III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2021-4298)
Resolución de 8 de marzo de 2021, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Aumento de capacidad de transporte de la línea eléctrica aérea existente a 400 kV, Tajo de la Encantada-Archidona-Caparacena-Huéneja-Tabernas-Litoral, en las provincias de Málaga, Granada y Almería".
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 66
Jueves 18 de marzo de 2021
Sec. III. Pág. 31453
Además, el promotor deberá cumplir todas las medidas preventivas y correctoras
contempladas en el estudio de impacto ambiental, en la información complementaria, así
como las indicaciones realizadas por las diferentes administraciones públicas
consultadas.
A continuación, se destacan aquellas medidas del estudio de impacto ambiental que
se consideran más relevantes, así como aquellas medidas adicionales establecidas
como respuesta a las alegaciones e informes recibidos en el procedimiento y al análisis
técnico realizado.
D.1
Suelo, subsuelo, geodiversidad.
1. Para el replanteo sobre el terreno de los accesos a los apoyos y rebajes, se
contará con el asesoramiento y supervisión de los Agentes de Medio Ambiente de cada
zona, quienes darán información de detalle del lugar, avisarán de la presencia de algún
valor ambiental a tener en cuenta, y aconsejarán sobre el trazado más idóneo de los
accesos para minimizar la afección al entorno.
2. Los accesos a los apoyos se diseñarán con los elementos de drenaje necesarios
para minimizar los riesgos de generación de procesos erosivos.
3. Se llevarán a cabo operaciones de refuerzo de taludes de desmonte para
mejorar la estabilidad de los mismos, en al menos los siguientes apoyos: 23, 32, 133,
141, 157, 349, 350, 427, 433, 487, 506, 507, 512, 574, 577, 583 y 627.
4. Los excedentes de las excavaciones que se generen, se reutilizarán en las
labores de restauración, terraplenado y/o relleno de cárcavas, de forma que se tienda al
balance «cero» en la gestión de las tierras.
La tierra vegetal obtenida se acopiará adecuadamente y se utilizará en labores de
restauración de zonas alteradas y, si fuera necesario, se realizarán aportes de tierra
vegetal extra en áreas con peligro de erosión.
Todos los acopios de tierra vegetal, materiales y/o excedentes de excavación se
llevarán a cabo fuera de las zonas con vegetación natural y, cuando esto no sea posible,
se elegirán las zonas con menor fracción de cabida cubierta, ocupando en todos los
casos la menor superficie posible.
5. Todos los accesos «campo a través» llevarán asociada una descompactación
posterior para devolver el terreno a sus condiciones de origen, de manera que las
«cicatrices» de las rodadas no generen direcciones de flujo de escorrentía que puedan
conllevar fenómenos erosivos.
6. Se extremarán las medidas de prevención para evitar vertidos accidentales de
aceites por parte de la maquinaria. En todo caso, si llegara a producirse algún vertido
accidental, la capa de suelo contaminado se deberá gestionar de acuerdo con lo
establecido en la normativa de residuos peligrosos.
Hidrología.
1. En los apoyos ubicados en zona de influencia de un cauce (231, 398 y 442), las
instalaciones auxiliares y los acopios de residuos y materiales de obra se ubicarán fuera
de la zona de policía durante los trabajos de construcción, además se instalará un
caballón de tierra preventivo que impida la llegada de sedimentos al cauce. Una vez
concluidos los trabajos dicho caballón será extendido en la propia plataforma.
2. En los accesos a los apoyos 112 y 141 se dispondrán vados hormigonados para
permitir el paso de maquinaria pesada sobre los cursos de agua.
3. En cuanto al acceso a los apoyos 398, 427, 433, 434, 437, 438, 440, 441, 442,
454, 467, 493, 512, 538, 569, 574, 577, 583, 587, 591 y 627, el tránsito o cruce de la
maquinaria y vehículos por las ramblas se realizará siempre que sea posible por la parte
central de las mismas, y teniendo especial cuidado en no dañar la vegetación existente
tanto en el interior de las ramblas como en sus márgenes. De manera general, quedará
terminantemente prohibido realizar acopios de materiales de ningún tipo en las ramblas y
no se utilizarán las mismas en época de lluvias o cuando lleven agua.
cve: BOE-A-2021-4298
Verificable en https://www.boe.es
D.2
Núm. 66
Jueves 18 de marzo de 2021
Sec. III. Pág. 31453
Además, el promotor deberá cumplir todas las medidas preventivas y correctoras
contempladas en el estudio de impacto ambiental, en la información complementaria, así
como las indicaciones realizadas por las diferentes administraciones públicas
consultadas.
