II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2021-4083)
Resolución de 11 de febrero de 2021, de la Universidad Pablo Olavide, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en la Escala Auxiliar.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 15 de marzo de 2021

Sec. II.B. Pág. 30081

El Tribunal dispondrá que, en su sede, al menos una persona, miembro o no del
Tribunal, atienda cuantas cuestiones sean planteadas en relación con estas pruebas
selectivas.
5.10 En ningún caso el Tribunal podrá aprobar ni declarar que han superado las
pruebas selectivas un número de aspirantes superior al número de plazas convocadas.
Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo anterior, será nula de pleno
derecho.
6.

Desarrollo de los ejercicios

6.1 En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los opositores para que
acrediten su identidad.
6.2 El orden de actuación de los aspirantes se iniciará atendiendo a la letra del
sorteo realizado anualmente por la Secretaría de Estado para la Administración Pública.
6.3 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único,
siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza
mayor, debidamente justificados y apreciados por el Tribunal.
6.4 Los anuncios sobre la celebración de los ejercicios deberán hacerse públicos
por el Tribunal en el «Tablón Electrónico Oficial de la Universidad Pablo de Olavide» con
al menos doce horas de antelación a su comienzo, si se trata del mismo ejercicio o de
veinticuatro horas, si el ejercicio es nuevo.
6.5 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviera conocimiento
de que algún aspirante no posee la totalidad de los requisitos exigidos en la presente
convocatoria, previa audiencia, deberá proponer su exclusión al Rector de la Universidad
Pablo de Olavide, de Sevilla, comunicándole, asimismo, las inexactitudes o falsedades
formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los
efectos procedentes.
6.6 El primer ejercicio no tendrá lugar antes del día 31 de mayo de 2021.
7.

Fase de concurso

7.1 La fase de concurso consistirá en la valoración por parte del Tribunal, de los
méritos que acrediten los aspirantes.
7.2 Finalizada la fase de oposición, se abrirá un plazo de 10 días hábiles contados
a partir del siguiente a la publicación de la lista de aprobados, para que éstos procedan a
la presentación de sus méritos junto con la documentación acreditativa de los mismos.
7.3 Los méritos a valorar, a efectos de determinar la puntuación de la fase de
concurso, serán los alegados y acreditados documentalmente, por los aspirantes durante
el plazo otorgado, no tomándose en consideración los alegados con posterioridad a la
finalización de dicho plazo. La fecha de referencia para la valoración de dichos méritos
es la de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
7.4 La documentación acreditativa deberá presentarse, en el tiempo y plazo que se
determine, ordenada y numerada según el orden en que se citen los méritos,
consistiendo la acreditación de los mismos en presentar la certificación acreditativa del
organismo correspondiente.
8.

Lista de aprobados

8.1 Tras la realización de cada ejercicio, el Tribunal hará público en el Tablón
Electrónico Oficial el acuerdo con la relación provisional de las puntuaciones obtenidas
por los opositores. Igualmente se publicará un acuerdo con las puntuaciones obtenidas
en la fase de concurso. Contra estos acuerdos, se podrá presentar reclamación en el
plazo de tres días hábiles que serán resueltas por el Tribunal y se procederá a publicar el
Acuerdo definitivo. En caso de no presentarse reclamación el acuerdo provisional se
elevará a definitivo.

cve: BOE-A-2021-4083
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Núm. 63