III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA. Consorcio de la Zona Franca de Cádiz. Cuentas anuales. (BOE-A-2021-4178)
Resolución de 5 de marzo de 2021, del Consorcio de la Zona Franca de Cádiz, por la que se publican las cuentas anuales del ejercicio 2019 y el informe de auditoría.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 64
Martes 16 de marzo de 2021
Sec. III. Pág. 30661
El valor de coste de las existencias es objeto de corrección valorativa en aquellos casos en los que su coste exceda su
valor neto realizable.
Las correcciones valorativas por deterioro de valor de las existencias se reconocen contra los epígrafes Variación de
existencias de productos terminados y en curso de fabricación y Aprovisionamientos, según el tipo de existencias.
El valor neto realizable representa la estimación del precio de venta menos todos los costes estimados para terminar su
fabricación y los costes que serán incurridos en los procesos de comercialización, venta y distribución.
La Entidad efectúa las oportunas correcciones valorativas, reconociéndolas como un gasto en la cuenta de pérdidas y
ganancias cuando el valor neto realizable de las existencias es inferior a su precio de adquisición (o a su coste de
producción).
De acuerdo a la Resolución de 1 de marzo de 2013, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se
dictan normas de registro y valoración del inmovilizado material y de las inversiones inmobiliarias, publicado en el BOE
núm. 58 de 8 de marzo de 2013, la clasificación inicial de un inmueble deberá modificarse siempre que haya cambiado la
función que desempeña en la empresa. Acorde a este cambio de criterio se realizarán reclasificaciones de existencias a
inversiones inmobiliarias en aquellos casos en que la venta de inmuebles forme parte de la actividad ordinaria de la
Entidad, los inmuebles que formen parte de las existencias se consideran inversiones inmobiliarias cuando sean objeto de
arrendamiento operativo.
h) Ingresos y gastosLos ingresos y gastos se imputan en función del criterio de devengo, es decir, cuando se produce la corriente real de
bienes y servicios que los mismos representan, con independencia del momento en que se produzca la corriente
monetaria o financiera derivada de ellos. Dichos ingresos se valoran por el valor razonable de la contraprestación
recibida, deducidos descuentos e impuestos.
Por lo que se refiere a las ventas de promociones inmobiliarias, el Consorcio sigue el criterio de reconocer las ventas y el
coste de las mismas cuando se han entregado los inmuebles y la propiedad de éstos ha sido transferida.
Los intereses recibidos de activos financieros se reconocen utilizando el método del tipo de interés efectivo y los
dividendos, cuando se declara el derecho del accionista a recibirlos. En cualquier caso, los intereses y dividendos de
activos financieros devengados con posterioridad al momento de la adquisición se reconocen como ingresos en la cuenta
de pérdidas y ganancias.
i) Provisiones y contingenciasEl Consorcio en la reformulación de las cuentas anuales diferencia entre:
Provisiones: saldos acreedores que cubren obligaciones actuales derivadas de sucesos pasados, cuya cancelación es
probable que origine una salida de recursos, pero que resultan indeterminados en cuanto a su importe y/ o
momento de cancelación.
Las cuentas anuales recogen todas las provisiones con respecto a las cuales se estima que la probabilidad de que se tenga
que atender la obligación es mayor que de lo contrario. Los pasivos contingentes no se reconocen en las cuentas anuales,
sino que se informa sobre los mismos en las notas de la memoria, en la medida en que no sean considerados como
remotos.
Las provisiones se valoran por el valor actual de la mejor estimación posible del importe necesario para cancelar o
transferir la obligación, teniendo en cuenta la información disponible sobre el suceso y sus consecuencias, y
registrándose los ajustes que surjan por la actualización de dichas provisiones como un gasto financiero conforme se va
devengando.
cve: BOE-A-2021-4178
Verificable en https://www.boe.es
Pasivos contingentes: obligaciones posibles surgidas como consecuencia de sucesos pasados, cuya materialización
futura está condicionada a que ocurra, o no, uno o más eventos futuros independientes de la voluntad de la Entidad.