A continuación, se destacan aquellas medidas del estudio de impacto ambiental que
se consideran más relevantes, así como aquellas medidas adicionales establecidas
como respuesta a las alegaciones e informes recibidos en el procedimiento y al análisis
técnico realizado.
D.1
Suelo, subsuelo, geodiversidad.
1. Para el replanteo sobre el terreno de los accesos a los apoyos y rebajes, se
contará con el asesoramiento y supervisión de los Agentes de Medio Ambiente de cada
zona, quienes darán información de detalle del lugar, avisarán de la presencia de algún
valor ambiental a tener en cuenta, y aconsejarán sobre el trazado más idóneo de los
accesos para minimizar la afección al entorno.
2. Los accesos a los apoyos se diseñarán con los elementos de drenaje necesarios
para minimizar los riesgos de generación de procesos erosivos.
3. Se llevarán a cabo operaciones de refuerzo de taludes de desmonte para
mejorar la estabilidad de los mismos, en al menos los siguientes apoyos: 23, 32, 133,
141, 157, 349, 350, 427, 433, 487, 506, 507, 512, 574, 577, 583 y 627.
4. Los excedentes de las excavaciones que se generen, se reutilizarán en las
labores de restauración, terraplenado y/o relleno de cárcavas, de forma que se tienda al
balance «cero» en la gestión de las tierras.
La tierra vegetal obtenida se acopiará adecuadamente y se utilizará en labores de
restauración de zonas alteradas y, si fuera necesario, se realizarán aportes de tierra
vegetal extra en áreas con peligro de erosión.
Todos los acopios de tierra vegetal, materiales y/o excedentes de excavación se
llevarán a cabo fuera de las zonas con vegetación natural y, cuando esto no sea posible,
se elegirán las zonas con menor fracción de cabida cubierta, ocupando en todos los
casos la menor superficie posible.
5. Todos los accesos «campo a través» llevarán asociada una descompactación
posterior para devolver el terreno a sus condiciones de origen, de manera que las
«cicatrices» de las rodadas no generen direcciones de flujo de escorrentía que puedan
conllevar fenómenos erosivos.
6. Se extremarán las medidas de prevención para evitar vertidos accidentales de
aceites por parte de la maquinaria. En todo caso, si llegara a producirse algún vertido
accidental, la capa de suelo contaminado se deberá gestionar de acuerdo con lo
establecido en la normativa de residuos peligrosos.
Hidrología.
1. En los apoyos ubicados en zona de influencia de un cauce (231, 398 y 442), las
instalaciones auxiliares y los acopios de residuos y materiales de obra se ubicarán fuera
de la zona de policía durante los trabajos de construcción, además se instalará un
caballón de tierra preventivo que impida la llegada de sedimentos al cauce. Una vez
concluidos los trabajos dicho caballón será extendido en la propia plataforma.
2. En los accesos a los apoyos 112 y 141 se dispondrán vados hormigonados para
permitir el paso de maquinaria pesada sobre los cursos de agua.
3. En cuanto al acceso a los apoyos 398, 427, 433, 434, 437, 438, 440, 441, 442,
454, 467, 493, 512, 538, 569, 574, 577, 583, 587, 591 y 627, el tránsito o cruce de la
maquinaria y vehículos por las ramblas se realizará siempre que sea posible por la parte
central de las mismas, y teniendo especial cuidado en no dañar la vegetación existente
tanto en el interior de las ramblas como en sus márgenes. De manera general, quedará
terminantemente prohibido realizar acopios de materiales de ningún tipo en las ramblas y
no se utilizarán las mismas en época de lluvias o cuando lleven agua.
cve: BOE-A-2021-4298
Verificable en https://www.boe.es
D.2