III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2021-4225)
Resolución de 3 de marzo de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de pilotos de Eurowings Europe GmbH.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 65
Miércoles 17 de marzo de 2021
Sec. III. Pág. 30928
y días festivos nacionales es resultado de esas 16,6 horas de trabajo realizadas en
domingo y en días festivos nacionales, y corresponde a un plus del 100 %.
Dado que el plus por trabajo nocturno y el plus por trabajo en domingo/días festivos
nacionales se pagan en forma de una suma global, todos los complementos por el
trabajo realizado por el Trabajador en domingos/días festivos nacionales o por la noche
queda compensado con esto.
Si el Trabajador trabajara un mes más de las horas consideradas en la base para el
cálculo de las horas trabajadas los domingos/días festivos nacionales o por la noche, no
tendrá derecho a un aumento de la suma global. Del mismo modo, una reducción en el
servicio tampoco da lugar a una reducción de los salarios.
En caso de que resulte aplicable la normativa fiscal austriaca, de acuerdo con la
situación legal actual o la práctica administrativa, un máximo total de 360,00 euros
(o 540,00 euros en casos individuales) del plus de peligrosidad, el plus por trabajo en
domingo/días festivos nacionales y el plus por trabajo nocturno al mes estarán exentos
de impuestos, con sujeción a determinadas condiciones previas. La exención de
impuestos aplicable a los pluses por trabajo en domingo/festivo nacional o trabajo
nocturno se comprobará, y compensará en caso necesario utilizando los registros
horarios concretos al final del año natural en el ámbito del cálculo de la nómina.
Este artículo se refiere únicamente a la modalidad de tributación. El nivel total de
retribución por el trabajo durante estas horas se mantiene inalterado y conforme a lo
establecido en el apartado 24.8.
24.6
24.6.1
Remuneración del tiempo de servicio relevante para el pago.
Cómputo.
a) Únicamente el siguiente tiempo de servicio relevante, según se define en los
siguientes apartados, se tendrá en cuenta a efectos del pago:
Período de Servicio de Vuelo (FDP, por sus siglas en inglés).
Tiempo de Servicio Adicional.
b) Ningún período de tiempo podrá ser objeto de retribución salarial dos veces.
c) El límite de activación aplicable se determina en función de la cantidad total de
Tiempo de Servicio según la EASA.
d) Dentro de todos los niveles de retribución por hora aplicables, la ratio entre el
Período de Servicio de Vuelo y el Tiempo de Servicio adicional es igual a la ratio de los
totales en ambas sumas en el mes cuestión.
24.6.2
Período de Servicio de Vuelo
a) Período de Servicio de Vuelo (FDP) según EASA (Agencia Europea de
Seguridad Aérea).
b) En días que incluyan un vuelo o una secuencia de vuelos,
c) Se computarán 3 horas y 30 minutos (3,5 horas) de FDP por día de vacaciones,
permiso e incapacidad para trabajar notificada con anticipación (antes de la emisión del
duty roster).
d) En caso de incapacidad para trabajar no notificada, se computará el tiempo
relevante para el pago que el Trabajador hubiera tenido que cumplir según el duty roster
de no haber estado incapacitado para prestar servicio, en el sentido del principio de
absentismo laboral.
e) Para los días de ausencia al trabajo remunerados (días de crédito de horas
retribuido o crédito sindical) de los miembros del órgano que represente legalmente a las
cve: BOE-A-2021-4225
Verificable en https://www.boe.es
el FDP finaliza al final del FDP programado en el momento de la comunicación;
si el FDP real supera el FDP programado en más de 30 minutos, se computará el
FDP real total.
Núm. 65
Miércoles 17 de marzo de 2021
Sec. III. Pág. 30928
y días festivos nacionales es resultado de esas 16,6 horas de trabajo realizadas en
domingo y en días festivos nacionales, y corresponde a un plus del 100 %.
Dado que el plus por trabajo nocturno y el plus por trabajo en domingo/días festivos
nacionales se pagan en forma de una suma global, todos los complementos por el
trabajo realizado por el Trabajador en domingos/días festivos nacionales o por la noche
queda compensado con esto.
Si el Trabajador trabajara un mes más de las horas consideradas en la base para el
cálculo de las horas trabajadas los domingos/días festivos nacionales o por la noche, no
tendrá derecho a un aumento de la suma global. Del mismo modo, una reducción en el
servicio tampoco da lugar a una reducción de los salarios.
En caso de que resulte aplicable la normativa fiscal austriaca, de acuerdo con la
situación legal actual o la práctica administrativa, un máximo total de 360,00 euros
(o 540,00 euros en casos individuales) del plus de peligrosidad, el plus por trabajo en
domingo/días festivos nacionales y el plus por trabajo nocturno al mes estarán exentos
de impuestos, con sujeción a determinadas condiciones previas. La exención de
impuestos aplicable a los pluses por trabajo en domingo/festivo nacional o trabajo
nocturno se comprobará, y compensará en caso necesario utilizando los registros
horarios concretos al final del año natural en el ámbito del cálculo de la nómina.
Este artículo se refiere únicamente a la modalidad de tributación. El nivel total de
retribución por el trabajo durante estas horas se mantiene inalterado y conforme a lo
establecido en el apartado 24.8.
24.6
24.6.1
Remuneración del tiempo de servicio relevante para el pago.
Cómputo.
a) Únicamente el siguiente tiempo de servicio relevante, según se define en los
siguientes apartados, se tendrá en cuenta a efectos del pago:
Período de Servicio de Vuelo (FDP, por sus siglas en inglés).
Tiempo de Servicio Adicional.
b) Ningún período de tiempo podrá ser objeto de retribución salarial dos veces.
c) El límite de activación aplicable se determina en función de la cantidad total de
Tiempo de Servicio según la EASA.
d) Dentro de todos los niveles de retribución por hora aplicables, la ratio entre el
Período de Servicio de Vuelo y el Tiempo de Servicio adicional es igual a la ratio de los
totales en ambas sumas en el mes cuestión.
24.6.2
Período de Servicio de Vuelo
a) Período de Servicio de Vuelo (FDP) según EASA (Agencia Europea de
Seguridad Aérea).
b) En días que incluyan un vuelo o una secuencia de vuelos,
c) Se computarán 3 horas y 30 minutos (3,5 horas) de FDP por día de vacaciones,
permiso e incapacidad para trabajar notificada con anticipación (antes de la emisión del
duty roster).
d) En caso de incapacidad para trabajar no notificada, se computará el tiempo
relevante para el pago que el Trabajador hubiera tenido que cumplir según el duty roster
de no haber estado incapacitado para prestar servicio, en el sentido del principio de
absentismo laboral.
e) Para los días de ausencia al trabajo remunerados (días de crédito de horas
retribuido o crédito sindical) de los miembros del órgano que represente legalmente a las
cve: BOE-A-2021-4225
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el FDP finaliza al final del FDP programado en el momento de la comunicación;
si el FDP real supera el FDP programado en más de 30 minutos, se computará el
FDP real total.