Núm. 64
Martes 16 de marzo de 2021
Sec. III. Pág. 30661
El valor de coste de las existencias es objeto de corrección valorativa en aquellos casos en los que su coste exceda su
valor neto realizable.
Las correcciones valorativas por deterioro de valor de las existencias se reconocen contra los epígrafes Variación de
existencias de productos terminados y en curso de fabricación y Aprovisionamientos, según el tipo de existencias.
El valor neto realizable representa la estimación del precio de venta menos todos los costes estimados para terminar su
fabricación y los costes que serán incurridos en los procesos de comercialización, venta y distribución.
La Entidad efectúa las oportunas correcciones valorativas, reconociéndolas como un gasto en la cuenta de pérdidas y
ganancias cuando el valor neto realizable de las existencias es inferior a su precio de adquisición (o a su coste de
producción).
De acuerdo a la Resolución de 1 de marzo de 2013, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se
dictan normas de registro y valoración del inmovilizado material y de las inversiones inmobiliarias, publicado en el BOE
núm. 58 de 8 de marzo de 2013, la clasificación inicial de un inmueble deberá modificarse siempre que haya cambiado la
función que desempeña en la empresa. Acorde a este cambio de criterio se realizarán reclasificaciones de existencias a
inversiones inmobiliarias en aquellos casos en que la venta de inmuebles forme parte de la actividad ordinaria de la
Entidad, los inmuebles que formen parte de las existencias se consideran inversiones inmobiliarias cuando sean objeto de
arrendamiento operativo.
h) Ingresos y gastosLos ingresos y gastos se imputan en función del criterio de devengo, es decir, cuando se produce la corriente real de
bienes y servicios que los mismos representan, con independencia del momento en que se produzca la corriente
monetaria o financiera derivada de ellos. Dichos ingresos se valoran por el valor razonable de la contraprestación
recibida, deducidos descuentos e impuestos.
Por lo que se refiere a las ventas de promociones inmobiliarias, el Consorcio sigue el criterio de reconocer las ventas y el
coste de las mismas cuando se han entregado los inmuebles y la propiedad de éstos ha sido transferida.
Los intereses recibidos de activos financieros se reconocen utilizando el método del tipo de interés efectivo y los
dividendos, cuando se declara el derecho del accionista a recibirlos. En cualquier caso, los intereses y dividendos de
activos financieros devengados con posterioridad al momento de la adquisición se reconocen como ingresos en la cuenta
de pérdidas y ganancias.
i) Provisiones y contingenciasEl Consorcio en la reformulación de las cuentas anuales diferencia entre:
Provisiones: saldos acreedores que cubren obligaciones actuales derivadas de sucesos pasados, cuya cancelación es
probable que origine una salida de recursos, pero que resultan indeterminados en cuanto a su importe y/ o
momento de cancelación.
Las cuentas anuales recogen todas las provisiones con respecto a las cuales se estima que la probabilidad de que se tenga
que atender la obligación es mayor que de lo contrario. Los pasivos contingentes no se reconocen en las cuentas anuales,
sino que se informa sobre los mismos en las notas de la memoria, en la medida en que no sean considerados como
remotos.
Las provisiones se valoran por el valor actual de la mejor estimación posible del importe necesario para cancelar o
transferir la obligación, teniendo en cuenta la información disponible sobre el suceso y sus consecuencias, y
registrándose los ajustes que surjan por la actualización de dichas provisiones como un gasto financiero conforme se va
devengando.
cve: BOE-A-2021-4178
Verificable en https://www.boe.es
Pasivos contingentes: obligaciones posibles surgidas como consecuencia de sucesos pasados, cuya materialización
futura está condicionada a que ocurra, o no, uno o más eventos futuros independientes de la voluntad de la Entidad.