I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA. Medidas urgentes. (BOE-A-2021-4246)
Decreto-ley 5/2021, de 2 de febrero, por el que se aprueban medidas urgentes para la implementación y gestión de los fondos procedentes del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y del fondo REACT-EU para la Administración de la Generalidad de Cataluña y su sector público.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 18 de marzo de 2021

Sec. I. Pág. 31149

En este sentido, los reglamentos de la UE subrayan que el instrumento NGEU
incluye medidas dirigidas al restablecimiento de los mercados laborales y la protección
social, así como a los sistemas de atención de la salud, para revitalizar el potencial de
crecimiento sostenible y el trabajo, con la finalidad de reforzar la cohesión entre los
estados miembros y ayudar en su transición hacia una economía ecológica y digital, para
prestar ayuda a las empresas afectadas por el impacto de la crisis de la COVID-19, en
particular a las pequeñas y medianas empresas, así como ayudas a la inversión en
actividades que son esenciales para fortalecer el crecimiento sostenible de la UE,
incluida la inversión financiera directa en las empresas, las medidas de investigación e
innovación en respuesta a la crisis de la COVID-19, la creación de capacidad a nivel de
la UE para mejorar la preparación para futuras crisis, el mantenimiento de los esfuerzos
por garantizar una economía neutra desde el punto de vista climático y la ayuda a la
agricultura y el desarrollo de las zonas rurales para hacer frente a los efectos de la crisis
de la COVID-19.
II
Nos encontramos, pues, ante una oportunidad excepcional para impulsar la
transformación del modelo económico y social hacia un nuevo modelo productivo más
sostenible y resiliente, respetuoso con el medio ambiente, de forma que tanto las
empresas como la ciudadanía se puedan beneficiar de una transición ecológica
sostenible y una economía más justa y socialmente equitativa, basada en el fomento de
la eficiencia energética y el uso de las energías alternativas, la movilidad sostenible, la
protección de la biodiversidad y la lucha contra el cambio climático, entre otros aspectos.
Al mismo tiempo, el instrumento NGEU debe permitir movilizar las inversiones
necesarias para impulsar estrategias de digitalización que coadyuven en la
transformación de sectores, de territorios y de estructuras.
Por este motivo, paralelamente a la aprobación por el Consejo Europeo del
instrumento de recuperación, transformación y resiliencia, el Gobierno de la Generalidad
aprobó en julio de 2020 el Plan de reactivación económica y de recuperación social
articulado en torno a 5 ejes:
Eje 1: Economía para la vida.
Eje 2: Digitalización.
Eje 3: Transición ecológica.
Eje 4: Sociedad del Conocimiento.
Eje 5: Actuaciones transversales.
Este Plan veinte proyectos transformadores que se han discutido y consensuado en
diferentes grupos de trabajo y con la participación de expertos externos a la
Administración de la Generalidad, con el objetivo de marcar las prioridades y los
objetivos del Gobierno en esta fase preliminar, a la espera de disponer de las
herramientas necesarias para la implementación y aplicación de los fondos NGEU.
III
Sin embargo, la clave para poder beneficiarse de estos fondos NGEU radica en la
capacidad de articular alianzas entre el sector público y el privado y en una ágil, rigurosa
y transparente tramitación administrativa de los procedimientos. Con esta finalidad, para
el conjunto del Estado, se ha establecido, mediante el Real Decreto-ley 36/2020, de 30
de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de las
administraciones públicas y para la ejecución del Plan de recuperación, transformación y
resiliencia, el marco general básico que debe permitir movilizar inversiones y proyectos y
facilitar, dentro del calendario temporal marcado por la UE, la gestión administrativa
necesaria para que el máximo de proyectos se puedan beneficiar de la financiación
europea NGEU. En este sentido, el Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre,

cve: BOE-A-2021-4246
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Núm. 66