III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2021-4180)
Resolución de 8 de marzo de 2021, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Carretera N-122 de Zaragoza a Portugal por Zamora. Variante de Borja y Maleján".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 16 de marzo de 2021

Sec. III. Pág. 30740

Amenazadas, en el Listado de Especies en Régimen de Protección Especial ni en el
Catálogo de Especies Amenazadas de Aragón. Las únicas especies de flora singular
identificadas en el documento ambiental con presencia probable son el endemismo
ibérico Gypsophila tomentosa y otras especies autóctonas como Callitriche stagnalis,
Hordeum secalinum y Allium neapolitanum. Pese a que estas especies no se encuentran
catalogadas como amenazadas, se plantea en el documento ambiental llevar a cabo una
prospección botánica previa al replanteo definitivo de la traza, con el objetivo de
identificar recintos de vegetación natural que alberguen comunidades con estas especies
y proceder a la instalación de jalonamientos de protección con el fin de que queden
señalizados como zonas de exclusión de obras.
Respecto a la presencia de comunidades que constituyan Hábitat de Interés
Comunitario (HIC), varios de los recintos de hábitats identificados no se verán
directamente afectados por la ocupación de la traza, dado que se localizan en el Cerro
de las Bodegas, en un tramo en el que la carretera discurre en túnel. Atendiendo a la
ocupación de la plataforma y taludes, así como a las zonas de instalaciones auxiliares y
zona de préstamos, únicamente se identifica un tramo donde la alternativa norte
intercepta a lo largo de 37 m (3.964 m2) el hábitat 92D0 Galerías y matorrales ribereños
termomediterráneos. Atendiendo a la escasa superficie afectada, y que se localiza en
una zona muy antropizada, puede considerarse no significativo el impacto sobre Hábitats
de Interés Comunitario. No obstante, se realizará una prospección previa al replanteo
definitivo de la traza para la identificación de posibles afecciones sobre estos hábitats,
del mismo modo que se ha indicado para las especies de flora.
Se efectuarán las acciones planteadas en el programa de vigilancia ambiental para el
control de los jalonamientos realizados, especialmente de las zonas excluidas por
albergar hábitats catalogados de interés comunitario o especies de flora protegida. Dicho
control se realizará previamente a las obras durante la comprobación del replanteo y
durante las mismas con frecuencia semanal, con objeto de inspeccionar el correcto
mantenimiento de los vallados, balizas, etc. y la protección efectiva de zonas de
exclusión. Se controlarán también los movimientos de maquinaria y vehículos dentro de
los límites señalados.
– Efectos sobre la fauna silvestre: Durante la fase de construcción, no se aprecian
impactos ambientales significativos sobre poblaciones de especies de fauna amenazada
ni sobre una superficie significativa de sus hábitats faunísticos, siempre y cuando se
ejecuten adecuadamente las medidas preventivas contempladas, fundamentalmente la
protección íntegra de las zonas de exclusión, que quedarán señalizadas previamente a
la comprobación del replanteo definitivo. Se deberá ajustar el cronograma de obras fuera
de los periodos críticos de especies de fauna (periodos de reproducción y cría,
fundamentalmente), con el fin de minimizar el efecto de potencial alteración en el
comportamiento de las especies de fauna que ponga en riesgo el éxito de su
regeneración. Previamente al replanteo definitivo de la traza, deberá realizarse una
prospección de fauna, en coordinación con los agentes forestales, o personal
equivalente adscrito al órgano autonómico competente en conservación de fauna
silvestre, para la identificación de camadas, nidos, puestas de anfibios y reptiles, etc. que
sea preciso señalizar como zona de exclusión de obras y que conlleve el necesario
reajuste del cronograma de obras previsto.
En fase de explotación, se aprecia un impacto por el efecto barrera que conlleva la
presencia permanente de la carretera de nuevo trazado, especialmente en las
intersecciones con corredores biológicos de especies terrestres y zonas de paso de
aves, con mayor incidencia en especies de hábitos de vuelo a baja altura (esteparias).
Las consecuencias de este efecto barrera y que deben ser objeto de caracterización
como impactos son la fragmentación de hábitats y el incremento en el riesgo de atropello
o colisión.
Atendiendo al análisis del documento ambiental, no se tiene constancia de la
presencia estable de poblaciones de fauna amenazada, y el trazado «alternativa Norte»
no atraviesa hábitats de cría, de alimentación, rutas migratorias o zonas de paso habitual

cve: BOE-A-2021-4180
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Núm. 64