III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2021-4225)
Resolución de 3 de marzo de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de pilotos de Eurowings Europe GmbH.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 65
Miércoles 17 de marzo de 2021
30.7.6
Sec. III. Pág. 30946
Prescripción de las faltas.
Las faltas leves prescribirán a los diez días; las faltas graves, a los veinte días y las
faltas muy graves, a los sesenta días de la fecha en la que la empresa tuvo conocimiento
de las mismas y, en todo caso, a los seis meses de haber sido cometidas.
Los Órganos de Procesamiento y las respectivas decisiones que deban despachar
cualquier diligencia, consulta, comunicación o información relacionada con un Asunto
disciplinario, darán lugar a las acciones que concurren en la máxima urgencia.
30.7.7
Antecedentes y documentación.
30.7.8
Resoluciones sancionadoras.
Las resoluciones sancionadoras de faltas leves, graves y muy graves deberán ser
notificadas al trabajador, con copia a la Dirección de Recursos Humanos de la empresa.
30.7.9
Registro de antecedentes.
El Departamento de Recursos Humanos llevará un registro de los antecedentes
disciplinarios.
30.7.10
Inscripción en el expediente personal.
Las sanciones impuestas a cada trabajador por la Empresa se registrarán en el
expediente personal del trabajador, con indicación del órgano que las acordó, la fecha de
su imposición y otras circunstancias que puedan resultar apropiadas.
30.7.11
Emisión de registro de antecedentes.
En aquellos casos en los que la unidad organizativa que inicie algún expediente
disciplinario lo solicite, la Dirección de Recursos Humanos enviará un registro que
acredite los antecedentes que pudieran existir en dicho expediente personal del
empleado en cuestión.
30.7.12
Cancelación de antecedentes.
Los antecedentes disciplinarios se cancelarán automáticamente, por el simple paso
del tiempo sin una nueva sanción, en los siguientes plazos:
a) Faltas leves: 6 meses
b) Faltas graves: 12 meses
c) Faltas muy graves: 24 meses
30.7.13
30.7.13.1
Faltas y sanciones.
Faltas leves.
1. No tomar la baja médica correspondiente en el momento que corresponda, a
menos que se demuestre la imposibilidad de haberlo hecho. En relación con los partes
oficiales de baja y confirmación de la incapacidad temporal o la prueba de asistencia a la
consulta médica, el incumplimiento de la obligación de comunicación y entrega al
superior inmediato en los plazos establecidos en el artículo 13 del presente Convenio,
salvo prueba de la imposibilidad de haberlo hecho.
2. Tres faltas injustificadas de puntualidad en un período de treinta días o cuando
sumen más de quince minutos en total.
3. Críticas directas sobre el trabajo, operativas o empresariales a pilotos u otras
categorías de la Empresa, sin la debida autorización, utilizando el tablón de anuncios o
cve: BOE-A-2021-4225
Verificable en https://www.boe.es
Son faltas leves las siguientes:
Núm. 65
Miércoles 17 de marzo de 2021
30.7.6
Sec. III. Pág. 30946
Prescripción de las faltas.
Las faltas leves prescribirán a los diez días; las faltas graves, a los veinte días y las
faltas muy graves, a los sesenta días de la fecha en la que la empresa tuvo conocimiento
de las mismas y, en todo caso, a los seis meses de haber sido cometidas.
Los Órganos de Procesamiento y las respectivas decisiones que deban despachar
cualquier diligencia, consulta, comunicación o información relacionada con un Asunto
disciplinario, darán lugar a las acciones que concurren en la máxima urgencia.
30.7.7
Antecedentes y documentación.
30.7.8
Resoluciones sancionadoras.
Las resoluciones sancionadoras de faltas leves, graves y muy graves deberán ser
notificadas al trabajador, con copia a la Dirección de Recursos Humanos de la empresa.
30.7.9
Registro de antecedentes.
El Departamento de Recursos Humanos llevará un registro de los antecedentes
disciplinarios.
30.7.10
Inscripción en el expediente personal.
Las sanciones impuestas a cada trabajador por la Empresa se registrarán en el
expediente personal del trabajador, con indicación del órgano que las acordó, la fecha de
su imposición y otras circunstancias que puedan resultar apropiadas.
30.7.11
Emisión de registro de antecedentes.
En aquellos casos en los que la unidad organizativa que inicie algún expediente
disciplinario lo solicite, la Dirección de Recursos Humanos enviará un registro que
acredite los antecedentes que pudieran existir en dicho expediente personal del
empleado en cuestión.
30.7.12
Cancelación de antecedentes.
Los antecedentes disciplinarios se cancelarán automáticamente, por el simple paso
del tiempo sin una nueva sanción, en los siguientes plazos:
a) Faltas leves: 6 meses
b) Faltas graves: 12 meses
c) Faltas muy graves: 24 meses
30.7.13
30.7.13.1
Faltas y sanciones.
Faltas leves.
1. No tomar la baja médica correspondiente en el momento que corresponda, a
menos que se demuestre la imposibilidad de haberlo hecho. En relación con los partes
oficiales de baja y confirmación de la incapacidad temporal o la prueba de asistencia a la
consulta médica, el incumplimiento de la obligación de comunicación y entrega al
superior inmediato en los plazos establecidos en el artículo 13 del presente Convenio,
salvo prueba de la imposibilidad de haberlo hecho.
2. Tres faltas injustificadas de puntualidad en un período de treinta días o cuando
sumen más de quince minutos en total.
3. Críticas directas sobre el trabajo, operativas o empresariales a pilotos u otras
categorías de la Empresa, sin la debida autorización, utilizando el tablón de anuncios o
cve: BOE-A-2021-4225
Verificable en https://www.boe.es
Son faltas leves las siguientes: