de
carácter medioambiental como de eficiencia energética, dada la analogía entre las
afecciones e impactos ambientales que grava este impuesto en cualquiera de esas tres
modalidades y la interrelación existente entre unos y otros programas, en la medida que
la eficiencia energética, en todos los sectores y no sólo el industrial, contribuye a la
consecución de fines medioambientales.
El artículo 2 modifica determinadas tasas reguladas en la Ley 12/2001, de 20 de
diciembre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Castilla y León, a iniciativa
de aquellas consejerías a las que corresponde su gestión.
Se modifica la regulación de la tasa en materia de juego, para adaptar la misma a las
modificaciones introducidas por la Ley 6/2017, de 20 de octubre, de medidas de
reducción de cargas administrativas para la dinamización empresarial. La regulación de
las cuotas de esta tasa diferencia entre «Autorizaciones y declaraciones responsables»,
«Renovaciones, modificaciones, trasmisiones y extinciones», «Cancelación de la
inscripción en el registro de personas que tienen prohibido el acceso al juego»,
«Consulta previa de viabilidad de salón de juego», «Consulta previa de viabilidad de
casa de apuestas», «Emisión de duplicados y certificaciones» y «Diligenciado de libros».
De acuerdo con el principio de seguridad jurídica en la tasa medioambiental se
eliminan como hechos imponibles la evaluación de impacto ambiental y las auditorías
ambientales.
Se modifica la cuota de la tasa por sacrificio de animales para el caso de los porcinos
y jabalíes introduciendo la categoría «menos de 5 semanas de edad» al no ser necesario
investigar la presencia de triquinas en las carnes de estos animales de menos de 5
semanas de edad.
Se modifica la tasa por la expedición de títulos y certificados y por la realización de
pruebas en el ámbito de las enseñanzas no universitarias, con el objeto de actualizar la
denominación de los certificados de Idiomas en los términos indicados de los diferentes
niveles existentes y de los títulos de las enseñanzas profesionales de Música y Danza
para adecuarla a lo establecido por la normativa básica.
En la tasa en materia de industria y energía se incluye la aplicación de la cuota
correspondiente a una nueva inscripción a las modificaciones de importancia o
sustanciales de instalaciones. Además se incorporan dos cuotas en relación con la
inscripción y control de instalaciones de protección contra incendios en edificios no
industriales y en determinadas actuaciones de control de los riesgos inherentes a los
accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas.
Se modifica la regulación de la cuota y las bonificaciones de la tasa por solicitud de
concesión de la etiqueta ecológica, sobre la base de los principios de seguridad jurídica,
con el fin lograr la coherencia con el resto del ordenamiento, representado en este caso
por el Reglamento (UE) 66/2010, del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la
etiqueta ecológica, en la redacción dada por el Reglamento (UE) 782/2013 de la
Comisión de 14 de agosto de 2013 y con el objetivo final de una mayor implantación de
la etiqueta ecológica, apostando por dicho instrumento de mejora de la gestión
medioambiental como un elemento que potencia la competitividad de los productos y
servicios en los que se utiliza.
Se incorpora una nueva tasa por emisión de informe con carácter previo a la
adquisición o transmisión de bienes inmuebles.
Por último se establece una bonificación para el ejercicio 2021 respecto a la tasa por
la prestación de servicios veterinarios.
cve: BOE-A-2021-4321
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 67
Viernes 19 de marzo de 2021
Sec. I. Pág. 31618
devengo y el pago; y se determina cómo está constituida la base imponible para las
máquinas que oferten juegos alojados en un servidor informático.
Se modifica la regulación del impuesto sobre la afección medioambiental en cuanto a
su naturaleza y afectación, modificándose el artículo 50.3 del texto refundido para
permitir que todos los ingresos de este impuesto propio, cualquiera que sea su concreta
procedencia (aprovechamientos del agua embalsada, parques eólicos o instalaciones de
transporte de energía eléctrica) puedan destinarse tanto a programas de gasto de
carácter medioambiental como de eficiencia energética, dada la analogía entre las
afecciones e impactos ambientales que grava este impuesto en cualquiera de esas tres
modalidades y la interrelación existente entre unos y otros programas, en la medida que
la eficiencia energética, en todos los sectores y no sólo el industrial, contribuye a la
consecución de fines medioambientales.
El artículo 2 modifica determinadas tasas reguladas en la Ley 12/2001, de 20 de
diciembre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Castilla y León, a iniciativa
de aquellas consejerías a las que corresponde su gestión.
Se modifica la regulación de la tasa en materia de juego, para adaptar la misma a las
modificaciones introducidas por la Ley 6/2017, de 20 de octubre, de medidas de
reducción de cargas administrativas para la dinamización empresarial. La regulación de
las cuotas de esta tasa diferencia entre «Autorizaciones y declaraciones responsables»,
«Renovaciones, modificaciones, trasmisiones y extinciones», «Cancelación de la
inscripción en el registro de personas que tienen prohibido el acceso al juego»,
«Consulta previa de viabilidad de salón de juego», «Consulta previa de viabilidad de
casa de apuestas», «Emisión de duplicados y certificaciones» y «Diligenciado de libros».
De acuerdo con el principio de seguridad jurídica en la tasa medioambiental se
eliminan como hechos imponibles la evaluación de impacto ambiental y las auditorías
ambientales.
Se modifica la cuota de la tasa por sacrificio de animales para el caso de los porcinos
y jabalíes introduciendo la categoría «menos de 5 semanas de edad» al no ser necesario
investigar la presencia de triquinas en las carnes de estos animales de menos de 5
semanas de edad.
Se modifica la tasa por la expedición de títulos y certificados y por la realización de
pruebas en el ámbito de las enseñanzas no universitarias, con el objeto de actualizar la
denominación de los certificados de Idiomas en los términos indicados de los diferentes
niveles existentes y de los títulos de las enseñanzas profesionales de Música y Danza
para adecuarla a lo establecido por la normativa básica.
En la tasa en materia de industria y energía se incluye la aplicación de la cuota
correspondiente a una nueva inscripción a las modificaciones de importancia o
sustanciales de instalaciones. Además se incorporan dos cuotas en relación con la
inscripción y control de instalaciones de protección contra incendios en edificios no
industriales y en determinadas actuaciones de control de los riesgos inherentes a los
accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas.
Se modifica la regulación de la cuota y las bonificaciones de la tasa por solicitud de
concesión de la etiqueta ecológica, sobre la base de los principios de seguridad jurídica,
con el fin lograr la coherencia con el resto del ordenamiento, representado en este caso
por el Reglamento (UE) 66/2010, del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la
etiqueta ecológica, en la redacción dada por el Reglamento (UE) 782/2013 de la
Comisión de 14 de agosto de 2013 y con el objetivo final de una mayor implantación de
la etiqueta ecológica, apostando por dicho instrumento de mejora de la gestión
medioambiental como un elemento que potencia la competitividad de los productos y
servicios en los que se utiliza.
Se incorpora una nueva tasa por emisión de informe con carácter previo a la
adquisición o transmisión de bienes inmuebles.
Por último se establece una bonificación para el ejercicio 2021 respecto a la tasa por
la prestación de servicios veterinarios.
cve: BOE-A-2021-4321
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 67