III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2021-4298)
Resolución de 8 de marzo de 2021, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Aumento de capacidad de transporte de la línea eléctrica aérea existente a 400 kV, Tajo de la Encantada-Archidona-Caparacena-Huéneja-Tabernas-Litoral, en las provincias de Málaga, Granada y Almería".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 66

Jueves 18 de marzo de 2021

Sec. III. Pág. 31452

– Para acceder al apoyo 437 hay que transitar durante 143 m por la Vereda del
Escabrial (04045008).
– Para acceder a los apoyos 438 y 440 (cruce trasversal), y para acceder a los
apoyos 441 y 442 (tramo de 1.000 m) se trascurre por Cordel del Escullar (04045003).
– El acceso al apoyo 447 nace del cordel del Escullar (04045003).
– El acceso al apoyo 454 transcurre durante 1.400 m por el cordel de Granada a
Almería (04901001).
– El acceso al apoyo 467 transcurre durante 57 m por el cordel de Granada a
Almería (04901001).
– El acceso al apoyo 493 transcurre durante 315 m por la Vereda de Alcubillas Altas
(04050006).
– Los accesos a los apoyos 574, 577 y 583 cruzan la Vereda de Lucainena a El
Molinillo (04060009).
– Los accesos a los apoyos 587 y 591 cruzan el Cordel de Moraila a Níjar
(04060006).
El EsIA ha identificado que los siguientes apoyos y/o accesos se ubican o transitan
en los siguientes Montes Públicos, de los que será necesario solicitar la correspondiente
autorización de ocupación y actuación:
Tabla 11
Montes públicos
Apoyo y/o acceso

Nombre

Código

141.

Corona Rústica Embalse de Izñíjar. CO-60006-EP.

349.

Terrenos Comunes.

GR-30102-AY.

454 y 467.

Loma de Enmedio y La Membrilla.

AL-11126-JA.

587, 619, 620, 624 y 626. Monte del Pueblo.

AL-70037-AY.

627.

AL-70038-AY.

Sierra Cabrera.

C.2.10 Análisis sobre la vulnerabilidad del proyecto frente a riesgos de accidentes
graves o catástrofes.

D. CONDICIONES AL PROYECTO Y MEDIDAS PREVENTIVAS, CORRECTORAS
Y COMPENSATORIAS DE LOS EFECTOS ADVERSOS SOBRE EL MEDIO AMBIENTE
Con carácter general, el promotor habrá de respetar las buenas prácticas
ambientales para la realización del proyecto, pudiendo servir de orientación los
«Manuales de Buenas Prácticas Ambientales en las Familias Profesionales», que se
encuentran publicados en la página web de este Ministerio, para cada una de las
actuaciones previstas.

cve: BOE-A-2021-4298
Verificable en https://www.boe.es

El promotor incluye en el EsIA un capítulo específico denominado «Vulnerabilidad del
proyecto frente a accidentes graves y catástrofes», en el cual justifica que no es
necesario un análisis de riesgos tal y como prescribe el apartado 14 del artículo único de
la Ley 9/2018, que modifica el Artículo 35.1 apartado d, de la Ley 21/2013, dado que se
evalúa una línea ya existente, en la que se realizarán actuaciones de aumento de la
capacidad mediante el recrecido de 86 apoyos existentes y 3 rebajes de terreno, con una
vulnerabilidad ante riesgos de accidentes graves y de catástrofes baja.
La Dirección General de Emergencias y Protección Civil de la Junta de Andalucía
manifiesta que los documentos resultan coherentes en relación a los aspectos
relacionados con sus competencias, no formulando observaciones a los mismos.