III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2021-4225)
Resolución de 3 de marzo de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de pilotos de Eurowings Europe GmbH.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 65

Miércoles 17 de marzo de 2021

g)

Sec. III. Pág. 30944

Cláusula de reincorporación:

La empresa podrá decidir voluntariamente si aprobar o denegación una solicitud de
renovación de excedencia. Por ello, el hay tres opciones:
1) Solicitud de reingreso presentada por el trabajador – reingreso en función de la
demanda o lista de espera
2) No presentación de solicitud de reingreso por el trabajador – Terminación de la
relación laboral
3) Solicitud de renovación de la excedencia presentada por el trabajador –
Aprobación o denegación de la solicitud a voluntad de la empresa
En caso de denegación de la solicitud de renovación, el trabajador conservará el
derecho a elegir entre las opciones 1 y 2.
30.6.8

Competencia desleal.

Durante las situaciones descritas en los apartados 30.6.1 a 30.6.6, el trabajador no
podrá realizar ningún tipo de actividad dentro de la misma categoría profesional, que
compita con Eurowings, en España o en cualquier otro país perteneciente a su red
comercial, salvo que haya obtenido autorización expresa de Eurowings. Se entiende por
competidor de Eurowings una compañía aérea que opera vuelos de corta y media
distancia dentro del perímetro de la red comercial de Eurowings.
El trabajador que solicite un período de excedencia voluntaria no retribuida, deberá
comunicar la causa de su solicitud, y a continuación formalizar con Eurowings el
correspondiente acuerdo de prohibición competencia desleal antes de la concesión de
cualquier excedencia voluntaria. La falta de veracidad de la causa alegada será
considerada como un incumplimiento del contrato de trabajo y una infracción muy grave
de acuerdo con lo dispuesto en el Anexo 30.7. (Medidas Disciplinarias) del Convenio
Colectivo. La Comisión Mixta supervisará y actualizará la lista de actividades/compañías
aéreas consideradas competidores de Eurowings. La lista de aerolíneas de la
competencia se publicará en la intranet.
30.7
30.7.1
30.7.2

Medidas disciplinarias
Disposiciones generales.
Potestad disciplinaria.

a) El objetivo de este apartado es regular, en su caso, la potestad de sancionar el
incumplimiento laboral y contractual del trabajador, de acuerdo con la valoración de las
faltas y sanciones que se recogen en el apartado 30.7.
b) No podrán aplicarse, en ninguna circunstancia, sanciones que supongan una
reducción del derecho a vacaciones o cualquier otra merma de los derechos del
trabajador con respecto a los períodos de descanso o multa de haber.
Ámbito de aplicación.

a) El presente Régimen disciplinario es de aplicación al personal incluido en el
presente Convenio Colectivo, en todas y cada una de las bases que la Empresa haya
establecido o establezca en el futuro en el territorio nacional.
b) También será de aplicación a los trabajadores contratados en España que
presten sus servicios en Delegaciones o dependencias de la Empresa abiertas en el
extranjero, sin perjuicio de las normas de orden público aplicables en el ámbito laboral.

cve: BOE-A-2021-4225
Verificable en https://www.boe.es

30.7.3